Real Decreto 3196/1982, de 12 de noviembre, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Montoro (Córdoba) en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1982-31063
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
BOE.-Num.
284
28
nóviem'6re1982 :12569
31063
31064
ha
solicitado le
sean
vendidos directamente
treinta
'1
un
mil
doscientos
setenta
y
cinco
metros
cuadrados
del
total
de
la
su-
perficie de la finca. COD destino
&.
la
ccmstJ'ucción
de
varios
bloques
de
viviendas
de
protección
oficial.
.
La
finalidad
expuesta
justifica
hacer
uso
de
1&
autorización
concedida
por
el
articulo
diecisiete
del
Decreto
dos
mil
noventa
y
uno/mil
novecientos
setenta
yuno, de trece
de
agosto. regu-
lador
del
régimen
administrativo
de
la
sucesión
abintestato
8
favor
del
Estado
que,
al
efecto,
remite
a
lo
establecido
en
los
artículos
sese.nta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
y
ciento
diecisiete
del
Reglamento
para
su
aplicación.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reuni6n
de~
dia
doce
de
noviembre
de
mil
n.ovecientos
ochenta
ydos,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
del
..
Patronato
de
la
Vivienda
Nuestra
Seftora
de
los
Milagros",
del'Puerto
de
Santa
María.
de
treinta
y
un
mil
doscientos
seten-
ta
y
cinco
metros
cuadrados
de
la
superficie
total
d~
la
'finca
denominada
..
El
TeJar»,
sita
en
el
mismo
término
municipal.
Los
linderos
que
corresponden
a
la
parte
a
segregar
son
los
siguien-
tes:
Norte,
ferrocarril
Puerto
Santa
Marfa-Cádiz
y
carretera
na·
cional
IV
Madrid-Cádiz¡
Sur,
parcela.
c),
de
cuatro
mil
quinien-
tos
metros
cuadI:ados
para
ampliación
del
Colegio
Nacional
de
la
Sericícola¡
parcela
b),
de
siete
mil
ciento
cincuenta
y
seis
metros
cuadrados,
y
calle
Adelfa;
Este,
calle
Adelfa
'y
Guardería
Infantil
(propiedad
del
Estado);.Oeste,
carretera
nacional
IV
Ma·
drid-Cádiz,
Colegio
Nacional
de
la
Ser1cicola
y
paroela
c),
de
cuatro'
mil
quinientos
¡netros,
pare.
ampliación
del
Colegio
Na-
cional
de
la
Serlcicola.
.
La
finca,
con
su
total
extensión,
está
inscrita
en·
el
Registro
de
la
Propiedad
del
P_uerto
de
Sa.nta
Maria
a
favor
del
Estado,
al
tomo
quinientQs
setenta
y
dos,
libro
doscientos
diecisiete,
folio
doscientos
doce
vuelto,
finca
tres
mil
-quinientos
veinti-
cuatro,
inscripción
dieciséis.
Articulo
segundo.-El
precio,
de
la
enajenación
correspondien-
te
~
la
superficie
a
segregar
de
la
total
extensión
de
la
fInca
es
de.
cincuenta
y
un
millones
doscientas
veintiocho
mil
cuatrocien·
tas
cincuenta
pesetas.
Articulo
teroero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
adoptarán
las
medidas
procedentes
para
el
cumplimiento
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto:
Dado
en
Madrid
a
doce
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
dos
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de Hacienda:
JAIME
GARCIA AJ'JQVERQS
REAL
DECRETO
3196/1982,
de
12
de
noviembre.
ror
el
que
se
acuerda
la
ena;enación
directa
de
una
finca
Bita
en
el
término
municipal
de
Montoro
(Córdoba)~
en
favor
de BU
ocupante.
Don
Domingo
Aranda
Lóp-ez
ha
interesado
la
adquisición
de
una
linea
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Montara
(Cór
doba),
calle
Olivares,
número
veintisiete,
propiedad
del
Estado.
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
DIcha
finca
ha_
sido
tasada
en
la
cantidad
de
treinta
y
tres
mí!
pesetas
por
'los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda:
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
Ja
autoriza·
ción
concedida
por
el
artículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Pa-
trimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sasen
ta
y
cuatro.
'
En
su
,virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su-reuni6n
del
día
doce
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
ydos,
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
ar
ticulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enájenación
directa
a
favor
de
don
Domingo
Aranda
López
con
domicilio
en
Montoro
(C6rdoba),
calle
Olivares,
número
veintisiete,
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
Finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Mon-
toro
(Córdoba),
.calle
Olivares,
número
veintisiete,
con
una
su-
perficie
de
veintidós
metros
cuadrados,
ylos
linderos
siguientes:
derecha;
Coracha,
número
dieciséis;
izquierda,
calle
Olivares,
número
veinticinco.
y
frente,
caBe
Corachá,
número
diez.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Montoro
al
tomo
cuarenta
y
siete,
folio
trece,
finca
número
dos
mil
seiscientos
treinta
yseis,
inscripción
primera.
