Real Decreto 2987/1983, de 5 de octubre, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Cabanes (Castellón), en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1983-31554
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
2
diciembre
1983
30E.-Núm.
288
El
Mlni!ltro
de
Economla
y
Hacienda,
.MIGUEL BOYER SALVADOR
..
enominado
Lonje.
Vieja
de
Pescados,
sito
en
la
calle
Calvo
Sotel0, qUe
linda;
Norte,
con
explanada
del
puerto;
Sur.
Este
r
Oeste,
con
la
misma
explanada.
El
inmueble
donado
Se
destinará
a
la
construcción
de
un
edificio
de'
comunicaciones.
Art.
2.°
El
inmueble
mencionado
deberá
inco'rporarse
al
In-
ventarlo
General
de
Bienes del Estado,
una
vez inserito
asu
l!ombTe
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afee·
tación
por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda
al
de
Trans-
portes. Turismo yComunicaciones
para
los servicios de comu-
nicaciones
dependientes
de
este
último'
Departamento.
La fina-
lidad
de
la
donación
habrá
de
cumplirse
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
la
vigente
legislación
de
Régimen
Local.
Art.
3,°
Por
el
Ministerio
de
Econom·ía y
Hacienda.
a
tra-
vés
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
lle-
varán
a
cabo
105
trámites
necesarios
para
la
efectividad
tle
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a5
de
octubre
de
1983.
JUAN CARLOS
R.
32S39
-
Articulo
1.0 De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el artícu_
lo 63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964
&tl
aGuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
(ion
Victoriano
Mateo
Lafuente,
con
domicilio
en
Teruel,
de
la'
finca
propie-
da
del
Estado
que
a
continuaciÓn
Be
describe:
urbana,
sita
en
el
término
municipal
de.
Montalbán
(Teruel).
calle
Peña-
ITOYas, B-03,
con
una
superfIcie
de
25
metros
cuadrados.
ylos
linderos
siguientes:
d,erecha,
camino;
izquierda,
Cándido
t'i-
tarch,
y
fondo.
rio.
'-
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Calamocha
al
tomo
883,
libro
11, folio 93,
finca
número
1.671,
inscripción
primera.
Art.
2.°
El
precio
total
de
dicha
enaienación
es
el de 21.910
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
dias,
a
partir
de
la
notifica-
ción
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Te.
ruel,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
ylos
que
se
cau-
Ilen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda,
a
tra-
vés
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conduéentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
DadQ
en
Madrid
a5
de
octubre
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economfa
y.Haclenda,
MIGUEL BOYER SALVADOR
'DISPONGO,
REAL DECRETO 2985/1983, de 5
de
octubre,
nor
el
que
se
acepta lo
donación
al
Estado
por
el
Ayun.-
tamtento
de
Coslada
(Madrid)
de
un
inmueble
de
3.305
metro.
cuadrado.,
Itto
en
IU
término
muni-
cipal, con
deltina
ala
construoción
de
una
Comi-
Barta
de
Poltcta.
31552
Por
el
Ayuntamiento
de
Coslada
(Madrid)
ha
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
3.305
metros
cuadrados,
sito
en
su
término
municipal,
con
destino
a.
la
construcción
de
una
Comisaría
de
Pollcía.
Por
·el
Ministerio
del
Interior
.se
considera
de
interés
la
acep-
tación
de
·la
referida
donación.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Economfa
y
Hacien-
da
y
previa
deliheración
del
Consejo
de
Ministros
en
BU
reunión
del
dia
5
de
octubre
de
1983,
DI
S.P O N G
O,
Articulo
1.0 De
conformidad.
con
lo
dispuesto
en
el
articu-
lo
24
de
la
Ley
del
Patrimonio
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Coslada
(Madrid.) de
un
inmueble
de
3.305
metros
cuadrados,
sito
en
su
término
'municipal,
avenida
de
Fuentamar,
B
segregar
de
otro
de
mayor
cabida,
lindando
el
pri~
mero:
Norte,
con
.Industrias
Garata_;
Sur.
con
terreno
munici·
pal:
Este.
terreno
municipal;
Oeste,
con
avenida
de
Fuen-
temar.
.
Figura
inscrita
la
finca
motriz
al
tomo
425,
libro
38, fo-
lio
199.
floca
número
2.817,
inscripción
primera~'
.
