Resolución de 30 de enero de 1986, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Granada en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Santos Urquiza Hernández y otros.

MarginalBOE-A-1986-3423
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyResolución
BOE núm. 34 Sábado 8febrero 1986
5275
Excmos. Sres.: De orden delegada
por
el excelentísimo senor
Ministro. se publica, para general conocimiento ycumplimiento en
sus propios térmirros.
el
fallode
la
sentencia dictada en fecha
18
de
abril de 1985. por la Sala de
10
Contencioso·Adrninistrativo de
la
Audiencia Territorial de Granada. en
el
recurso contcncioso-
administrativQ número 8311980, promovido
por
don José Santos
Urquiza Hernández yotros, sobre petición de los recurrentes para
que
se
les considere funcionarios de carrera. cuantía indetermi-
nada, cuyo pronunciamiento
'es
del siguiente tenor:
«Fallamos. que rechazando
la
causa de inadmisiblltdad alegada
'y estlmando
el
recurse contencioso-adrnlllistrativo irncrpuesto por
el
Procurador don Rafael García Valdecasas Ruiz. en nombre y
representación' de don, Juan Garcia Gilabert, don Jose García
Góngora, don Francisco Fenoy Galdeano,
don
José Sánchez
sus propios términos,
el
fallo de
la
sentencia dictada en fecha
16
de
octubre de 1985
por
la Sala Tercera de
la
Audiencia Territorial de
Barcelona, en
el
recurso
conten.:ioso~administrativo
numero
38/1985,
promovido
por
doña Asunción Sender Garcés. sobre
.pensión complementaritl de jubilación, cuyo pronunciamiento es
del siguiente tenor:
«Fallamos: En atención a.todo lo expuesto,
la
Sala Tercera de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de
Barcelona ha decidido:
1.° Estimar
el
presente recurso, y. en consecuencia, declarar
nulos por no ser conformes aderecho los actos impugnados.
2.
0Declarar que la recurrente ostenta
la
condición de mutua-
lista pe
MUF
ACE.
Que
se
le
debe abonar
la
pensión complementa-
ria de jubilación desde que ésta
se
produjo,
el
3de octubre de 1980,
yque la cuantia de dicha pensión tendrá en cuenta
el
pe1iodo de
cotización sati'lfecho entre
el
l
de
septiembre de 1963 yla fecha de
la
jubila¡:ión. y
el
período anterior de cotización acargo del Estado.
en virtud de la rehabilitación 4e su condición de depurado
polítiCO,
3.° No efectuar declaración sobre costas.»
Lo
que digo a
VV.
EE.
Dios Jtuarde a
VV.
E~.
Madnd,
30
de enero de 1986.-E1 Subsecretario. Francisco Javier
Die Lamana.
__
Excmos. Sres
....
3422
RESOLUCJON de 30
de
enero de 1986.
de
lo
Subse·
cretaria~
po~
la
que se dispone el
cumplimiento
de la
SenlenClQ
dICtada por la Sala Tercera de lo Conten-
cioso del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-
administrativo promovido por don Fidel Góme= de
Enterria Pérez. y
121
más.
Excmos~
Sres.:
D~
orden delegada por
el
excelentísimo señor
Ministro, se publica. para general conocimiento ycumplimiento en
sus propios términQs,
el
fallo de la sen·tencia dictada en
29
de
octubre de 1985 por la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal
Supremo,
en
el recurso contencioso-administrativo 125/1985, pro·
movido por
don
Fidel Gómez de Enterria Perez, contra el Real
Decreto de 30
de
abril de 1985, sobre incompatibilidades del
personal
al'
servicio de la Administración del Estado.
de.
la
S.eg~ridad
Social yde otros entes, cuyo pronunciamiento es del
siguiente tenor:
«Fallamos: Primer,o.-Desestima las causas de inadmisibilidad
op:u~stas.
por
el representante de
la
Administración ypor
el
mtnJsteno'fiscal. .
Segundo.-Desestima en su totalidad
el
recurs¿interpueslO por
los actores contra
el
Real Decreto de
30
de abril de 1985, que
desarrolló
la
Ley de
26
de diciembre de 1984, sobre
incompatibili~
dades del personal
sanitano
al servicio de determinadas adminis-
traciones públicas.
Tercero.-Condena expresamente alos recurrentes al pago
de-
las
costas.»
Lo
que digo a
VV
..
EE.
Madrid.
3D
de enero de 1986.-EI Subsecretario, Francisco Javier
Die Lamana.
Excmos. Sres.
,'"
3425
RESOLt'CfON
de
3
de'
féhrero de
JWJ6.
dclIIl,\"fiIUfO
NaCiOnal
de
Administración PúNica, por la
Que
se
convoca el ((Premio Alcalá, .sohr(' Admimsfraci/m
Pública Iberoamericana)}.
