Ley 72/1968, de 5 de diciembre, de concesión de dos créditos extraordinarios a los Ministerios de la Gobernación y de Información y Turismo, en cuantía de 115.956.647 pesetas, con destino a satisfacer gastos originados por el Referéndum Nacional de la Ley Orgánica del Estado, dispuesto por Decreto número 2930/1966, de 23 de noviembre.

MarginalBOE-A-1968-1438
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
17548 7diciembre 1968
B.
O.
del
E.-NlÍm.
Z94
que
na
sido cUotMliua.p.a
en
8tl'ntiQo
favor4ble
por
la
Dirección
Generp.l
del
Tesoro
yPrilBU¡nUult08.
En IU virtUQ. yde
oon!onnidad
CPU
la
Ley
aprobada
por
las Cortes Eapañolas. vengo en aancionar:
Articulo
prímero.-Se
oon~e
un
suplen¡ento
de
crédito
de
cinco millones doscientas siete mil setecientas
setenta
y
sie~
pesetas. aplicado al presupuesto en vtiQl"
de
la
~PQi(ln
CUeci-
siete,
cMlnl_io
lÍO
OOr
...
WbU_;
Slll'violO
-o
uno. lMi-
ni_lo,
Buboo
....
tlll'i. y
lilerviC\tlo
lIener
••
;""pitillo
cu.tro,
«'J.'ransl'orencl.1 corrientec.; articlllo
C_~llte
yá"'" cA Orllo·
ni&mOl
oUtónOlIlQli.;
Cllll~pto
c""tr_tQll
veintlclnCQ,
c
venclón
01
OoIliejo
¡¡¡u_iPl'
lÍO
Tr
.....
por\eS TOI'l"'ltre
..
,con
d_o
eopeellleo
cOllC<>1ar
el
...
tlciPQ
~l,ltPl'ilado
POr
el Con-
sejo de Ministros
en
v€intlsi.te
de
ocrt;Ubfe
ele
mll
nQv~entos
"lIente
ysiete eon el'llfO
..
I~
euenta
áol
B_
de
Iil.paíl. de
Org_OI
de la AálIllnlitraolón del
~
n.w.ro
qlÚIlÍen\Qll
noventa
y
"1.lO~,
Y _
...
\llIfa(lOf
Obllgaolonoa penálllntta lÍO
Ilquidlll'
ca_dU
en
dieho ailo.
Articulo
segundo.-El
importe
a
que
asciende
el
mene1onad.{)
cré
suplementario
..
cullrlrll
en
la
lorma
áete=alla
por
el
articulo cUlll'enta yuno lÍO
la
vlgente
t.ey
de AálIllnlatrl>-
clón yContal¡IUá.á lÍO
la
Hacien
Wblic
•.
Da.da
en
el Palacio
de
El
Pardo
acinco de diciembre
de
mil novecientos sesenta yocho.
li'RANOIBCO
FR4NOO
lCl
Pre'lden
te
d.~
1M
Cortes,
ANTONIO
IT11RMEmJI
IlM'AL>;S
LEY
70/l968, de S
de
diciembre, tte concesión de
aQS
cré,mO$
eztraorainarlos
al MtnlstertQ de
Obra$'
PÚbllc
en
cuantm
total
de
68,JJ~,209
pesetM. con
de$ttno asatia/acer
cuot~
p4trona.les
de
los
se·
guros $octales
ol)lfg4tor~Qs
del
añQ
1967
por
perso.-
nal
caminero
11
operarto.
La
entrada
en
vigor, «Ielde
uno
de
enero
de
mí!
novecientos
!688ftta ystete,
del
nuevo
l'l8g1men
de .8eIuridad
Social
ha
supuesto
un
aumento
de
IU
coste, que ea con.aecuencia
de
ha.-
berse elevado
las
b8.8es
de
eot1l5aciÓll
y
108
porcentajes
sobre
ellas apllcobl
..