El
inmueble
donado
se
destinará
a
la
construcción
de
una
Comisaria
de
PoJicla.
Art. 2.° El
inmueble
mencionado
deberA
incorporarse
al
In-
ventario
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
inscrito
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afec-
tación
por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda
al
del
In·
rerior,
para-
los
servicios
de
Comisaria
de
Policía
dependientes
de
este
último
Departamento.
La
finalidad
de
la
donación
na·
brA
de
cumplirse
en
el
plazo
mAximo de,
tres
aftas,
debiendo
revertir
al...Ayuntamiento
el
inmueble
si
ello
no
tuviere
lugar.
Art.
3.°
Pór
el
Ministerio
de
Economla
y
Hacienda;
a
través
de
la
-Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
l1evartm
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a5
de
octubre
de
1983,
JUAN CARLOS R.
El
MInistro
de
Economía,
Hacienda,
MIGUEf:. BOYER SALVADOR
31553
REAL
DECRETO 2986/1083,
de
~
de
octubre,
por
el
que
.e
acuerda la enajenactón
directa
de
una
finca
aita
en
el
término
municipal
de
Montatbdn,
calle
Peñarroyas, B-03.
lTeruelJ,
en
favor
dB
.u
ocupante.
Don
Victoriano
Mateo
Lafuente
ha
lnteresa,do
la
adquisición
de
una
finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Montal-
bAn.
calle
Peftarroyas,
B-os (TerueU,
propiedad
del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
O'Cupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
-la
cantidad
de
21.910
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
-de
Economía
y
Hacienda.
.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autori-
zación
concedida
por
el
articulo
83
de
la
Ley
del
Patr1monio
del
Estado
de
15
de
abril
de,
1964.
En
BU
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
y
Ha-
cienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
&U
reunión
del
d.1a
a
de
octubre
de
1983,
31554
REAL
DECRETO 29R7/I983,
de
5
de
octubre,
oor
el
qUe
le
acuerda la enajenación
directa
de
una
finca
8ita
en el
término
municipal
d9
Cabones
(CLl.ste-
llón).
,n
favor
de
BU
ocupante.
Doña
Isabel
Lavernia
Castillo
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
rústica,
sita
en
el
término
municipal
de
Cabanes
(Castellón),
prOpiedad
del
Estado,
de
1&
que
el
solicitante
81
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
can-
tidad
de
24.000
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autori-
zación
concedida
por
el
artículo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964,
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
y
Ha-
cienda,
y
previa
deliberación
del
Conse1o
de
Ministros
en
au
reunión
del
dia
5
de
octubre
de
1983,
DISPONGO,
Artículo
1.0
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
artícu-
lo 83
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964
.se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
doña
Isabel
Lavernia
Castillo,
con
domicilio
en
Cabanes
(Castellón),
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
rústica,
sita
en
el
término
municipal
de
Cabanea
(Caatel1ón),
paroela
64
del
poligono
42,
con
una
superficie
de
0,50
hectá-
reás,
ylos
linderos
siguientes:
Norte,
Angel
Vte.
Cllment
Te-
jedor;
Sur,
Agapito
Segarra
Planr:hadel1; Este,
Agapito
Sega-
rra
Planchadell,
y
Oeste,
Daniel
Nomtoliu
Cllment.·
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Castellón
al
tomo
84.
libro
3, folio 235,
finca
número
332, inac:ripción
primera.
Art,
2.°
El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
24.000
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
dfas, a
partir
de
la
notifica-
ción
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Caste1l6n,
siendo
también
4e
cuenta
del
interesados
todos
los
.
gastos
originados
en
1&
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimíento
del
presente
.Real
Decreto.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
a
tra~
vés
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
lle-
varAn
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efecttvidad
de
cuan-
to.
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a5
de
octubre
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El-Minlstro
de
Econoroia ,Hacienda,
MIGUEL BOYER SALVADOR
31555
REAL
DECRETO 2988/1983.
ele
6
de
octubre.
por
el
que
.e
acuerda la
enajenación
directa
de
una
finca
.Ita
en el
término
muntcipal
de
Cabanes
CCaste-
Uón), en
favor
de
BU
ocupante,
Do:fta
Rosa
Ferrer
MoIner
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
rústica
sita
en
el
término
municipal
de
Cabanes
(Cas~
tellónl,
propiedad
.-del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocu-
pante
de
buena
fe.
Dicha
tinca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
127.800
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.

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