Resolución de 25 de enero de 1982, de la Dirección de la Seguridad del Estado, por la que se delegan en los Directores generales de la Guardía Civil y de la Policía determinadas competencias.

MarginalBOE-A-1982-1747
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1158/1880, de 13 de junio sobre estructura de la Dirección de la Seguridad del Estado, le atribuye en sus diferentes artículos determinadas competencias y atribuciones específicas así como le concede el rango de Secretario de Estado, con las competencias que el artículo 14, números 10 y 11, de la Ley de Régimen Jurídico establece para los Ministros. Con el fin de conseguir la continuidad en los servicios en determinados casos, resulta oonveniente delegar estas facultades en los Directores generales de la Guardía Civil y de la Policía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que autoriza la delegación de atribuciones entre Organos de la Administración Pública, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro de la Presidencia, he tenido a bien disponer:

Primero.- En caso de vacante, ausencia fuera del territorio nacional o enfermedad, sin perjuicio de las atribuciones que le confiere el artículo 16 de la Ley de Régimen Jurídico, se delegan en el Director general de la Policía las competencias atribuidas en el Real Decreto 1158/1980, de 13 de junio, así como las que establece el artículo 14, números 10 y 11, de la Ley de Régimen Jurídico en todo lo referente a la Dirección General de la Policía.

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