Ley 189/1965, de 21 de diciembre, de concesión de cinco créditos extraordinarios, por un importe total de 73.296.312 pesetas, a los Ministerios de Gobernación y del Aire, con destino a devolver a Suboficiales y clases de tropa el impuesto sobre rendimientos de trabajo personal indedibamente descontados durante los años 1960 a 1962, ambos inclusive.

MarginalBOE-A-1965-21400
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
de]
E.-Nunı.
307
24dicienıbre
1965
17313
rac.iones»; servicl0 !losciemos
cuarema
y
UllO.
(\Mil1lsterio, Sub-
ııecretaria.
y Servicios genera]cs»; concepto doscientos cuarenta
'1
tlJlOoC1ento
ve1ntıcuatro,
«Gr\l.t.ıfıcaClones
e
ındemnizaciones
especlales y pensiones de Cruces»; subconcepto nuevo un
mi1l6n
ııelsclentRS
treinta
y ocho
miı
cuatro
pesetas. para
ııq
uidar
de-
vengos de la Cruz de
San
Hermenegildo, gratiflcaclon de des-
tino, diferencias de
especıalidad.
Cruz de la
Constancıa
"ıl
el
servic!o y
plu~
dı::
efectividad, por el
mısmo
perıodo
de
tıempo~
repetido capitulo ciento,
artıculo
I.'lento
ciııcuellta.
«Acci6n
so-
cialı):
servicio doscientos
cuaren~a
y uno. «Minlsterio, Subsecre-
t:ll'ia y Servicios generale>,,: concepto nuevo dosciel1tos
cuarenta
1
un~icnto
clııcuenta
y cuatro. slete mil
S"iscı"nL~
setenta pe-
setas.
para
abono de indemnizaciön
familıar
devengada durante
mil ncveclentos sesent.a y cuatro:
c::ıpitulo
t.rescientos, «Gas-
tos
de
los
Serviciosıı:
articulo
trescıentos
veinLe.
«Adquısiones
1 servicios especia1el:i.-Subsistencias,
hospıtalidades.
transportes.
vestuario, acuartelamiento y ganado»: servicio
doscıentos
cua-
renta
y
sıete,
«Servicios de
Sanidadıı;
concepto nuevo
doscıentos
cuarenta y siete-trescientos
vei
ntid6s. cuatrocientas oehema y
cuatro mil cincuenta y una
peset~,
para
!iquidar hospitalida-
des cau.sadas por personal del
Miniı:terio
durante
los
afıos
mil
noveclentos sesenta y dos y mil novecientos sesenta y tres.
Artieulo
tercero.-EI
ımporte
a que ascienden 105 menciona-
dos creditos e:ttraordlnarios se cubrir;i en la forma dete:'Il1inada
por el artlculo
cuarenta
y uno
de
la I'igente Ley de Administra-
ci6n y Contabilidad
de
la Hacienda Publlca,
Dada
en
el
Pa1:ı.cIO
de El P:ll'do " l't;inlluno
d~
diciembre
de
ınil
novecientos
scs.:mtıı.
y
cınco
r'RANCISCO FRANCO
LEY
18911965,
de
21
de
dıciemb1'e,
de concesion
ti/~
cinco
cn!ditos
extraordinarios,
por
U1!
importe
total
de
73.296.312
pesetas, a
los
Mfnisterios
(lel Ej&rcito,
de
Marina.
de
Gobernaci&n
y de!
Aire,
con destino
a
cıevo!ver
a Subojicia!es y clases
de
tropa
el impues-
to
sobre
rcndimientos
de t1aba10
personal
indebid.a-
mente
descontado
d"rante
los aiios
1960
a
1962,
am-
bos inclusive.
Desconta.do
indebıdamente
el
Impue.sto
sotıre
Ren
deı
Tra.bajo
Personaı.
eu
determinados devengos de los
:ı.fi06
miL
novecientos
sesenı:ı.
a mil novcc!enws sesenta y dos.
a.
Subo!lciıı.
les y
Cla.~es
de
Tropa
de
105
tres
M1nısterios
WLitares,
Guardl:ı.
CiVil
y
Policiıı.
.'~.rmada
se
ha
instruıdo
un expediente
para
hal)!.
ll:ar
recursos que permitan
satis!acer
las sUmas
dejadas
de per-
cibir
par
el c.ita.do personal.
En
su
virtud. y de
conformıdad
con la propuesta elabon.dl.
por
lııs
Cortes Espa:fiolas.