Por
""~
ca
...
han
resultado inoU!lcielltomollte doted.,. de-
termlnalloa créditos
qllO,
con
áestlno
al
POiO
de
1
..
re!erlá....
obUgaolonoo,
el
pr~'Up_\<>
lIeI MlnlItorIo
Obras
PúbUcas lIeI aílo mll noveclall\Qll
~ta
ylllete.
Pll1'~
lúluláar
estQll
alr...,.,
...
h~
lnllruiáo
un
e¡¡pediente lÍO conceslón de
créoxtr&ordinarloa, q
...
Ilan
obtonláo Inlormes lavor
....
bl.s
de
la
Direeolón Genoral del
TdorO
yPre$Upuestos Ydel
Conoejo de ltstado,
En
su
virtud, y
de
con!onnfdtW.- con
la
Ley aprobada.
por
las
Cortes Espafiolas, vengo
en
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ArtlcWo
prinlelo._
coneeden
cródl\Qll extrllOl'dlnarlOll,
en
clllOlltl.
do
....
nt.
yocho mIIloneo
t«soItntas
treln~
Y
cinco
mil
doscientas nueve PESltM.al
PrHUP\.WStO
en
v1¡or de
la
SeccIón
diecisiete, «Ministerio de
Obras
Públ1cas»; Serv1Cl0
cero
tres.
cD1recei6n
General
de
..
yCaminoe
Veo1na--
les»; capitulo uno, «Remuneracion
..
de
pe1WOID&1.»;
articulo
die--
ciocho, «Cuota
seguros
Sociales»; uno,
de
veintisiete millones
quinientas
sesenta
mil seis pesetas,
que
se
aplicara
al con-
cepto
ciento
ochenta
yuno,
subconHPto
adicional. con destino
asatisfacer
las
cuotas
patronales
de
la
RfCurid&d.
80clal
Jel
personal
de
Camineros del Estado, correspondientes
al
año
mil
novecientos
sesenta
ysiete, yotro, de
cuarenta
tn1110nes
sete-
cientas
setenta
y
cinco
mil doscientas
tres
pesetas,
al
con·
cepto ciento OGhenta ydos, aubconoepto
adicional,
para
hace!"
frente
a
las
m.tsmu
ate11mane.
y.PQr'
el
m1Imo periodo del
personal operarlo fijo.
eventual
y a ext1DgU1r de
la
Dirección
General.
Articulo
liilundo.--El
importe a
Q.uo
ascienQen los mencio-
nados
créditos extraordinarios
se
cubrirá
en
la
forma
deter-
mlnloda _
01
articulo
c_~
yuno
de
la
vl_te
Ley de
Admlnlltnclón
yContablUdad
de
la
~de
PúbUca.
Dada
en
@l
PaJacio
de
El
Pardo
acinco
de
diciembre de
mil
novecientos
sesenta
yocho.
FRANCISCO
FRANCO
El
Presidente
de
las
Col'te8.
ANTONIO
ITURMENDI
BARALES
LEY
711
19615,
(te
5de diciembre,
por
la
que
se
concede
un
suplemento de
crédito
al
MinisteriO
de
Comercio, de 212.368.183 pesetas,
para
abonar a
la
Compañía Trammediterninea diferencias de sub·
vención
por
la
prestación de
~'Vtcios
de comunica-
ciones marttitmas de 80beranfa
durante
el
año
1966.
En
la
liquidación
de
l~s
cuentas
que la Oompa.ñta
Transme-
ha.
formulado por
la
prestación
de
los servicios
comuulcaciones maritimas (le soberania del
año
mil novecientos
sequta
y
S~iB,
r~sulta
un
aaJ,do
afavor
de
la
Empresa
que
pQl1e
de
manifiesto
la
insuficiencia. de
la
subvención que
pa,re.
la
misma figura.
en
los Presupuestos Generales del
E:¡t~o
ele
aquel
ejerclclo.
Para
poder
satisfacer
!a
suma
adeudada
s.
la
Compañia,
el
Minlawlo
de
Comercia
ha
solicitado
un
crésuplementa,rio
qu.
ha
810.0
in!Qrm8,(io
favorablemente por
la.
