Resolución de 28 de septiembre de 2010, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las líneas de apoyo económico e incentivación a la participación de las empresas de servicios energéticos en el Plan de activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado.

MarginalBOE-A-2010-15698
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

A los efectos de dar publicidad a la Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía de 23 de febrero de 2010 por la que se establecen las líneas de apoyo económico e incentivación a la participación de las empresas de servicios energéticos en el Plan de Activación de la Eficiencia Energética en los edificios de la Administración General de Estado, en cumplimiento del acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009, en base a lo previsto en el Artículo 17 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a los efectos oportunos, se dispone la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la resolución mencionada cuyo texto se inserta a continuación.

Madrid, 28 de septiembre de 2010.–El Secretario de Estado de Energía, Pedro Marín Uribe.

Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) de 23 de febrero de 2010 por la que se establecen las líneas de apoyo económico e incentivación a la participación de las empresas de servicios energéticos en el Plan de activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, en cumplimiento del Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009

El IDAE, como entidad pública empresarial, se rige por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado de las previstas en la letra b) del apartado 1 del artículo 43 de dicha Ley, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, así como por la Disposición Adicional Vigésimo Primera de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1986, y por sus Estatutos aprobados por Real Decreto 802/1986, de 11 de abril, modificados por Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero, y por la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, y demás disposiciones legales de aplicación.

De acuerdo con el artículo 2.º de sus estatutos (Fines y funciones), el IDAE tiene encomendadas, entre otras, las funciones de: «analizar, determinar, proponer y ejecutar las medidas necesarias para obtener políticas sectoriales eficaces, fomentar la utilización de nuevas tecnologías en equipos y proyectos e incentivar el uso de nuevas fuentes de energía, la racionalización del consumo y la reducción de los costes energéticos.» A tal efecto, el IDAE podrá llevar a cabo la asignación y control de cualesquiera subvenciones e incentivos financieros en general que sean adecuados para la consecución de los objetivos definidos.

La Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril, establece un nuevo marco normativo para la eficiencia en el uso final de la energía y los servicios energéticos. En lo que respecta al sector público, se le exige que cumpla un papel ejemplar en la aplicación de medidas de ahorro y eficiencia energética y en la promoción de la contratación de servicios energéticos.

En coherencia con lo anterior, se han venido diseñando e implementando desde hace años políticas públicas que permitan cumplir con los objetivos comunitarios en materia de ahorro y eficiencia energética. Así, la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4) 2004-2012, aprobada por el Gobierno el 28 de noviembre de 2003, definió los potenciales de ahorro y las medidas a llevar a cabo con el fin de mejorar el rendimiento energético de nuestra economía. Esta estrategia se desarrolló posteriormente en el Plan de Acción para el periodo 2005-2007 y en el actual Plan de Acción para el periodo 2008-2012, aprobado por el Consejo de Ministros el 20 de julio de 2007, como continuación del anterior.

En lo que se refiere a los edificios de la Administración General del Estado, en ese mismo Consejo de Ministros y como una medida específica del Plan de Acción se aprobó el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado (en adelante PAEE-AGE) y los de sus organismos y sociedades dependientes. El Plan establece un objetivo de ahorro energético genérico para todos los edificios de la Administración General del Estado del 20% a alcanzar en 2016.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2008, se aprobó el Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011 que contiene un total de 31 medidas, entre las que se incluye una primera medida transversal para la promoción de Empresas de Servicios Energéticos (ESE), entendidas como aquellas empresas que mejoran la eficiencia energética de los edificios, recuperando las inversiones a través de los ahorros energéticos conseguidos.

En este contexto se aprueba el Plan de Activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009, con el objetivo de alcanzar un ahorro energético del 20% en el año 2016 en 330 centros consumidores de energía de la Administración General del Estado. Este número permitirá crear una masa crítica suficiente que dinamice el mercado de las Empresas de Servicios Energéticos y que garantice, a su vez, el cumplimiento del objetivo de ahorro establecido en el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado aprobado en julio de 2007.

En este último Plan, se indica que el Gobierno aprobará una línea de apoyo económico dentro del Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética dirigida a las inversiones en medidas de ahorro y eficiencia energética que se realicen de acuerdo con los contratos de colaboración entre el sector público y privado que se formalicen y otra dirigida a las empresas participantes en el diálogo competitivo, en concepto de prima o compensación dirigida a las ESE que participen en el diálogo competitivo tal como establece el artículo 163 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Ante la actual crisis económica, resulta especialmente importante, la adopción de mediadas de incentivación que animen a las empresas a seguir invirtiendo en los sectores que con mayor intensidad contribuyan a un crecimiento sostenible de la economía. Por esta razón, es necesario prestar un apoyo a las empresas de servicios energéticos para que inviertan en proyectos que mejoren la eficiencia energética y la protección del medioambiente de los edificios de la Administración, teniendo en cuenta, que este apoyo, revierte en un ahorro de los costes generales para la propia Administración, además de contribuir entre otras cosas, a mejorar la posición tecnológica y competitividad de las empresas de este sector.

La presente resolución establece las bases que regulan las líneas de apoyo del IDAE, de las que se beneficiarán, por un lado, aquellas empresas de servicios energéticos, que como adjudicatarias de los contratos de colaboración público privado, realicen inversiones en medidas de ahorro y eficiencia energética, en alguno o algunos de los 330 centros que resulten seleccionados en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Activación de la Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado, y por otro lado, aquellas otras que resulten finalistas en el procedimiento de diálogo competitivo que se desarrolle para la adjudicación.

En virtud de lo anterior, se aprueban las líneas del IDAE para el apoyo económico e incentivación a la participación de las empresas de servicios energéticos en el Plan de activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, en cumplimiento del acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009, que se regirán conforme a las bases que a continuación se establecen:

Bases de la convocatoria por la que se establecen las líneas de apoyo económico e incentivación a la participación de las empresas de servicios energéticos en el Plan de activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, en cumplimiento del acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009.

Primero. Objeto.

  1. El objeto de este Programa de apoyo económico, en su única convocatoria, es incentivar la participación de empresas de servicios energéticos en el estudio e implementación de medidas de ahorro, eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado en el marco del Plan de Activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado.

  2. La incentivación prevista en este Programa, tal y como se prevé en el Plan de Activación de la eficiencia energética en los edificios de la...

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