Ley 52/1967, de 22 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario de 5.226.984 pesetas, al presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia, para satisfacer a personal docente de Institutos Técnicos de Enseñanza Media emolumentos devengados durante 1966.

MarginalBOE-A-1967-10972
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B. O.
dc"¡
E.-i'\úm.
175
OBLIGACIoru:,s
PEr;-DIl':Ni'X:5
gr.
PACiO
24
julio
1967
I04i3
T<>U.l
Consejo
Nacional
_ .
Deudn
Pública
.
Clases
Pasivas
.
Tribunal
de
Cuentas
.
Fondos
Nacionales
.
Presidencia
del
Gobierno
.
Asuntos
Exteriores
_ .
Justicia
, .
Ejército
_ .
Marina
.
Gobernación
.
ObrllS
Públicas
..
EducaciÓn y
Ciencia
.
Trabajo
.
Industria
.
.....
gricultura
.
Aire
_
..
Comercio
..
Informad6n
y
Turismo
..
Vivienda.
.
Hacienda
..
Gastos
de
las
contribucion~s
.
Obligaciones
a
extinguir
.
Acción
de
España
en
Africa
..
E.tado
letra
e : .
Exceso
ric
las oulig¡¡ciones
p"ndi,nt-.
rie
pago
sobre los der"c/l.os
'Pen,l.i~lItes
de
cobro .
l:::.lS3.l~O.oo
8U.Sfili.195,!l9
8.111.577.30
56~.992.75
24.26li.:lSMO
:M2.423.341,l4
0176.465.766.23
8~.616.646.36
2.137.161.856,63
716.598.5el.08
635.811.371.46
1.327.403.702.38
;,sS.197.4013,38
10.=.568.84.
23.640.379.05
64.916.972.09
712.281.930.95
89.707.125.7~
471.084.826.47
l32.086.745.60
8.463.585.;;;'
2.4:29.730.997,55
54.4.'>8.156.71
167.500.000.00
11.251.574.679.g7
10.l~2.l79.M
L1l0.2..."O.9~3.8~
2.613.9:;:4.,,15
43S.200.T73,58
349.757.519,01
13.325.673,-48
57.252.196.47
262.792.B33.85
20L639.93~.38
~B5.979.246.00
!lO.86~.761.01
~4
6.0~';'88!.
715
11.346.858.82
35.l(12.8~5.67
29.938.831.7~
:9.660.833,50
10.132.438.66
!65.455.950.0~
284.995.!02.58
24.764.727.20
5.59S.781.1~
3.67'7.661.432.'74
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].gg7l187.1111,80
~.111.577.S0
3.133.9!
7.51
2-t.26~.~S6.60
630.629.6!-t,7:l
82'6.223.286.21.
99.9-i:!.31~.84
2.194.41-1.053.10
n9.S9:.S~.93
S37.45·
..
3
1.613.3~~.9
..8.33
624.067.20-4.311
250.55().~04.45
29.735.260.81
76.763.830.91
7-<7.38-1.756.62
11~.695.957,58
510.7-lS.659.9'7
1-12.219.1¡¡"¡',~
173.929.535,5e
2.71-1.726.100,13
79.22'..l.S83,9l
5.593.7Bl.l:l
167.500.000,00
14.929.236.112.71
6.359.076.807.5'
Al'o'"EXO $
EST.'I.DO
DEMOSTRATIVO
DE
LOS
CREPITas
ANULADOS
EN
L!l.
SECCION
APEh"DICF:,
CLASIF.lC.'\DOS
POR
DEPARTAMENTOS
MINISTERIALES
Tribunol
de
Cucnlfl'S .
Il.SUmos
ExterIores
.
Marina
, .
·Obras
Públic:1s ,
247,00
23.008.879,10
0.02
9.141.'733,12
Educacion
yCi"ncillo .
Aire
.
Tota¡
.
t.2S0.093.-4Q
35.02\I.224,611
75.410.177.32
...:-'T.XO 10
MOVIMIENTO
D!:
LA
DEUD
.....
PUBLICA
DURANTE
EL
!:mReICIO
1S1:2.