Dirección
Gene--
ral
del
Teooro yPree\IPuestos,
En
su
virtud,
yde
conIormüiad
con la Ley a,probada por
las Cortes
Españolas,
vengo
en
sancionar;
Articulo primero.--Se concede un suplemento
de
crédlto
de
doscientos doce millones
t~scienta.s
sesenta yocho
mU
dento
ochenta
y
tres
pesetas
al
figurado
en
el
presupuesto
en
vigor
de
la 8eeción
vetnti~s..
«Ministerio de Oomercio»; servicio cero
seis. rSubseeretaría
de
la
Marina
Mercante»; capitulo' euatro,
«Transferencias corrientes»;
articulo
cuarenta
yeinco,
cA
Em-
presas»; concepto cuatrocientos
cincuenta
yuno,
(Para
satis-
facer
las
subvenciones a .
las
lineas
de Comunieaclones Martt1m&s
Rá,piQj,S
YRegulares.
de
Soberanía, según
contrato
de treinta y
uno de.
mano
de mil novecientos cincuenta ydos, yabono de
con
destino aliquidar
el
saldo afavor
de
la
Com-
pafUa
ae1
atío mil novecientos
seaenta
yseis.
Articulo
segundo.-El
importe
EL
que aac1ende el mencionado
suplemento
de
crédito
se
cubrirá
en
la
forma
determinada
por
el
articulo
ouarenta
y
uno
de
la
vigente Ley de Administración
y
Contabilidad
de
la
Haeienda Públiea.
Dada
en
el Palacio de
El
Pardo
acinco de
diciembre
·ie
mil
IWvecientos se:;enta yocho.
FRANCISCO FRANCO
El
Presidente
de
las
Cortes,
ANTONIO
ITURMENDI
BA~ALE8
LEY
7211968,
de
5de diciembre,
de
concesión
cte
dos créditos
extraordinarios
alos
Ministerios
de
la
Gobernación
yde
Información
yTurtsmo. en cuan·
tía total de 115.956.647 pesetas, con deatíno asa·
tistacer
geutOB
originados
por
el Referéndum Na·
donal
de
la
Ley
Orgánrea del Estado,
~to
por
Deoreto número 293011"6.
de
23
de noviembre.
liil
Reforénáum N...,iO!lala que
se
som<>tló
la
LeY
Orgllnica
401
liilitado,
en
Vlrtml'
d.
lo
cUaP11lito
en
el
Decreto áos mil
n",
vec1intoB treiQ.ta./mU uoveeientoa
A1esenta
y
sei~
de veintitrés
de noviembre, originó
un
¡asto
alos :Ministerios de
la
Gober-
na.ción e
Información
y
Turismo
sin
cobertura
presupuestaria.
pCC'que
en
la
Ley
ocon6mic~
de mil novecientos se$enta Ysiete,
lÚÍo
en
que
la
consulta
tuvo
lugar,
no
extstian
dotac1ones ade-
cuadas
en
las
secciones
de
dichos Departamentos.
Pata
hacer
frente
aloa gastos asi ocasionados, los
Wnts-
terioa citados
han
mcoado dos expedientes
de
concesión de
recursos
extraordinarios
que
han
obtenido informes favorables
ri~
la
Dirección General del Tesoro yPresupuestos Vdel Con-
sejo
de
Estado.
En
BU
virtud, y
de
conformidad con
la
Ley
aprobada
por
las Cortes Espafiolas, vengo
en
sancionar:
ArticulQ
prl.mero.-Se
concede
un
crédito
extraordinario
cincuenta
ycinco millones de pesetas, Ilplioado
al
presupueato
en
vigor de
la
Sección dieciSéis, «Ministerio
de
la
Gobernaciw;
ServiciQ cero uno, «Ministerio, Subsecretaría yServicios genf'-
rales»; capitulo dos, «Compra de bienes corrientes y
de
ser·
Vicios;
articllo
velnticinco, «Oastos especiales
para
funciona-
miento de los Servicios»; concepto doscientos
cincuenta
ycinco,
«Para
atender
a
108
gastos originados por
el
Referéndum
Nacio-
nal
de la Ley
Orgánica
del Estado».
