Real Decreto 3207/1981, de 27 de noviembre, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Alcora (Castellón). en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1981-30274
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
S.
o;
(Jel
E.-Nlim.
313
>
31
diciembre
1981
30275
30274
30277
REAL
DECRETO
:f2iJ7/11181,
de
Zl
de
noviembre,
por
el
que
.e
acuerda
la
enaienoción
directa
de
10M
finm
.ita
en
el
término
municipal
de
Alcora
(CasteIUmJ.
en
fayor
de
..
u
ocupante.
Don
Juan
Gil
HueecibA
liPtereeado laed
c!
:una rUlO&.
rClstica,
.Ita
EIIl
el
término
munlclJ;l8¡lde
ÁlOOll"lL
-1l&t'C8la Tein-
IiIc!nep
del
poligonc
okmto
cl!lCuenta
y
~
lCaBtellónl.
propie>-
dad
del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dioha
finca
ha'
sido
taalida
en
la
cantld
de
e&tenta
mil
·
ouatrooJenlae
eetenta
y
una
pesetes,
por
!
Servicios
TéCD1cos
del
Ministerio
de
HlloCienda. .
La
clrcunstancla
expuesta
lustlfica. h8lC8r
USO
de
la
autorlra-
Qón
conce4ida
por
el
artlcuio
e_nta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quinos
de
abrll
c!
mil
noV"C{""tos
_enta
y
cu
..
trp.
.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienaa
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministroe
en
su
reunió
del
dla
Telntislete
de
noviembre
de
mil
nOV9Cllentos
oohenta
y
uno,
DISPONGO,
ArtIculo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
I8S9Ilta y
tres
de
1&
Ley
del
Patrimonio
d
Estado
de
quinJce
de
a1>rll
de
mil
novecientoe
_nta
y
cuatro,
...
acuarda
la
enajenación
di;.¡cta
a
favor
de
don
Juan
Gil
Hueso,
con
dom!-
ol1lo
en
Figuerol"".
oeJle Rio,
número
tFeinta
lCasteUóu),.
de
ta
tinoe.
propiedad
del
Estado
que
a
oonli\nueción
Be
a-:rtbe,
·'fIIooa
rústica,
sita
...
el
término
munlclpal
de
Aloora
1Ca6-
lle1lón),
parcela
veinticinco,
pollg
ciento'
clncu..,ta
y
eels,
con
una
superficie
de
siete
mil
cuatrocientos
dieclocho
metros
cua-
cITados, ylos
linderos
siguientes:
Norte,
Amparo
G6rcia
8&gán;
Sur,
·CarmenTena
Tena:
Este,
barranco
de
La
Sola,
y
Oeste,
Carmen
Tena
Tena.
lnscrlta
en
el
Registro
de
1&
Propiedad
de
Lucena
del
Cid,
811·
tomo
setel1ta
y
siete,
libro
Teinte,
follo eels, finca
número
tree
mil
dP8clentos
<>ehenta y
dos,
in8arlpclón
prim
....
a.
ArtiCulo
precio
tot&l
de
dlcha
enajenación
es
el
de
setenta
mil
cuatrocientas
Betenta
y
una
170.471)
!;>
Ias
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente,
en
el
plazo
de
quince
di...
a
partir
de
la
notlflcaclón
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Haclenda
de
Castellón,
siendo
tambioo
de
cuenta
del
Ültereeedo
todos
1"",
gastos
origlnildos
en
1&
tramltlloCión
del
expedietlte
y
los
que
se
causen
en
cumpli-
miento
del
presente
Real
Decreto.
.
Articulo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
1&
Direecdón
General'
del
Patrimonio
del
Estado,
es
llevarán
a
eabó
106
_tes.
conduoentes
a
la
ef_vidad
de
OIl"llto
...
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
aT
de
noviembre
de
ml1 nove-
cientos
ochenta
y
uno.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GABCiA
AF/OVEROS
.
REAL
DECRETO
3208/11181,
de
Zl
de
noviembre,
por
elqU8
se
acuerda
la
ena;enación
directa
de
una
finca
.ita
en
el
térmiilo
munidpal
ne
Lora
de
Estepa,
call8
San
Miguel,
números
55·57
(S""i!laJ,
en
favor
ele
'u·
ocupan"te.