C.-U>lT."US
~
c1:rculM'16n
en
1-1-196~
~ltlcl~
En
cl!'culacióo
""
~1-1~·1962
Vilrlsctón
Deud
..
del
Est:-.do
".
81.·U5.903.0:lS.12
44
.
.;&4.837.825
81.460.387.875.945 1.110.004.657.585 80.350.383.218.35 -·1.065.519.819.78
Deuda
del
Tesoro
... 1O.·01l.l23.ooo.00 7.610.00 10.411.130.610.00
SO.745.567.5()
lO.380.:l85.
80.737.937.50
D
especi,;les
.'.
4.G10.659.ooo,00
1.492.93l.ooo.oo 5.503.590.000,00
L001.68-<.000.ou>
4.501.906000,00 491.247.000.00
95.837.685.038.12
U;S7.-4o:l3.4ol7.S:¡S
97,375.108.4ll5.~
2.142.434.225.CS5 95.232.¡;7·UOO.85
6C\5..010.777,26
LEY
5211967. de
22
de 1ulio.
por
la
Que
Se
con-
c~clc
lln
:'rédito
extraordinario
d"
5.226.984 pesetas,
a/
pr".~upucSIO
del
Ministerio
de EdlLcaCÍón y
Cien-
da,
par¡¡ S!ltisfacer a
persona!
docente de
Institu·
tos Técmcos de Ense¡lanza
Media
emolumentos
de·
vengados
durante
1966.
L..
aplicación
de
lo
díspuesto
en
las
Leyes
de
dieclséis
de
julio
de
mil
novecientos
cu¡u-entn y
nueve
y
noventa
y
siete,
de
veintitrcs
de
diciembre
de
mil
novecientas
cincuenta
ynue..-e.
en
los
Decretos
pura
SU
aplicación
de
cinco
de
mayo
el"
m.Il
novccl,mtos
cincuenta
y
cu"tro
y
once
de
marro
de
mil
nov
....
cientos
cincuenta
Y
cinco
ydemá.s (jisposiciones
complementa·
r!llS
sobre
determinación
de
las
plnntUIas
de
personal
docen
te
"n
los
Centros
do:
Ensejianza
Medía
y
Profesional.
ha
supuesto
la
necesidad
de
dotar
dur:mte
mil
novecientos
sesenta
y
seis
nuev
..s¡¡I"-"as
creadas
al
ll1l1paro
de
la
citada
legislación
lnicindos
en
el
pasado
ejercicio
108
elqld., conce.slón
de
créditos
suplementa.rlos
que
ro:sulUl.ba.o.
en
priIlctP10.
pre.
cisos p¡u-s,
a.~"nder
:1
1(1.$
nuevas
obligaciones.
no
alcan2aron
SU
nnlqulto
en
el
curso
del
mismo
por
falta
materia!
de
tiempo.
y
por
ello
han
de
obtenerse
los
recursos
como
extraordlna.rlc3
en
las
cuanr.io.$
que
c:orre:spondn.n a
las
a.t.encionps
pendientes
de
pngo.
La
DL..:ccion
General
de
Prcsupuesws
y
el
Co!'.sejo
o:;~
Es'
tado
han
emitido
informes
favorables
(\
la
hnb\!ill\chín
de
los
rel'erlelos créd!to3.
En
su
virtud.
y
de
conformidad
COn
la
U-,~
aprobada
por
l:.s
Cort~s
Españolas.
vene;o
cn
s:mclonnr,
.Art!culo
primcro.-s..
concede
un
cr,,
extraordínarlo
de
I
cinco
millones
doscientns
veintiSéis
mil
novecientn,
ochenta
y
cuatro
pesetas.
aplicado
al
Fresupuesro
en
vigor
de
la
Sección
dieciocho
de
Obligaciones
de
los
Departamentos
ministeriales,
.(Ministerio
de
EducElCiól) yCiencia»:
cap!tulo
ciento.
«Perso-
nal»;
articulo
dento
diez. «Sueldos>;
servicio
trescientos
cu,.-
rents
yemco, «Direc1:ión
Oenersl
de
Enseñauzn
Medla»:
con·
cepto
trese1entos
cuarent"
,.
c1nco-cl"nto
~.