Articulo
segundo.-Asimismo
se concede
un
crédito extraordi-
narlo
de
sesenta
m1110nes
novecientas cincuenta yseis
mil
:se1s.
cientas
cuarenta
y
siete
pesetas a
la
seccíón veinticuatro,
«!Mi-
nisterio
de
Información
yTuriSlnO»; servicio cero
c1noo,
cD1ree~
B. O. del
E.-N6m.
294 1diciembre 1968
1711149
_______________________
=x·
~
..
_
ción
General
de
Cultura
popular
yEspectáculos»;
capitulo
dos,
«Compra
de
bienes
corrientes
y
de
servlcl08lt;
articulo
veinti·
cinco, «Oastos especiales
para
funcionamiento de los Bervicios»;
cOllcepto aoscientos
cfncuenta
ytres, 8ubeonoepto adieional,
«Para
~tend~
alos gastos wig1nados por el
Refer~ndum
Na·
clonal
de
la
Ley
Orgánica
del
Estado».
Articulo
teroero.-El1mporte
a
que
IUiclenden los mencionados
créditos
extraordinarios
56
cuJ;lrirá
en
la
forID$
determinada
por
el
articulo
cU$reIlta y
uno
de
la
vigente Ley
de
Administración
yGonta,bIMa
la
HacIenda públlca.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
a
cinco
de
diciembre
de
mil
novecientos
sesenta
yocho.
FRANCISCO
PFlANCO
El
Presidente
<:la>
la&
aortes,
IIl'lTONIO ITllRMJlNUI IM)
LEY
7311968,
de 5
de
diciembre,
de
concesión de
un
orédito
f!-xtraordmano
al
Mini,terio
de Traba-
iD, de 13.62'.779 pelet«B, con
dottno
asat18facer
obligarnones ti,riva.d4B ae CotJ,tl.,das de Cf)O'ptra·
ción Saetal.
suserita.
por
dtfCfl'entel Naokme8
11
Or~
gantaaclones amertcanas.
Los Convenios euscritos
con
determinados
paises hispano-
americanos
en
Qrden a
formación
profeslonaJ.. cooperación
téc~
niea
y
otras
actiVId.ades
de
la
competencia
del
Ministerio de
Trabajo
dieron
lugar
a
la
concesión
de
reour808
extraordina-
rios
en
el
mes
de
diciembre
de
mn
novecientos
l8Ji8D.ta
yseis
que por razones diversas
no
pudieron
utillJarsa
en
su
totalidad
durante
dicho ejercicio yel
de
mil noveCientos seaenta ysiete.
Por
lo
tanto
~
anularon
en
cumpJJmiento
de
los preceptos
en
vigor
de
la
Ley
de
Administración
yContabilidad.
La
subsistencia
de
los
comprOllÚE¡OS
contrataos
hace
de
im-
periosa precisión
que
se
habiliten
como
nuevoa
recursos
lal$
sumas
no
utilizadas y,
por
ello,
se
tramita
un
expediente
de
crédito
extraordinario
en
el
que
han
emitido
dictámenes
fav~
rabIes
la
Dirección
General
del
Tesoro
y
Presupuestos
yel
Consejo
de
Estado.
En
su virtud, y
de
conformidad con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
Españ-olas. vengo
en
sancionar:
Articulo
primero.-Se
concede
un
crédito
extraordinario
de
trece
millones seiscientas veintiséis
mil
setecientas
setenta
y
nueve
pesetas,
aplicado
al
presupuesto
en
vigOr
de
la
Sección
diecinueve, «M1nisterio
de
Trabajo»;
set'vlciocero
uno, «Minis-
terio.
