Real Decreto 982/1982, de 17 de marzo, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Dos Aguas, parcela 2 del polígono 12 (Valencia), en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1982-11429
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
12876
18
mayo
1982
B. o. del
E.-Num.
118
REAL
DECRETO 984/1982.
de
17 Mmarzo.
por
el
que
$8
acuerda
la
6114jerwcitm
dtrecta
de
una
finca
stta
en
el
tflrmlno
municlpa.1
de
Bolat\os
de
CaJa...
trava
(Ciudad- Real)
en
favor
d.
BU
ocupante.
Dolia
Herminia
FernAndez
Rubio
ha
interesado
la
adqu1s1ción
de
una
tinca
urbana,
aita
en
el
término
D':unic1pal
de
Bolatios
de
Calatrava
(Ciudad
Real),
calle
Goya.
número
cuarenta
y
tres.
propiedad
del
Esta.d.o,
de
la
que
la
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
ciento
cinco
mil
pesetas
por
los Servicios Técnicos
del
Ministerto
-de
Ha-
cienda.
La
circunstancia
expuesta
Justifica
hacer
uso
de
la
autoriza-
ción
concedida
por
el
artículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mn
novecientos
sesenta
y
cuatro.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Conselo
de
MinJstros
en
su
reunión
del
dia
diecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
ydos.
El
Ministro
de
Hacienda.
JAIME GARClA AAOVEROS
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
conformidad
con
lo
disPuesto
en
el
artículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de·
({uince
de
abril
de
mn
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
&cuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
doda
Herminia
Fer-
nAndez
Rubio.
con
domicilio
en
Bolados
de
Calatrava
(Ciudad.
Rea1).
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que. a
continuación
se
describe: .
-Finca
urbana
sita
en
el
término
municipa.
de
Balados
de
Calatrava
(Ciudad
ReaU,
calle
Goya.
número
cuarenta
y
tres,
con
una
superficie
de
trescientos
veintidós
(ciento
setenta
y
tres
construidos)
metros
cuadrados.
y
los
linderos
siguientes:
Derecha,
calle
Primero
de
Abril;
izquierda,
Juan
Rubio
Gon-
zález
(cero
siete-noventa
y
unoooCero
once). yfoñdo,
José
Villa-
hermosa
(cero
siete-noventa
y
uno-eero
cero
nueve)..
Inscrtta
-en el
Registro
de
la
Propiedad
de
Almagro·BolaI'ios
de
Calatrava.
al
tomo
doscientos
veintitrés.
libro
treinta.
folio
doscientos
cuarenta
yocho,
finca
número
tres
mil
cinco.
ins-
cripción
primera.
Artículo
segundo.-EI
preoio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
ciento
cinco
ron
pesetas,
181(1
cuales
deberan
ser
ingre-
sadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
dias.
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la,
Delegación
de
Hacienda
de
Ciudad. Real,
siendo
también
de
cuenta
de
la
interesada
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación·
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto. .
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conduoentes
a
la
efectivida.d
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
adiecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
ydas.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
~piedad
de
Huesca.
al
tomo
novecientos
cuarenta
y
tres,
libro
once, follo
ciento
setenta
"1.
uno
..
finca
número
mil
nueve,
inscripción
segunda.
ArtJculo
88gundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
tres
mU
trescientas
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
ln·-
grasadas
en
el
Tesoro
por
el
adqUirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
nolíflcac16D
de
la
adjudlcac16D
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Huesca.
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
or1g1nadOs
en
la
tramitación
4el
(lxped1ente ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
·pre·
sente
Real
Decreto.
Art1culo
tercero.-Por
el
MlnJ.sterto
de
Hacienda.
a
través
de
la
DIrección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
88
llevamn
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
adIecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
'1
dos. -
El
Mfnlstro
de
Hacienda.
JAIME GARCIA AÑOVEROS
JUAN
CARLOS R.
JUAN
CARLOS R.
REAL
DECRETO 985/1982, de 17 de marzo,
por
el
que
.e
deja
sln
efecto
el
Real
Decreto
2.599/1981,
de
a
de
octubre,
y3e
acuerda
la
enajenación
dlrec·
ta
de
una
ftnca
urbana
slta
en-
La8 Brozas (Cáce-
re,),
en
favor
de
su ocup.ante.
Por
Real
Decreto
dos
mil
quinientos
noventa
y
nueve/mil
novecientos
och(tnta y
uno,
de
dos
de
octubre,
se
enajenó
di-
rectamente
a
don
Eustaquio
Javato
Navan:o
una.
flnoa
urbana~·
11431
11432
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Hacienda.
