Ley 63/1961, de 22 de julio, por la que se concede un suplemento de crédito de 1.800.000 pesetas al Ministerio de Educación Nacional para satisfacer gastos derivados del funcionamiento de la Universidad Hispanoamericana de Santa María de la Rábida.

MarginalBOE-A-1961-14139
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Nıim.
175
24
julio
1961
11009
CUarto.-A
la
Inspecc16n
de
TrabaJo.
con
la
colaborac1ôıi
cie
la
Ir.tervenc16n
de
Colabonıdora~
y
Empresas,
la
relativa
al
cumplimiento
de
.Ias
o!spo.slclones
legales
por
parte
de
las
em·
presM,
ArtJcul0
figeslır.o
segundo.-Es
competencla
de
la
Magistra-
tura
de
Tr:ıbajo
enteOOer
€n
las
cuest!ones
contenciosas
indiv!·
duales
que
se
3usciten
en
relad6n
con
el
SCguro.
en
las
que
sean
part.e
105
trabaJadoreı;
bendICıar1os.
Articulo
v~ges!mo
ıercero,-El
Mlnlsterio
de
Trabajo
dictara
en
la
esfera
de
su
competencla.
0
propondr:ı
en
otro
caso
al
Gcbierno.
oida
la
Organlzaci6n
SimlicaJ.
las
d1sposlctones
de
~plicaciôn
oe
la
presente
Ley.
Disposici6n
adiCionl.l1
primera.-Los
fondos
adualmente
ads-
critos
a
10;
Subsidios
de
ParO,Tecnolôgico
por
causas
econ6micas
se
integraran
~LL
ei
patrimonlo
del
Seguro
de
Dcsempleo.
el
cual
se
har:i.
cargo
oe
las
obllgacloncs
pendlent~
en
los
!eferidos
SubsiGios.
.
Disposiciôn
aiıiclonal
seguııda.-
Continuar'.ın
en
vlgor.
en
cuanto
na
se
opongar.
LI.
las
normas
de
la
pre5ente
Ley.
las
dls-
pos!c:ones
ınclUidas
en
la
~lguier.te
tabla
de
v1gencias:
Decretıı
de
ve1ntısels
de
enero
de
mil
noveclentos
cuarenta
y
cuatro.
Decreto
tre.clentos
uno/mi1
noveclentos
c:ncuenta
y
nueve.
de
clnco
de
marzo,
!.as
disposicio:ıeo
que
d€s.1.rrollan
embos
Decretos.
Disposici6n
transitorilı
primeTIl.-La
presente
Ley
entrariı
en
vlgor
el
dt:ı.
uno
de
odubre
de
nıil
noveciente::
~esenta
y
uno.
Disposü;i6n
transitoria
segu7ufa.-Cuando
el
plan
de
reestruc·
tura
y
modernizaci6n
de
la
industria
teı,:til
algodoııera
10
acon·
Eeje.
~ıni~terio
C:e
TrabaJo
propondra
al
Gobierno
la
1Dcorpo-
raci6n
de
dicha
industrla
al
:-eg1men
fınanc:ero
seöalado
por
el
art[cu~o
dec1:noquinto
de
la
presente
Ley.
Hasta
entonces
el
Se-
~urc,
en
10
Gue
a
las
empre;as
y
tnıbajadores
de!
Ra:no,
afecte.
se
financ:ari
con
cargo
a
IC's
fandos
recaudadcs
en
vlrtud
del
articu!o
primero
del
Decreto
de
trece
de
julio
de
mil
novecientos
cumnta. v
si
no
fuera:ı
sufclentes.
se
prorrateara
el
deficit
fntre
las
eı:ı.presas
afect8dııs
er.
la
forma
que.
a
propuesta
d~'
SindJcato
Nacıonal
Textil.
apruebe
e!
Mlııiı;terlo
de
Tr:ıbajo,
'i)adıi
e:ı
el
Pa!acio
de'
E!
Parc'o
a
;eintld6s
de
julio
de
mil
novec!en~
j5e.seııta
y
UllO.
FR.'\..~CISCO
FR:l.NCO
ur
63/1961.
d;
22
d~
julio,
por
la
que
se
concecte
un
wplemento
de
'r:redito
de
1.800.000
pesetas
Mini.ıtc·
';0
de
Educaci6n
Nacioıuıı.
para
ıatis/acer
gastcs
de-
rivados
del
juncionamiento
de
la
U1ıiversicUıd
Hispano-
Americanıı
de
Santa
Maria
de
la
Rcibtda.