Subseeretarta
yServicio generalea»;
capitulo
dos,
pra
de bienes oorrientes y
de
servicios»;
articulo
veintioinco,
«Gastos
especiales
para
funcionamiento
de
los servicios»; con-
cepto
nuevo
doacl.entos o1neuenta yseis, con de8tino asatista-
C4tr
las
atenciones
derivadas
de
los Convenios
de
Cooperación
Social suscritos con
la
Argentina.
Colombia,
El
Salvador.
Para-
guay, OrganiZación
de
Estados
Americanos, Brasil,
Perú,
Mi
como
el
Acuerdo de Oooperación
Técnica
con este
último
paJ!
yDeclaración
conjunta
formulada
con
la
Or&,anización
de
Estados
Americanos.
incluyendo
las
derivadas
para
el
funeto--
nam1entQ de
un
Centro
piloto
de
Formación
Profesional
en
la
Repdblica
del
Paraguay.
Artículo
~undo.-El
1m.porte a
que
asciende
el
mencionado
créd1to
extraordinario
se
cubrirá
en
la.
forma
determinada
por
el
articulo
Quarenta y
uno
de
la
vigente Ley
de
Administra-
ción yContab1l1dad
de
la
Hacienda
Pública.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
acinco
de
diciembre de
mil novecientos
sesenta
yocho.
FRANCISCO
FRANCO
El
Presidente
de
lag
Cortes,
ANTONIO
ITURMENDI
BARALES
LEY
74/1968, de 5
de
diciembre.
de concesión de
un
crédito
extraordinario
al
Ministerio
de
Justicia.
de
3.311.489 pesetas,
con
destino
a
sattsfacer
a
la
Compañia
Telefónica
Nactonal
de
ESpaña serVicios
telefónicos
de
los meses
de
agosto a
diciembre
de
1.967
de los JUZgados
de
Prtmera
Instancia
e
lns~
trucción.
Municipales,
Comaréales
11
de Paz.
In.!uflciente
la
dotación
que
en
la
sección
trece
de los
Pre-
supuestos Generales
del
Estado
de
mil
novec1entOfJ
ae.senta y
siete
figuró
para
satisfa.cer
el
importe
de
los
gastos
telefónicos
---_._-----
de
JUBg&dos.
es
preciso
obtener
recursos
para
liquidar
a
1&
Compafíia
Telefónica
Nacional
de
España
las obligaciones
por
ello pendIentes.
Instruido
por
el MInísterIO
de
Justicia
un
expediente
de
crédito
extraordinario
con la
finalidad
expuesta,
la
Dirección
General
del Tesoro y
Presupuestos
y
el
Consejo de
Estado
en
sus
respectivos informes,
manifiestan
su
conformid~
con
la
propuesta.
siempre
que
se convaliden
las
obligaciones
de
que
se
trata.
En
su
virtud, y
de
confonnidad
con
ia
Ley
aprobada
por
las
Cortes Espafiollls, vengo en
sancíonar:
Articulo
primero.-Se
convalidan
como obligaciones
legales
del
Estado
las
contraidas
por
el
Ministerio
de
Justicia
en
el
afio mil novecientos
sesenta
ysiete,
en
cuantia
de
tres
roillanea
treScientas
once
mIl cuatrOCientas ochent!l y
nueve
pesetas.
excediendo
la
respectiva consignación
presupuesta
en
concepto
de
gastos
de
servicio telefónico
de
Juzgados
de
Primera
Ins-
tancia
e
Instrución.
Municipales,
Comarcales
y
de
Paz.
Artículo
segundo.--Se
concede,
para
su
abono.
un
crédito
extraordinario
de
tres
milIones
trescientas
once
mil
cuatrocien-
tas
ochenta
y
nueve
pesetas,
aplicado
al
presupuesto
en
vigor
de
la
sección
trece, «Minísterio
de
Justicia»; servicio
cero
tres,
«Direcc1ón
General
de
Justicia»; capítulo dos, «Compra
de
bie~
nos corrientes yservicios»: artículo veintitrés. cTransfK)rtes y
comunicacione.s»; concepto doscientos
treinta
y
cuatro.
subeon-
cepto adioionaL
Articulo
tercero.-El
importe
a
que
asciende
el
mencionado
crédito
extraordinario
se
cubrirá
en
la
forma
determinada
por
el
artículo
cuarenta
y
uno
de
la
vigente Ley
de
Administra-
ción y
Contabilidad
de
la,
E:acíenda Pública.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
neílH':o de diciemhre
de
mil
novecientos sesenta. yocho.