DlSPO!"GO:
ArtIculo
prımero.--Se
conceden
cıneo
crect.itos
extra.ordınıırıcıa
por
un
ımporte
total
de
setenta
y
tres
millones doscientas noven·
ta
'1
sels mil tresclentas doce pesetas,
al
Presupuesto
en
vigor de
Obliga.clones
de
105
Departamen tas
minısterlales
y con destino
A devolver a las 8uboflclales y Clases
de
Tropa, Impuesto sabre
!06
Rendimientos del Trabajo
Personal
indebida.mımte
descontıı.
dOll
durante
108
anoa de mil nOVeclentos sesenta. a
mil
novecien-
tos
~ta
y dos. aplicados al ca.pitulo
oCien
«Personə.l».
a.rticu-
10
clento veinte «Otras remuneraelones». y con arreglo al .sigulen-
te
deta.lle:
A la Secc!ön catorce «Ministerio del Ejercito», servicio dos-
cıentos
una
«Ministerıo,
SubSecretarla y
SCOrvicıos
Qenerales:ı.
concepto nuevo dosclentos
un
mil ciento \-eintisiete, trein-
ta
'1
nueve millones noveclentas cincuema v siete mil cua.tro-
clentas cincuenta pesetas; a
la
Secclön
qw-nce
cu.'\1lrusterio
de
Mıı.rınaıı,
serviClo doscientos cua.renta y una
«Mııusterıa,
SubSe-
cretaria. y servic10s generales», concepto doscientos cua.rtnta
,.
un mil eiento veintiseis «Otra.s
eventualldııd.es
del
personaj
de
la
Armada.ıı.
subconcepto adiClonal.
cuatro
millones clento setenta.
y
cuatro
mll novecienta.s cineo pesetas;
LI.
la
SecclÖn
diec~is
«!.1iniSterlo
de
lıı
Goberno.ciônı>.
velnte
millones
doseıenta.s
cua-
renta
y 5iete mil
t~escıentas
cuarenta
y ocho pesetas,
de
las qul'
dlec1seıs
millones
cıento
oncc mil cuatrocientas velntiseis
se
a.pll-
ca.ni.n
al
servicıo
trescientos 5iete «.Direcci6n
G€neral
de
la
Gua.r-
dili.
Ov!!», concepto
llUevO
tresClCIltOl5
siete
mil
c1ento
veıııt~jete
y cuatro nullones ciento
treinta
y
cınco
mil novecientos
vt!ıntl:
d6s al servicio trescientcs ocho «Dlrecci6n
General
de
SCg'Urı
dıı.d»,
concepto
nu~o
trescientO/! ocho mil ciento veintioello; y a
la.
Sı!ec!On
ve1ntidos «Mlnister!o
del
Aıre»,
servicio cuatrocientos
veintluno «M.in1sterio, SuhSecretaria y
Servıci05
gen~ıesıı,
con-
cepto nuevo cuatrocientos
ve1nt1Üll
mil
clento veintitres, ocho
mıllones
nO'lecjenta~
dieciseıı;
mıl
seıscientas
nueve
pe$otıı.s.
ArtıeUlo
segundo.-El
ırnport.e
II.
que ascienden
laı
meı:ıC10ı:ıa
do~
credito~
extraordınarıoş
iiI'
cubrır::ı.
en
la
!orma. determ1n1ldA
per
el articulo cua.renta y uno de
la.
vigente
Ley
de
A~tra.
elon
,.
Contabıl!dad
de
ıa
Hacıenda
PUbJica..
Dada
en el PaJaclO de Et Paroo
~
velntıUllo
de dieiembre
de
mil novecientos sescnta y cinco
FRANCISCO FRANOO
LE?
19011965,
de
21
de
diciembre, de conceii6n de
tres
creditos
extraordinarios,
por
ILn
im.porte
total
de
1.215.935
pcsctas,
al
Mi1!Uıterio
de la Gobernaciôn,
con
d.estino a
satisfacer
atencioııes
diVeTscıs
contrai-
das
por
la
Direcci&n
General de
la
G1Lardta
Civil
durante
los aiios 1954,
1957
Y
1958
Y pend.iente3 de
pago por
insuficiencia
de
las
respeclivC1.'l
consig7La-
ciones presu'{fUcstas.
En
lus pasados ejercicios de mil novecientos c!ncuenta
'!
cua.tro,
ınıı
novecıentos
clncuenta y siete y mil novecientu5 cin-
cuentıı.
y ocho determinados gast05
a.
cargo
de
la.
DıreccıOO
Ge-
neral de
La
Guardia. Civil ascendleron
en
su
cuantia
a
uı:ıa
cifrə.
s~perio!'
0.
10.
de
105
correspondientes creditos presupue5toS.
gına.ndose
unos de:;cubierto5 que ha.n
de
ser Jjquidados.
Para
eUo,
Mlnıster10
de
la
GobernaC'iön
hıı
ınatrııido
un
exped1ente
en
ci quc consta!l Ias
CiI'CUDSt:ı.ncıas
que
en
cadıı.
caso obUgaron
:ı.
contraer
las obl1ga.ciones
s<>bre
5u
prev1slôn
ıegıslativa
y
en
el que se
cUran
100
recursos
eırtra.ordlnariaı
Que
habrıin
de
habiJ.ıtarse.