«C<>ntros de
10474
24
julio
1967
B.
O.
del
E.-NÚm.
175
Ensefianza
Media. yProfeslonnh>.
subconcepto
adicional,
con
a.
satisfo.cer
emolumentos
devenl'acios
durante
el
pasado
ejercicio
econ6mico
de
mil
nm'BCientos
sesentn
y
seis
par
Pra-
fesores
titulares
numerarios,
Profesores
especialeS
numerarioS
y
Maestros
de
Taller
de
Institutos
Técnicos
de
Enseñanz:l
Me·
dio.,
a.
que
se
refieren
los
Decretos
números
mil
trescientos
treinta
y
cuatro,
de
doce
de
mayo
de
mn
novecientos
sesenta
yseis, y
mil
setecientos
sesenta
y
tres,
de
dieciséis
de
Junio
del
mismo
afio.
ArtiCUlo
segun<1o.-El
Importe
a
que
Mcienae
el
menclO1'1n
crédito
extraordinario
se cubrir¡1
ell
la
torma
dct
por
~l
ZU'tlculo
cuarenta
y
uno
de
la
vi~ente
Ley
de
Administración
1
Contabilidad
de
la
Hacienda
Públlca.
Dada
en
el
Palacio
cie
El
Pardo
a\·elm.1dós
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta
y
siete.
FRANCISCO
FRANCO
El
Pres1dente
de
las
Cortes.
ANTONIO
rruRMENDI
BAl'tALE8
LEY
53/1967, de 22 de j1Llio.
por
]a
que
se
con·
cede
un
suplemento
de
crédito
de 629.074.000 pese-
tas, aGa.stos de
las
Contribuciones.
para
c0111pletar
el
imp()rlc
"que
asciende
In
~lLscripcirm
por
el
Es-
tado
de
accione~
de
la
Comp"i'ia
TeZejónica.
Na·
ciona]
(le
Espatia
en
su
XVII
aumento
de
capital
acordado
en
1966.
La. suscri:¡'lción
por
paxte
del
Estado
de
las
acciones
que
le
corresponden
en
la
amplíaeión
de
capital
acord"da
por
la
Como
pa.:ñi.a
Telefónica
NaCIonal
de
Espafla
en
el
aflo
m.il
novecien·
tos
sesenta
y
seis
hace
preciso
conceder
recurs.os
suplementa-
rIos.
por
sel"
lnsuflci-ente h
..
dotaCIón
que
para
dicha
clase·
de
o]:l
figura
en
el
Presupuesto
-en
vigor
de
la
Sección
vein-
tisiete.
~Gastos
dc
las
Contribuciones
y
de
di~rS
Ministe..
rio.-;l>.
En
el
expediente
para
ello
instruIdo
constan
los
Ir.tormes
de
la
Dirección
Gener:tl
de
Presupucstos
y
del
Consejo
de
E!'taCo
en
sentido
favorable
a
la
propuest3..
En
su
virtud.
y
de
conformidad
con
la
L<:y class="ff6 fs20 ls116">aPr
por
las
Cortes
E~l'añolas,
ven¡¡o
en
snncion~r;
Articulo
prlmero.-S-e
concede
un
suplemento
de
cr~ito
de
seiocientos
veintinueve
mlllones
setenta
y
cuatro
mil
1M""!.'\.'
al
figurado
en
el
Presupuesto
en
YÍ~or
de
la
Sección
veintisiete,
cQastos
de
las
Contribuciones
y
de
diversos
Ministerios,,:
capi·
tulo
setecientos.
.rnverslOnes
en
capital
fin:tnciero.:
artIculo
setecientos
dlllZ,
«Adquisición
de
acciones
Y
p.u-ticipaclones
de
Soc:ey
tltulos-valores
d~
renta
rijm>:
servicio
quiniento~
setenta
y,=no.
«Ministerio.
Sl.lbs<:cretari:l. class="ff8 fs10 lsd2">ySe,"vlcios
Gener,,-
les»;
concepto
quinientos
setenr:1. y
uno-setecientos
onc~.