JAIME GARCIA
MOVEROS
REAL
DECRETO 982/1982, ele
11
de
marzo, por el
qrH
8'
CJCIuerda
la
enajenación
directa
de
una
finca
,Uo
en.
el
t4rmino
municipal
de
Do.
Aguas.
pClT-
cela
a
del
poUgono
12
(Valencta).
en
favor
de
su
ocupante.
Don
Vicente
Nogués
Albuixech
ha
tnteresado
la
adquisición
de
una
finca
rústica.
sita
en
el
término
municipal
de
DoII
Aguas.
parcela
Q08
del
pol1gono doce
(Valencia).
propiedad
del
Estado de
la
que
el solicitante es ocupante de
buena
Ce.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
diecisiete
mn
ochocientas
noventa
pesetas
por
loa Servicios Técnicos
del
Mi-
nisterio
de
Hacienda.
La circunstancia expuesta lusillica
hacer
uso de
la
autori-
zación
concedida
por
el
articulo
i8senta
y
tres
de,
la
Ley
del
PatrimonJo del Estado
de
qUince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta ycuatro.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
via
deliberación
del
,ConseJo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
diecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
ydos.
DISPONGO.
Articulo
primero.-De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
articulo
sesenta
"1
tres
de
1&
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
S8
acuerda
1&
enajenación
directa
a
favor
de
don
Vicente
Nogués
Albuixech,
con
domicilio
en
008
Aguas,
calle
Garrigós,
núme.-
ro
cuatro
(ValenclaJ,
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
continuación
se
describe:
-Rústica,
sita
en
el
término
municipal
de
Oos
Aguas
(V....
lencial,
parcela
a>,
poligono
doce,
con
una
superficie
de
dos
hectáreas
veinticuatro
áreas
setenta
y
cinco
centiáreas,
y'
108
linderos
siguientes:
Norte.
vereda;
Sur.
camino
Fontanares;
Este.
Enrique
Alcacer
Albuixech.
yOeste,
Isabel
Peiró
Grau
.•
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Raquena,
al
tomo
noventa
ydos,
libro
dos. folio
ciento
setenta
ycinco,
finca
número
trescientos
setenta
ysiete,
inscripción
primera.
Artioulo
segundo.--El
precio
total
de
dicha
enajenación
8S
el
de
diecisiete
mil
novecientas
ochenta
pesetas.
las
cuales
deberán
ser
Ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificae16n
de
la
adjudica-
ción
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Valencia,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos los
gastos
originados
en
la
tra-
mitación
del
expediente
ylos
que
se
c
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
llevaré.n
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
,e
dispone
en
el
presente
Real ,Decreto.
Dado
en
Madrid
adIecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
ydos.
11430
REAL
DECRETO 983/1982. de
17
de
marzo,
por
el
que
8e
acuerda
la.
rmajenaci6n
directa
de
una
finca
Bita
en
el
UrmiM
municipal
de
Lobato,
parcela
388
del
poUgono 1lHuescaJ. en
favor
de
su ocupante.
Don
Antonio
PuyUelo
'nsnar
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
rúsUca,
sita
en
el
término
municipal
de
Labata,
paraje
..
5asiello.,
parcela
trescientos
ochenta
y
seis
del
polf-
gano
uno
(Huesca),
propiedad
del
Estado.
de
la
que
el
soUal-
tante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad.
de
tres
mil
tres.
dentas
pesetas
por
los
Servicios Técnicos
del
Ministerio
de
HacIenda.
La
circunstancia
expuesta
justifIca
hacer
uso
de
la
autort.
zaclón
concedida
por
el
articulo
sesenta
ytres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abrtl
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
d~liberac1ón
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
dIecisiete
de
marzo
de
mil
novecientos
ochenta
ydos,
DISPONGO.
Artículo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
sesenta
_"1
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mJ.l
novecientos
sesenta
y
cuatro
se
a?uerda
la
-
enaj
~nación
directa
a
favor
de
don
Antonio
Puyi¡elo
TIsner, con donucilio
en
Huasca,
calle
Valencia
número
catorce
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
contin~i6n
se
describe;
-Rustica
sUa
en
el
término
municipal
de
Labata
(Huesca),
~a!'Cela
trescientos
ochenta
yseis. poligono
uno,
con
una
super.
f~C1e
de
dos
áreas
cincuenta
yseis
centiáreas,
ylos Under08
SIguientes:
Norte.
cantera
de
Panzana
yPaoos;
Sur,
parcela
trescientos
ochenta
ycinco; Este,
parcela
quinientos
siete;
oea.
te,
río
Calcón.~
11429

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