ORDEN SCO/3410/2004, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de recursos humanos y difusión de la investigación del Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de contratos de investigadores en diversas modalidades en el marco del Plan Nacional I+D+I 2004-2007.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Octubre de 2004
MarginalBOE-A-2004-18156
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/3410/2004, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de recursos humanos y difusión de la investigación del Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de contratos de investigadores en diversas modalidades en el marco del Plan Nacional I+D+I 2004-2007.

La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica, proporciona un marco común de referencia para los Organismos Públicos con funciones de investigación y fomenta, entre otras, la investigación en Ciencias de la Salud.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, señala, entre otras funciones del sistema sanitario, el fomento de la investigación en función de las políticas nacionales de investigación y desarrollo. Desde el Ministerio de Sanidad y Consumo las actividades de fomento se han venido realizando a través de las ayudas que anualmente convoca el Instituto de Salud 'Carlos III' a través del Fondo de Investigación Sanitaria.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, señala como principios rectores en materia de investigación los siguientes: Establecer las medidas para que la investigación científica y la innovación contribuyan a mejorar de manera significativa y sostenible las intervenciones y procedimientos preventivos, diagnósticos, terapéuticos y rehabilitadores; garantizar que la actividad investigadora y de transferencia de resultados a la práctica clínica se desarrolla y se sustenta científicamente de manera demostrable; garantizar la observancia y el cumplimiento de los derechos, la protección de la salud y la garantía de la seguridad de la sociedad, los pacientes y los profesionales involucrados en la actividad de investigación; incorporar la actividad científica en el ámbito sanitario en el Espacio Europeo de Investigación; y, facilitar que en toda la estructura asistencial del Sistema Nacional de Salud se puedan llevar acabo iniciativas de investigación clínica y básica, fomentando el desarrollo de la metodología científica y de la medicina basada en la evidencia.

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2004-2007, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2003, donde se integra la Iniciativa Sectorial de Investigación en Salud, detalla en el ámbito de su gestión los agentes ejecutores, las modalidades de participación einstrumentos financieros y fiscales aplicables, los principios de asignación de la gestión, la coordinación de las actuaciones y la evaluación y selección de propuestas.

Entre las diversas modalidades de participación que prevé, entendidas como mecanismos que la legislación provee para que los agentes ejecutores de las actividades de I+D+I puedan acceder a la financiación de sus actividades y contribuir a la vertebración del Sistema español de Ciencia-Tecnología-Empresa, se considera que los recursos humanos son la pieza angular del Sistema de Ciencia y Tecnología, por lo que se debe potenciar y fomentar la formación y contratación de personal.

Entre las áreas y programas prioritarios que recoge el Plan Nacional se encuentra el área de Ciencias de la Vida donde se ubican el Programa Nacional de Biomedicina y el Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar. En concreto el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud 'Carlos III', es una de las unidades gestoras a la que corresponde la gestión de los Programa Nacionales de Biomedicina y de Tecnologías para la Salud y el Bienestar. Igualmente el Plan Nacional, establece entre los objetivos específicos de las acciones horizontales, un Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos en I+D+I, objeto de esta Orden, por considerar al personal investigador el componente fundamental de cualquier sistema de Ciencia y Tecnología, donde se incluye al Sistema Nacional de Salud como un subsistema.

Entre los instrumentos financieros se consideran, entre otros, la subvención, objeto de estas bases reguladoras, como la actuación orientada a cubrir total o parcialmente los costes de la actividad de que se trate, tanto mediante un porcentaje de los costes totales como de los costes marginales.

La gestión de estas subvenciones se regirán de conformidad con los principios generales establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es decir publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Con esta Orden, que da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de Recursos Humanos y Difusión de la Investigación del Ministerio de Sanidad y Consumo para la concesión de ayudas para contratos de investigadores en diversas modalidades, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento de la Intervención Delegada y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero. Objeto.--La presente Orden tiene como objeto fomentar la investigación científica mediante la potenciación de recursos humanos en disciplinas biomédicas promoviendo la investigación de carácter básico, clínico y epidemiológico, de salud pública y de investigación en servicios de salud, para así contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del Sistema Nacional de Salud.

Segundo. Prioridades.--1. Todas las propuestas deberán adecuarse a los objetivos y criterios establecidos en el Plan Nacional de I+D+I 2004-2007. Las materias prioritarias objeto de esta convocatoria se ubican en el marco del Programa Nacional de Biomedicina y del Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar.

  1. Las líneas de investigación del Programa Nacional de Biomedicina se agrupan en torno a tres subprogramas:

    1. Subprograma Nacional de Investigación Básica en mecanismos de enfermedad y nuevas estrategias y modelos terapéuticos.

    2. Subprograma Nacional de Investigación Clínica en enfermedades, ensayos clínicos, epidemiología, salud pública y servicios de salud.

    3. Subprograma Nacional de Investigación Farmacéutica en descubrimiento, desarrollo y evaluación de medicamentos.

  2. Las líneas de investigación del Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar se agrupan en torno a dos subprogramas:

    Subprograma Nacional de 'Tecnologíassanitarias e investigación en productos sanitarios' y Subprograma Nacional de 'Seguridad y Salud en el trabajo'.

    Las prioridades del Subprograma Nacional de 'Tecnologías sanitarias e investigación en productos sanitarios' estarán orientadas a la investigación en servicios de salud incluyendo la evaluación de tecnologías sanitarias y la investigación en resultados en salud.

    Las prioridades correspondientes al Subprograma Nacional de 'Seguridad y salud en el trabajo' se orientarán a los aspectos relacionados con la salud laboral.

    En cada convocatoria se especificarán de forma detallada las prioridades de investigación de acuerdo a los Programas anuales de trabajo del Plan Nacional.

    Tercero. Modalidades de ayudas.--1. Ayudas para contratos de investigadores en el Sistema Nacional de Salud con la finalidad de incrementar los recursos humanos de calidad en los grupos de investigación del Sistema Nacional de Salud, incorporando a los mismos los conocimientos y la experiencia adquirida en instituciones nacionales y extranjeras por Doctores y otros profesionales con acreditada trayectoria investigadora en Biomedicina y Ciencias de la Salud. Estas ayudas incluyen la financiación de un proyecto de investigación junto con el contrato de investigador.

  3. Ayudas para contratar profesionales sanitarios que hayan finalizado el período de Formación Sanitaria Especializada, con el objeto de completar la formación de profesionales sanitarios que hayan terminado el período deFormación Sanitaria Especializada regulado para Médicos,

    Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Psicólogos Clínicos y Radiofísicos Hospitalarios, mediante el desarrollo de un plan de formación en investigación biomédica básica orientada, clínica o en salud pública y en...

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