"Para
la
adquisición
de
valores
mobillarios
por
nmpllaclOnes
de
ca·
pltal
en
SoCIedades
"n
hs
que
el
Estado
tenga
p3rticip<1ción
accionaria.
así
como
par:\.
las
demus
adquisiciones
de
r,itulo~·
va.lores a
distrIbuir
por
el
Conseja
de
Ministros
3
propu"~t"
Q~l
de
H3Ciend<1».
Articulo
segulldo.-EI
Impone
a
que
;),ciende
el
mencJonado
suplemento
cie
crédito
se
cubrir"
en
i:l
torma
determinada
por
el
artlculo
cuarent~
yunQ
ce
la
vj~ente
Ley
de
AdministracióD
y
Contabllidad
dc
1"
liacie"da
Públlca.
Dada
en
~1
Pnl"cio
de
El
Partio
:1
\'~iJl'idós
tic
j"lio
de
mil
nm·eclento.
sesenta
y
':d
...
FRANCISCO
FRANCO
El
Pres1d.ente
de
las
Cortes.
ANTONIO
l'rtJRMENDI
BARALES
LEY
54/1967, de 22 de
1111;0,
de
concesión
de
un
'lLplemento
de
credito
de
7.274678 pesetas,
al
Mi·
nisterio
de
Comercio,
para
satisfacer
emol"memQ~
al
personal
au;tiliar
y
subalterno
de
la~
Oficina.
Comerciales
en
el
extranjero
durante
;o]
aj¡~
1967.
La
elevación
del
nivel
de
vid:t
en
los
distintos
pai.ses
e-l(.
lir!lnjeros
en
los
que
e"i.sten
OficinM
del
Mlni.sterio
de
Coml!'r-
elo.
exige
re"lsar
loo
haber€s
del
perMnaJ
au.'ili:u
y
subalteTIlo.
no
tWlcionatio
pllblico,
que
presta
servicios
en
dichas
Depen.
denclaa.
Para
ello,
ha.
tramitado
el
referido
Depa.rtamento
un
expe-
diente.
en
el
que
una
vez
lIut(lrlzada
por
el
Gobierno
la.
modifi-
cación
de
emolumento.s
de
aquel
personal.
eS preciso
obtener
un
crédito
suplement:trio,
sobre
CUya.
concesión
ban
emitido
dic-
támenes
favorable:;
la.
Dirección
Generll.!
de
Pre:sUpUelitOll y
el
CoDl;oCjo
de
Estado.
En
su
virtuct, y
cie
,'OIÚormidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
EspailOlas.
vengo
en
sancionar:
Articulo
primero.-&::
conCede
unsuplemtmtQ
de
crédito
de
siete
mi!lones
doscientas
setent(\
y
cutltro
mil
seiscienttls
se~enta
y
ocho
pesetas,
al
figurado
en
el
rresupuesl.O
en
vigor
de
h
sección
veintitrés
de
Obli¡:acione.s
de
loo
Deparl·amento"
minis·
terlales
'
de
Comercio»
capitulo
cien.
"Personal»,
ar-
ticulo
C.ellto.
cuarenta.
«Jornalesll.
servicio
cuatrocientos
cincuen-
ta
y
uno,
cMin!sterio,
Subsecreta.rla
y
Servicios
genemlesll,
con·
cepto
cuatrocientos
cincuenta
yunQ-(!iento
cuarenta
Ycinco.
"Personal
auxil1a.r y
subalterno
de
las
Oficinas
Comerciales
en
el
extranjero
dependl-ente
del
Mini.sterio
(.'I.uxi]iares, 0rden'!l1l-
zas
y
Recaderos)).
Articulo
segundo.-EJ.
llilPOrte a
que
as=nde
el
mencionado
suplemento
de
crédito
s-e
cubrirá
en
la
forma
det,erminada
por
el
artíCUlo
cua,..;nta
y
uno
de
la.
vigente
Ley
de
AdministTaCi6n
y
Contabilidad
de
la.
Hacienda
públ1<:a.>
Dacia
en
el PalaCIO
de
El
Pardo
a
velnt,dós
de
jullo
de
mil
novecientos
sesent:t
y
siere.