FRANCISCO
FFlANCO
El
Pres1dente df' las
CorteH,
ANTONIO
ITU&MBNDI
BA:RAl,}
LEY
7511968,
de
5de
diciembre.
de concesión de
varíos créditos al
Ministerio
de la
Gobernación.
importantes
en
jun.to
27.821.198 pesetas. con
duti-
no
a-
satisfacer
atenciones lle
hospltalidade.
de
personal
de las
Fner!as
de
la PoUcla
Armada
y
alimentación
del
ganado
al
servíoio
de
las
mt.mtlJ
Fuerzas
por
los años 1967 y1968.
Las
dotaciones (.'Omprendidas
en
la
sección
diecíséia da los
Presupuestos
Generales
del
Estado
del
año
mil novecientos se-
senta
ysiete,
para
hospitalidades
y
alimentación
de
ganado
de
la
polioia
Armada,
no
han
sido
suficientes
para
cubrir
la.
too.
taUdad
de
los gastos aellas aplicables.
Iniciado
en
el
pasado
ejercicio
la
tramitación
de
i06
8upl~
mentos
de
crédito
precisos
para
suplir
la
falta
de
recursos
que
se
preve1a
no
pudieron
alcanzar,
por
falta
materlal
de tiempo.
su finiquito
en
aquel afio.
pero
el
informe
favorable
de
la
Dirección
General
del
Tesoro y
Presupuestos
y
del
consejo
de
Estado.
Por
esta
causa
se
ha
continuado
el
trámite
de
101
ex-
pedientes
durante
mil n-ovecientQJi
sesenta
yaiete.
Que
orllina
una.
propuesta
de
concesión
de
recurSQS
extr~nar108
para
liquidar
las
obligaciones
pendientes
y
de
suple.rnentarics
por
los
gasto..~
de
la
misma
clase
que.
por
su
carácter
permanente.
han
de
presentarse
en
mil
novecientos
sesenta
yocho.
En
su
virtud., y
de
conformidad con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes Espaüolas, vengo
en
sancionar:
Articulo primero.----Se conceden
ai
presupuesto
en
vigor
de
la
Sección dieciSéis. «Ministerio
de
la
Oobernación». va.r1a.
oré-
ditos. por
un
importe
total
de
veintiSiete romones
ochocientas
veintiún
mil
ciento
noventa
yocho pesetas,
aplicadas
al
servi-
cio cero siete, «Dirección
General
de
Seguridad»;
capítulo
dos.-
«compra-
de
bienes COrrlentes yde serviciO&»;
articulo
ve1nti~
cinco,
«Ga8toB
especiales
para
funcionamiento
de
los servicios»;
concepto dOicientOfi
cincuenta
y
cuatro,
«De
la
policía Armada.»;
con
el
si¡uiente
detalle:
Uno
suplementario
de
tres
millones
tntscientas
cuatro
mU
trescientas
setenta
yseis
pesetas
al
sub-
concepto tres.
«Para
alimentación
de setecientos
cIncuenta
ea-
balles, a
razón
de
cuatro
kilos diarios
de
pienso
de
cebada
yseis
de
paja-
cada
uno, etc,»;
otro
extraordinario
del mismo
lmPorte
de
tres
m1110nes
trescientas
cuatro
ron
trescie-nta.B setenta. y
seis
pesetas. a
un
subconeepto nuevo,
con
dettino
a-
liquidar
aten-
cloneR
del
mismo ca.rácter,
procedentes
de
mil
novecientQ.8
se-

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