Por
Decreto
de
diec!sels
de
febrero
ee
mil
rıovecie:ıtos
cuaren·
ta
)'
tres.
l'lene
desarroll:ındo
la
Universidad
Hispano-Amer!canıı
de
Sant~
Maria
de
la
Riıbida.
con
:ııeciios
econômicos
h:ırto
es-
cascs
e
ınseguros.
y
la
convenie~eia
de
ampliar
las
funciones
cu:tu:ales
de
los
Cent:os
adscritos
a
la
Asocincl6n
de
su
:nis-
mo
no:ııbre,
aconseJan
se
resuelva
el
problemə.
econ6mico
que
en
la
actunli~ad
tiene
planteado
la
Unlvmldae.
:nedlante
una
adecııada
ampl!aciön
de
los
recursos
cor.sısnados
a
su
f:ıvor,
E:ı
su
ylrtud.
y
d~
conrorıni
co.'ı
la
proııuesta
elaborada
;)Or
1:ıs
Cortes
Espaöolas.
DISPONGO:
A:~iculo
p:imero.-se
concede
un
suple:ııento
de
credito
de
un
mi1l6n
ochocientas
mil
pesetas,
npllcado
al
Presııpuestc
en
v:go:'
de
la
Seı:c!ôn
dieeioeho
Obligaclones
de
los
De;ıarta·
mento.s
minL~Wiales,
«Min:.sterlo
de
Educaciôn
Nacicnal»;
capi-
tulo
cuatroclentos,
«5ub'\'enclones.
ıı.mdl!os
y
particlpaciones
er.
lngr~.ıos»;
:ırticulo
cu:ıtroclentos
diez.
«A
faı'or
de
Organi.lmos
ııutônoırıos
y
Ent:aacie~
y
Empre:illS
publlcas»;
sen'leio
tre~cıen·
tas
cuarenta
y
uno,
«~!in:sterio,
Subsecretaria
y
Ser'licios
ge:ıe
rales»;
concepto
cuat,ocier.tcs
doce·
trebcientos
cuarenta
y
ı;oo.
«Coıı5~Jo
Superior
de
Ir.vestlgacicrıes
CientificM»:'
subcon·
cepto
diecisiete.
«Pat.rənato
,1a:'cel:ııo
:vten&ndez
y
Pelayo».
par·
tida
jl.
euya
expresion
actua:
se
sustituirü.
por
la
siguiente:
«Subvenc:6n
para
ntender
a
los
trab:ıJos
e
lnvestigaclones
ee
los
cursos
para
La
Un!
..
ersldad
Hispa!ıo-Am~rlcan3
de
Santa
Maria
de
la
Riıbl~a
y
para
La
lnstnlac!ôn.
mant~nlmiento
y
ac-
tivldadeıı
culturales
de
105
oentros
de
Accl6n
Cultural
de
la
~oclacjôn
de
la
RƏ.bldu
ı
i\.rticulo
seguııdo.-Ei
lmporte
a
que
asc:enct
el
mencionado
suplemento
de
credito
se
cubrir
eıı
la
forma
determlnada
per
,
~!
aı'ticulo
cuarenta
y
uno
de
ia
vlgente
Ley
de
AdmL'lltraciôn
y
ContabiUdaC:
de
la
Hacienda
Piıblica.
Dada
en
el
Palaclo
de
E!
P3rdıı
a
veiDtid6s
ee
ju!io
de
:l:i!
noveclemos
sesenta
y
uno,
FRANCISCO
FRANCO
LEY
6411961.
de
l!
de
iulio.
por
la
que
se
conceae
uıı
suplemeııto
de
cr6dito
de
140.000.000
de
pesetas
al
Mi·
ııisterio
de
Industria,
para
abono
de
pr:ima.s
la
cons-
trucci6n
navııl.
E!
importe
de
La;;
subvenelones
reconocidas
por
el
Estado
duranto
el
pasado
aıio
de
m!J
:ıoveclerıtos
sesenta
en
co:ıcepto
de
primas
a
la
construcci6n
naval.
devengadas
confornıe
.a
10
en
la
Uy
de
doce
de
mayo
de
mil
:ıovecientos
cin.
cuenta
y
seis.
resu!tO
tan
notoriamentc
superior
al
importe
del
credito
presupuesto
destinado
a
su
abono
que
hiıo
rıe<:esari>
iniciar
la
tramitaci6n
de
un
eı-:pediente
de
concesi6n
del
crıl
dlto
suplementario
preci,;o
para
cubrir
el
deficit
previsto,
.
Al
iniormar
en
dicho
expediente
La
L'lterrenci6n
General
j
el
Con,eJo
de
Estada
10
han
hecho
en
sentico
favorable
a
la
conces!6n
de
los
rec;ır.ıos.