FRANCISCO
FRANCO
El
?r€51drmte
de
1.1..~
Corte-5,
ANTONIO
ITURMEl'."DI
13A:lALES
LEY
5511967,
d~
22
de
julio.
por
la
qlLe
se
con·
cede
1m
credita
extraardinari()
d"
2.544.526.579
'P~.
setas.
al
preS1tpUe3to
del
Ministerio
de
Agricultura.
en
concepto
de
sUDvenció71 alos
agricultores
P(Jr
la
campañ.a
cer~alzsta
de
1966-1967.
Acordado
por
el
Consejo
de
Ministros,
en
r~umones
de
vein·
tisi~te
de
muyo
de
mil
novecientos
sesenta
y
seis
y
diez
de
febrero
"e
mil
novecientos
sesenta
y
siete.
el
otor'lamiento
por
ei
Mínlsterio
de
A¡:¡rlcultura, ll.
través
del
Servicio
Nacionlll
del
Trig<>,
de
n.uxíiios a
los
agricultores
por
la
.;:ampana
cerea·
listo.
mil
novecientos
SIlSenta y
seis-mil
novecientos
sesenta.
y
sJete.
comorme
a
d-eterminadas
condiciones.
se
han
solicitado
por
dicha
Ministerio
recUT'IOS
en
la.
cuantio.
precisa.
temenóo
en
cuenta
que
paro.
la
expresada
fina1ldad
han
de
habilitarse
como
primen¡
ParUda
los
sobrantes
no
invertidos
de
135
sub·
"enclenes
concedidas
en
aún.'
anteriores
con
igua.l
propósito.
En
13.
tr:J.mltación
del
expediente
para
obtener
el créctito
ex·
traordinarlo
Indlspensa.ble
han
1l1ÍQrmado
favor
13
Dirección
General
de
Presupuestos
~.
el
Consejo
de
Esrndo
En
su
v.rtud.
y
de
conformidad
con
la
Ley
uProb'ld:,
por
las
Cortes
Espaüolas.
vengo
en
suncionar:
Artlcu10
primero.-Se
conC€úe
Un
crédIto
extraordinario
de
dos
nlil
quinientos
cunrenta
y
cuatro
mlllones
quinientas
vein"
tlsoHs
mil
quinientas
setenta
y
nueve
p"!'&tas,
aplicado
al
Fresu-
puest
en
vigor
de
la
Sección
\'eintiuna,
«Ministerio
de
Agricul-
tur",,;
c'lpitulo
cuatrocientos.
auxílíos.
partlci·
paciones
en
ingresos
y
fina.nci.aciones.-Po.ra
l::ilstos
corrientes»:
o.rticulo
cuatrocientos
treinta,
«A
favor
de
p:trtlculares»;
ser-
\'Icio
cuatrocientos
uno.
«Ministerio.
Subsecret3J'iu
y
Scrvicios
Generales,,;
concepto
nuevo
cu:ttrocientos
uno-cuatroc!entos
treinta
y
tres.
con
destino
a
sutisfucer
auxillos
alos
agriculto-
res
por
la
c:unpaña
cereulista
mil
novecientas
ses-enta y
sels-mil
nO\'ecientos
sesenta
y
siete.
de
comormidad
con
lo
dispuesto
en
los
:;¡cuerdos
del
Clobierno
de
veintisiete
de
mu)'o
de
mll
nove-
cientos
se:;cnta
y
seis
y
die~
de
febrero
de
mil
novecientos
sc-
senta
y
siete
.
vticulo
segundo.-El
nnporte
a
que
<1sciende
el
menCIonad/)
crédito
extraordinario
se
cubrlra
en
la
forma
determlnada
por
el
articulo
cua.rentA y
uno
de
la
vili:ente
Ley
de
AdminlstraclOn
.,
Contabll!dad
de
la
Hacienda
Pública.
Dada
en
el
Palacio
de
El
pardo
a
veintidós
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta
y
.
FRANCISCO
FRANCO
El
Presld
.."....
de
"'S
Cortes,
ANTONIO
ITURMENDI
EARALES

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