Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, por la que se crea la distinción 'Ciudad de la Ciencia y la Innovación', se establecen sus bases y se realiza la convocatoria, correspondiente al año 2010.

MarginalBOE-A-2010-14840
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Durante siglos la localización geográfica de las ciudades influyó decisivamente en su nivel de riqueza, desarrollo y conocimiento (genius loci). Es en las últimas décadas del siglo XX, marcadas por cambios vertiginosos en las tecnologías de la información y comunicación, cuando su localización dejó de ser un elemento determinante para el conocimiento de las comunidades.

Cada vez más políticos, economistas, investigadores, urbanistas y científicos coinciden en que las ciudades del conocimiento lo son como consecuencia de un proceso de planificación y gestión derivado de una apuesta firme por potenciar el capital de conocimiento y las infraestructuras que lo sustentan.

El Ministerio de Ciencia e Innovación está convencido del importante papel que desempeñan las entidades locales en la consecución de una sociedad innovadora por su cercanía a los ciudadanos, empresas e instituciones, por lo que se propone encontrar espacios de gestión compartida y movilizar a los ayuntamientos como agentes integrantes de la Estrategia Estatal de Innovación.

Con este objetivo el Ministerio de Ciencia e Innovación crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», cuya finalidad es reconocer a las ciudades líderes en la creación de ventajas competitivas gracias a la conjunción del capital intelectual y de conocimiento de sus recursos humanos y de avanzadas infraestructuras innovadoras científicas, tecnológicas y sociales. Todas aquellas que consigan este reconocimiento formarán parte de una Red que potencie la colaboración y la realización de proyectos compartidos.

El Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, gestionado por el Ministerio de Política Territorial, constituye una oportunidad para aproximar el conocimiento al territorio y para que los ayuntamientos se conviertan en agentes de desarrollo de una economía innovadora y sostenible. Con el objetivo de que los ayuntamientos participen y jueguen su papel en este cambio de modelo económico a través de la innovación, el Ministerio de Ciencia e Innovación concederá la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», en su primera convocatoria de 2010, a los que hayan demostrado un mayor compromiso en proyectos innovadores con cargo, fundamentalmente, al citado Fondo.

Dicha distinción tiene vocación de perdurabilidad en el tiempo, como característica esencial para la consecución del objetivo que tiene planteado, que es reconocer aquellos ayuntamientos que, con independencia de su población, están realizando un importante esfuerzo para potenciar el conocimiento y las infraestructuras innovadoras científicas, tecnológicas y sociales, propiciando el cambio de modelo económico que se quiere realizar en nuestro país.

Se trata en definitiva de dar el prestigio a los ayuntamientos que, en el año 2010 y dentro del marco del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2010, hayan apostado decididamente por inversiones en infraestructuras que apoyen la sostenibilidad económica y mejoren nuestro patrón de crecimiento basado en el conocimiento y la innovación.

Todos los ayuntamientos que reciban la distinción como Ciudades de la Ciencia y la Innovación se integrarán en la mencionada Red que potenciará la relación entre ellas y la realización de proyectos de colaboración, disfrutando del máximo reconocimiento por parte de la Administración General del Estado.

Procede ahora, crear la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», y realizar la convocatoria de la misma para el año 2010.

En su virtud, dispongo:

TÍTULO I Creación de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», y determinación de sus bases reguladoras Artículos 1 a 9
Artículo 1 Creación de la distinción.

Se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» para reconocer a aquellos ayuntamientos españoles que, con independencia de su población, están realizando un esfuerzo para potenciar el conocimiento y las infraestructuras innovadoras científicas, tecnológicas y sociales, propiciando el cambio hacia un modelo económico sostenible que se quiere realizar en España.

Artículo 2 Objetivo.

La distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» tiene como objetivo reconocer la participación de un gran número de ayuntamientos en la política de ciencia e innovación del Gobierno, como agentes integrantes de la Estrategia Estatal de Innovación, mediante un reconocimiento anual, que otorgue prestigio y genere una conducta institucional activa a favor de la innovación, valorando tanto los pequeños como los grandes esfuerzos y logros.

Artículo 3 Modalidades de la distinción.
  1. Se contemplan tres categorías en la distinción atendiendo a la población del municipio:

    1. Hasta 20.000 habitantes.

    2. De 20.001 a 100.000 habitantes.

    3. Más de 100.000 habitantes.

  2. Se concederán un total de diez distinciones por cada una de las categorías existentes, pudiéndose declarar desierto tanto una categoría de las mismas, como alguna de las distinciones de cada categoría.

  3. En función de las propias prioridades que plantee la Estrategia Estatal de Innovación, se podrán crear, en cada convocatoria, menciones especiales en determinados sectores innovadores, estableciéndose el criterio de evaluación en la convocatoria correspondiente.

Artículo 4 Beneficios de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación».

La concesión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» conllevará la obtención de los siguientes beneficios:

  1. Autorización para el uso de la distinción en la comunicación y promoción de la ciudad, tanto a nivel nacional e internacional.

  2. Fomento e impulso de proyectos colaborativos entre los municipios que se integren en la Red de Ciudades de la Ciencia y la...

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