Someııda
la.
propuesta.
precep-
tıvo
ı:ıfonne
de
la
Dırecciôn
Gener'''''l de
Presupuesıoo
y de!
COll5eJO
~e
EStadO,
10.
han
eın.itido
en
sentido la.vorable, 81empre
que
prevıa
0
sımu!taneamente
a
la
ooncesItin
cleol
crecııto
ee
convalideıı
lıı;;
obl1gac!ones d.e
que
.se
tra.ta.
En
su
v.ırtud.
y
de
confonn1da.d
con
la
propuestt.
ela1ıorad&
:ıor
l~
Cortes
Esı>aiiola.s.
Dli3PONGO:
!\.rtiCUl0
primero.-Se
convalidıı.n
coiilo
ob!lga.cıones
ıegalea
del
Estado
las
contraid:ı.s
per
el MlnisterJo
de
la
Gobernacıon
-Direccıôn
General
de
la.
Gıuı.rdla
Clv1l-
en
100
a.nos
mll
novecient.os
cincuentıı.
y cua.tro. mil nm·eciento.s cincuenta y
slete y
mıı noveoeıentos
cıncuenta
y ocha, excediendo
1118
re.5-
peetlvas
coııs:gnacion~
presupuestas y
rela.tıva.s
a
ır.tenc1011fS
de
alqulleres.
alimentadon
de
ganado y perros y
bOl5pjtal1dade~
por
un
ıınport-e
de
un
millön doscientas qu1nce mil
novl!Cienta.~
treinta. y cinco peseta.s.
Articulo
segundo.-Se
conceaeı:ı
para
satlsfa.cer
~
ob1l-
gac.ione.s
. tres crt! extraordinarics, por un importe
tot:ı.l
de
un
millon
doscıentas
quiru::e
mil novecientas treint& y
cıneo
pesetas, al Presupue.sto
en
vıgor
de
la
SecClon
diecl5e1ı;
de
Oblıgac!ones
de los
Departamentos
ıninisteriales,
«MIn1sterio
de
la.
Gobernacicin»: servicia treselentos siete, (d)ireccl6n
OeııerııJ.
de
la
Guardia. Civil». y con arreglo
al
siguiente detalle: Al
caPıtu10
dO~ientos,
«Material, alquileres y entretenim1ento
de
locales»:
artıculo
dosclentos
treinta,
«A1quileres y obras
en
edi-
f1clos
arrendados»; concepto nuevo trescientos siete/doaclentos
treintn
y
d08,
Clento
setentıı.
y un
mIl
trescıentaıı
d1ecJocho
pesetas, con destino a
satlsfə.cer
atenciones procedentes de
mil
noveclentos
cincuenta
'Y
cuatro:
al
capitu10 trescientos,
«Gastos
de los Servicios»; articulo trescientos veinte, «Adquis1ciones
'1
servlcıo..~
especıales.
Sulıs"...steneıas.
hospitalid:ı.des,
tr:ı.nı;portes,
vestua.rio,.
acuar.telaın1ento
'Y
ganado», un millan cuarenta 1
cuatro
mıl
seı.seıentas
pesetas.
de
las
qııe
novec1enta.s
sıete
mil
seisc.ienta.~
ochenta y siete
se
ap!l(:aran a un eoncepto
nuevo tresc1entos siete/tresc.tentos
ve-]n~is.
con destlno
li-
qulda.r
hospital1də.des
ca.usadas
pOr
personaj del
Cul'rpO
durante
mil
novec:iento.
cincue-nta
j'
ocho: y clento
treintıı.
y
~ei3
mıl
novecientas
treınta
a otro concepto nuevo trescientOll
sletel
tre5Ciemos
\'eıntısiete,
para
satisfa.ccr atenclones
de
ıı.J1meon
tacl6n
de
ganado
y perro:. d.urante
ml!
noveC'İentos
cincuenta
y siete y mil
noveclımtos
cıncuenta
y
ocho.
Artı:CUıo
tereero.-Ell
importe a que ascienden
105
menc1o-
nOO08
credltos extroorrunarlos
se
cUbrır:l.
en
la forma deter-
mlnıı.de.
por el artlculo
cuarenta
y uno de
la
ı"igente
Le>\'
de
!\.dmin~tracıôn
y
Contıı.blJidad
de
ıa
H~enda.
PUblica. .
Dada
en el Pala.c!o
de
E1
PardOl
V€!nti\lIlO
cle
dicieınl:ıre
de
mil noveclent&
sesenıa
.v
c!nco
FRANCISCO F'RANCO

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