.
Dan
Antpn·ío
Hamá.ndez
Mudez
ha
lntareeado
la
adaulsicióu
de
una
linca
urbana,
aita
an
el
térmlno
municipal
de
1.ora
de
Estepa,
call~
San
Miguel,
números
cincuenta
y
cinco-.clncuenta
y
aiete
(Sevilla),
::oropiedad
del
Estado,
de
la
que
el
aolic¡tante
ea
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada en
la
cantidad
de
""tecientM
doce
mil
seiscientas
pesetas,
"POr
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda.
_
La
circunstanCia
expuesta
jUstlfioa
hsoer
USO
de
la
autorlza-
alón
OOIlJOedid
a
por
el
articulo
_la
y
tres
de
la
Ley
del
P.atrimoDio
del
Estado
c!
quinoe
de
8ibril
de
mil
DDVecientoe
_ta
y
cuatro.
. .
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Cori.sejo
de
MlnIstroo
en
su
reunión
del dia
Teintis:iete
de
noviembre
de
mil
noveci~ntoe
ochenla
y
uno,
DISPONGO:
ArtIcu10
priJ:ilero.-De
oonformldad
cxm
10
disPuesto
..,
el
articulo
.....
..,ta
y
tre.s
de
-ia'
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quinoe
de
abrl1
de
mil
novecientos
......
nta
y
cuatro,
Be
acuerda
.
la
enajenación
directa
a
favor"de
don
Antonio
Hernández
Muiloz"
c:on
donucilio
en
Lora
de
FAtepa
lSevilla)
,
de'
la
finoa
:;:ropiedad
·
del
Estado
que
aapnlolnuaciÓD
ee
deecrlbe,
Urbana,
sita
en
el
térmlno
.
municipal
de
Lora
de
.Estepa
lSevl.llal,
oalJe
San
MI-
guel,
n'úmeros
cincuenta
y
cinco-cincuenta
.y siete,
con
una
wperfiete
de
80lar
de
alento
noventa
metros
cuadrad"",
Ylos
1lnderos
siguientes:
Derecha,
calle
San
Miguel.
número
ctncuenta
y
nueve:
lzqu1erda,
número
cincuenta
ytrs(;
de
la
mls.m&
oalle
ó
·
fondo,
oaaa
don
José
GonzáJez
Blanoo.
Inecrlta
en
elRegisÚ'
de
1&
Propiedad
de
E9tepa-Lora
de
!etepa,
al
tomo
cuarenta-dieclséls,
fello
doecl1mtos
tras-seis
TUel-
to,
fiñca
númere
mil
novecientos
_la
ydos-Betseien
to
se-
eenla
yelete. !nacl:ipclpnea
prtmera
y
quinta.
ArtIculo
segundo:-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
setecientas
doce
mil
seiscientas
(712.600)
pesetas,
las
cuaies
deberán
ser
Ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente.
en
el
plazo
de
quince
di
...
a
putlr
de
1&
notifioo.ción
de
la
adjudica-
ción
por
18
Delegación
de
Hacienda
de
Sevilla,
siendo
también
de
'cuenla
del
lnteresado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramiteclón
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimlSnto
dei
presente
Real
Decreto.
Articulo teroEp'O.-Por
el
Min!Bterlo
de
Hacienda,
atravéS
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
aca'oc
los
trámites
conduoente
sa
la
efectividad
de
cuanl
Se
dispone
en
el
presente
Real
Decretp.
Dádo
en
Madrid
aTelntisdete
de
noviembre
de
mil
nove>-
alentos
ochenta
y
uno.
JUAN
CARWS
R.
El
Miniltro
de
Hacienda.
JAIME GARClA ANOVEBOS
30276
REAL
DECRETO
321J9/1981,
de
Zl
de
noviembre,
por
el
que
oa
acuerda
la
enoienoción
directa
de
uno
li1lClJ
.ita
en
p¿
término
municipal
de
M
onto-
ro.
calle
Criados.
"úmero
II
(Córdoba),
en
fayor
,de
...
ocupante.
.