!lunque
indicando
eısegundo
Que
como
deficit
correspondia
a
un
ejereiclo
anteıior
su
importe
jlodria
otorgarse
como
w~dito
extraordinario
para
las
primas
na
satisf
echas
en
el
afio
anterlor
)'
el
resto
como
sııplemcnto
de
credito.
Ello
no
obstante.
na,
qUe
tener
en
cuenta
que
segun
e:
ar·
ticulo
...
einte
del
Decreto
de
vel:ıt:nueve
de
enero
de
miL
!l0~e
c!entos
cincuenıa
y
nueve.
que
aprob6
el
Regiamento
de
apli.
caci6:ı
de
la
ya
elıada
Le,.
de
mil
novecientos
cincuerlta
y
seis
eu
10
referente
11.
esta
elase
de
primas.
las
devengadas
en
un
ano
pueden
sat!.lfacerse
con
el
crea'ito
del
siguler.te.
procedl.
ııı:ento
que
al
haber
sido
utiEzado
en
este
ejercicio
para
aque-
Uas
obllgacianes
por
una
elfra
aproximada
:ıL
import~
del
.su-
I
piemento
en
cuesti6n
pmnite
que.
sin
comrariJr
aquel
Inforrne.
pueda
otorgarse
la
suma
ped:cla
con
rar;icter
suplementarlo,
En
su
vlrtud.
de
conformldad
con
la
propuesta
elaborada
I
por
las
Corte~
ESpaıi.olas.
.
,
DISPONGO:
Mticula
primero.-S~
concede
un
supıemento
de
~redito
de
clento
cua:cııta
ınillo:ıes
de
pesetas.
aplıcado
:ıı
Presupuesto
en
vlgor
de
la
Secci6n
l'einte
de
Obligaciones
de
los
Departa.
mentos
min1;teria!es.
«Ministerio
de
Industriaı:
capitulo
CUl-
trocier.tçs.
«Sub.-enciones,
au.-..:ilios
y
participacio:ı~s
en
ingre-
SOS»;
ar,[cu!o
cuatrocientos
treinta.
«A
f:l\'or
de
partlculares»;
~;~rı;icio
trescientos
oclıenta
y
dnco.
«Direcci6n
Genera!
de
In·
du.>ırias
Navnles»;
conce]lto
cuıı.trocientos
treınta
y
uno-treı;
cien:05
ochenta
y
cincc.
«Para
abono
de
prirnas
a
la
construc·
ciôn
na\"al».
con
arreglo
a
J;ı,
Leyes
de
cinco
de
maya
te
mli
ııovecıeııtos
cuarenta
y
uno
(<:boletin>
Oficial
del
Estado»
Qıl..
mero
ciento
tre1Dta
y
acho
1 )'
articulo
dieclseis
de
la
Le,
de
dare
de
maro
de
mil
Dorecie:ıtos
clncuenta
y
seis
(<
Oficial
del
Es,:ıdo»
de!
trece
\.
Articulo
segundo.-El
impoI":e
a
que
asciende
el
mencionado
suplem~nto
de
credito
~e
cı;brlrıl.
en
la
forma
c:eterminada
ııor
artıcu!o
cuarcnta
"
una
ee
la
vigente
Ley
ee
Adnıi:ılscraclôn
y
Con:abilidad
de
la
Hacienda
Piıblica.
Dada
en
rl
Paiaclo
de
El
Pardü
a
wintidos
de
Julio
de
ın.U
I
no\'ccientos
sesenta
y
uııo,
FRANCISOO
FRANCO
LEY
65/1961,
de
22
dp
;ıL1io,
por
In
que
se
conceden
dos
s71ıılemcr.ias
de
credHo.
importantcs
en
total
pe-
se
tas
ı'2S.950,OOO,
a:
.'Ifinistcrio
de!
Aire.
con
destlno
a
rca!i:ar
o1ırQs
lirgcn
tcs
de
i71iciaci6n
de
un
plan
mi-
niı1'..O
de
Bascs
Aereas.
Aprobada
por
et
Co:ıseJo
de
!l1inistros
e:ı
diez
de
marıo
proxlmo
p:ısado
la
realizaci6n
de
ciertas
obras
ur~e:ıtes
para
1D1clar
un
Plan
minimo
de
Bases
Ae:-eas.
a
desarrollar
curante
el
aM
er.
cı;rso
en
Motri!.
Las,
PaJmab,
M:i.laga
l'
E!
A::.ıun.
por
un
total
l:ııporte
d~
euatroc:entos
un
millones
:ıoverientas
ı
clncuenta
ınıı
pesetas.
e
lıısutlcientes
Ins
pnrtes
de
los
crCdl:o.s
presupuestos
Que
lns
Dlrecciones
Oenerales
de
.~ero~uerıos
y

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