~
ArUculo
segundo,-EI
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
treinta
y
tres
mil
pesetas.
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
par-
tir
de
"la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
,de
Córdoba,
siendo,
también,
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Articulo
:tercero.-Por
el
M:1n1eter1o
de
Hacienda, &través de
la
Dirección General del
P-trimonlo
del Estado, se
llevarán
a
cabo
los trAmites conducenl&s a
1&
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado en Madrid adoce de. noviembre de mil novecientos
ochenta ydos.
JUAN
C,A.RLOS
11,
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA AJilQVEROS
REAL
DECRETO 3197/1982,
de
12
de
noviembre,
por
el
que
Be
acuerda
la ena;enación
directa
ele
un
Bolar
sito
en
Melilla
.obre
el que
.e
asienta
una.
edificación.
Por
don
Juan
Manuel
Nicolás
Vigueras
se
ha
interesado
1&
adjudicación
de
un
flOlar
propiedad
del
Estado,
sito
en
Melilla.
calle
de
Nicaragua,
número
dieciséis,
como
ocupante
de
la
edi-
fiooci6n
existente
sobre
el
mismo.
Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
1ft'
cantidad
de
seis
mil
setecientas
treinta
y
dos
pesetas
por
los
servicios
técnicos.
correspondientes
del
Ministerio
deBa-
cienda.
Concurren
en
el
presente
caso
circunstancias
que
Justifican
hacer
uso
de
la.
autorización
concedida
por
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
trescientos
sesentft' y
uno
del
Código
etvil.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre·
via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dooe
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
-y
dos,
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
artículo
sesenta
y
tres
de
le.
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
88
a.cuerdCt'
la
enajena¡;:ión
directa
a
favor
de
don
Juan
Manuel
Nicolás
VigueTas,
con
domicilio
en
MelUla,
calle
Nicaragua,
número
dieciséis,
de
un
solar
propiedad
del
Estado,
sobre
el
que
-
se
asianta
una
edificación
y
que
a
contlnuación
se
describe:
Finca
urbana.
sita
en
Melilla,
caJle
Nicaragua,
número
die-
ciséis,
con
una
superficie
total
de
treinta
y
seis
metros
cua·
dredos,
con
los
siguientes
linderos:
Derecha,
calle
Nicaragua,
número
catorce;
izquierda,
calle
Ecuador,
número
quince.
y
frente,
calle
Ecuador,
número
trece.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
a
favor
del
Estado
al
tomo
ciento
trelllta
y
uno,
folio
ciento
veinticuatro,
finca
cuatro
mil
cien,
inscripción
primera,
Articuio
segundo.-EI
precio
total
de
dicha
adjudicación
es
el
de
seis
mil'
seteCientas
treinta
y
dos
pesetas,
las
cuales
de-
beran
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
'por
el
adjudicatario,en
el
plazo
de
quince
dtas
a
partir
de
1&
notificación
por
la
Dele-
gación
de
Melille.,
siendo
también
por
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
origmados
en
la
tramitación
del
expediente
J
los
que
se
Cfl·usen
en
cumplimiento
del
presente
Real
De-
creto
- . -
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
H!1Cienda, a
través
de
la
DirecCIón
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
tramites
conducentes
ale.
efectividad
de
cuanto se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
adoce.
de
noviembre
de
mil
·novecientos
ochenta
y.
dos.
JUAN
CARLOS R.
El Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GARClA
AÑQVERQS
31065
REAL
DECRETO 3198/1982, de
12
de noviembre, por
el
Que
se
·,cuerda
la
enajenación'
directa
de
una
finca
sita
en
el
termino
municipal
de
Motril,
par·
cela 48.
polígono
13'
(Granada),
en
favor
de
BU
ocupante.
Doña-
Encarnación
Puerta
Puerta
Jia
interesado
1&
adquisi-
ción
de
una
finca
rustica,
sita
en
el
término
municipal
de
Mo-
tril,
parcela
cuarenta
Y.
seis
del
pol1gono
trece
(Granada).
pro.
piedad
del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
bue-
na
fe.'
Dicha.
finca
he
sido
tasada
en
la
cantidad
de
quinien-
tas
setenta
y
seis
mil
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda.
La
circunst&ncia
expuesta
JUltifica
hacer
uso
de
la
autori,
zación
concedida
por
el
articulo
sesenta
y
tres
de
,lsLeY
del
Patrimonio
dej
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro.
-.
En
su
virtud,
a
propuesta
df'\
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
doce
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
dos,
DISPONGO,
Articulo
primero-De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
ar-
tículo
sesenta
y
tres
de
UI
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de

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