Don
José
Coronado
Molina
ha
inter-ado
la
adaulsicl6n
de
una
finoe.
urbana,
BIta
en
el
término
munlciJ;>al
de
Mon
toro
lCórdobal,
calle
Criados,
número
once.
propiedad
del
Estado,
de
10
que
el
I01lcltante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finoa
ha
sido
taalida
en
la
oantldad
de
ciento
treinta
ynueV6
mil
trescientas
pesetas,
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda.
La
c:rcunstancla
axpuS(;ta jUBtlfioa
hacer
UISO
de
1&
s.utoriza,-
ció."
conre
por
el
artlculo
_ta
y
tres
de
1&
Ley
del
Patri,nOll;o
del
Estado
de
quinoe
de'
abrlJ
de
mil
novecfentoe
8ECienta
y
cuatro.
'
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
HaCienda
y
previa
deliboraclón
del
Consejo
de
Ministros
en
en
reunión
dei
ella
TeintJslets
de
DCIv1«mbre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
,
'DISPONGO:
Artlcu10
prlmero.-De
OClIIllocrmldad
COI!.
10
dlspuesto
en
el
&rtlCl>1o
.....
enta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
a-tmll
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enajsulloCi6n
dIreCta
a
favor
de
don
José
Coronado
Molilla,
oon domiClilio
en
Montaro
(Córdoba),
c!
1&
llnoa
prC9iedad
del
Estado
que
a
continuación
1Ie
describe:
Urbana,
sila
en
el
tér-
mino
munlcipai
de
Montoro
(Córdoba),
calle
Criados,
número
oooe,
CO'D
una
superficie
de
sol....
de
treecientoe
sesenta
y
cuatro
metros
cuadrados,
y
los
IlndeI:Qs
siguientes:
derecha,
calle
Cria-
dos,
numero
quince;
izquierda.
número
nueve
de
la
misma
calle,
yfondo,
descampado.
.
lMcrita
en
el Registro
de
la
Propiedad
de
Montoro
al
tomo
trescientos
cu~ta-cu&troclentos
noventa
y
uno,
folio
ciento
treinta
ytras-cieDl
_ente
y
ocho,
fln.oa
núm
....o
dos
mil
nove-
cientos
veintiCinco;
inscripciones
undécima.
y
vigésima
primera.
Articulo
oegunoo.-EI
prllCÍo
total
de
dic.ha
enajenación
es
el
de
éle!l1tp
treinta
yllUeve
mil
t!"eecientM 1139.300)·
pesetas,
las
cuales
debemn
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente,
en
el
plazo
de
quinoe
di.... a
partir
c!
la
notificación
de
la
adjudlcaciÓlll
por
la
DeleglloCión
de
Hacienda
de
Córdoba,
si"",do
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originadOs
en
la
tramltl>cl6n
del
expediente
y
1
que
..
C&WlSn
en
cum;>li-
miento
del
prasente'~ea1
Decrel_
·Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
1"
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
lIevamn
a
cabo
1.".
trá.mltes
OOIDduoentes a
1&
efectividad
de
cuanl
.e
dispOne
en
el
presen\e.
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
veintisiete
de
noviembre
de
mil
nove-
clentoo
ochenta
y
uno.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Hacienda
JAIME
GARCIA ANOVEBOS
REAL
DECRETO
lJ2JO/íIl81,
de
Zl
de
noYiembre,
por
el
que
,e
acu~rda
La
enajenación
:.directa
de
~
'btt=a
urbana
SIta
en
el
térmmo
municipal
de
Cosabermeja.
en
fC1'Vor
ele
.BU
poseedor.
Dan
Antonio
Dunl.n
Moreno
ha
intereesdo
le
adquisición
di-
~
de
una
finca
urba:na.
Ilita
en
el
término
municipal
de
Casaberme'a
IMála.gIl),
calle
Puerto
de
los
Frailes.
número
veinte,
propiedad
del
Estado.
de
1&
que
el
solicitante
es
posee-
dor.
DiCha fiDca
ha
sido
taseda
en
la
C8lItldad
de
treinta
mil
doscientas
cuarenta
pesetas.
por
los
Serviclos
Técnicos
del
MI-
nisterio
de
Hacienda.

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