Entre
Jas
funciones que tiene encomendadas
el
Instituto Nacio-
nal de
~dministración
Pública; reviste especial importam:ia
la
cooperacIón técnica en materia de Administracion piJbhca con
Jberoamérica.
Para .contribuir al fomento de
la
investig,ICión
en
el
ámbito
de
la Administración en Iberoaménca.
el
InstItuto NaCional de
Administración Pública, convoca
el
«Premio Alcalá, sobre Admi-
nistración Pública Iberoamerica{la», correspondiente
al
ano I
~86.
con arreglo a
las
slguientes
bai;es:
3424
Primera.-El
pr~mio
está dotado con
50U.OUO
pesetas.
-\
..
1-
mismo,
se
establecen dos accésit de 200.000 pesetas cada uno.
Segunda.-Los trabajos debenin versar específicamente sobre
la
siguief!t~
temática: «Los movimientos de integración política y
econórnlcaen
América Latina: Situación actuul yperspectiva\l>_
Los trahajos serán originales eineditos y
escn~os
en lengua
castellana_
El
INAP se reserva
el
derecho prioritario de establecer con
el
autor
premiado
el
correspondiente
eontr;:¡lO
para
la
edición del
trabajo.
Andújar.
don
José Santos
llrquiza
Hernández.
don
Manuri
Rom:)n
Gonzalez
y'
don
Antonio
Tejada
Gárncz.
contra
la denegación
presunta
de la petición de los mteresados
formularon
y
denuncia·
ron la
mora
por escrito
de
29
de
enero
de 1979 ala Secretaria dl'
Estado
para la Administración. y
que
tenía,por
objeto
la
rectifica-
ción de la
interinidad
declarada en la relación de
empleo
que con
la Administración les unía. debem'os anular \anulamos tal
denegación
pre~unta
por no
re~u1tar
conforme
a'
derecho. decla-
rando
la
procedencia de
la
rectificación de las listas aparecidas en
el
((Boletin Oficial del
Estadm>
de
21
de agosto de 1979Lque los
recurrentes insertaron en base yapartir de las propias declaracio-
nes antenores ala Administración, que fueron mdebldamente
alteradas por
el
acuerdo de
20
de septiembre de J974, Yque los
reconozcan como funcionarios con plaza en propiedad. respecti\a-
mente: sin que proceda hacer decla'ración especifIca sobre los
demás e,xtremos que genericamente-
interesan-o
Sin que haya lugar a
expresa imposición de
costas.~~
Lo que digo a
VV.
EE.
Madrid, 30-de enero de 1986.-EI-Subsecrctano. Franusco Javier
Die Lamana,
Excmos. Sres,
RESOLl.'CIOA
de
JO
de
i'nno
de
1CJ86.
di'
la
SUhSl'-
cretaría. por
la
que se díspune el cumplimíento de
la
sentenCia dictada
por
fa
Sala de
lo
C
AJministratim
de
ta
Audiencia Ti'ITiforial di' J
'allad(l~
lid en recurso promol'ido por dun CO/trado
AIrare::
Gqnzalez.
Excmos. Sres.:
De
orden delegada por
el
.excelentisimo señor
Ministro,
se-
publica. para general conocimiento ycumplimiento en
sus propiós términos,
el
fallo de
la
sentencia dictada en fecha
21
de
octubre de.J
985
por la Sala de
lo
Contencioso-Administrativo de
la
Audiencia Territorial de Valladolid. en
el
recurso contencioso-
administrativo número 105/1985. promovido por don
Comado
Alvarez González, sobre reintegro de gastos. cuyo pronunicamlento
es del siguiente .tenor:
«Fallamos: Que en
el
recurso interpuesto por don
COnTado
Alvarez González, contra
la
Administración General del Estado.
con referencia al abono, de gastos de asistencia sanitaria por
la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. debemos
anular yanulamos las actuaciones practicadds en
el
eXpedientc
administrativo apartir,inclusivc', del acuerdo adoptado por
la
Comisión Mixtá Provincial de Santander. en
10
de febrero de 1981.
resolviendo
el
recurso de reposición entablado contra
su
acuerdo de
9de enero anterior. afin
de
que
el
expediente sea remitido al
Consejo Rector de'dicha Mutualidad. órgano
al
que corresponde
la
decisión del recurso de repoSición: sin expresa
ImpOSICión
de las
.costas procesales.»
Lo
que digo a
VV,
EE.
,Madrid,
30
de enero de 1986.-
El
Subsecretario.
Franci~l'O
Javier
DIe
Lamana. '
Exemos. Sres
....
RESOLUCJON de 30
de
enero
de
1986. de
la
Subse·
cretaria, por
la
que se
dispon~
el cumplimiento
de
la
senten.CIa dictada
por
fa Sala de
lo
COnlcncimu-
AdJninistralivo de
la
Audiencia Terriloriu/ de
Gra-
nada
en
el recurso contencioso-adminislralll'o inter-
puesto por don
Jvse
SanfOs Urquiza
HemJ.nde;'
y
otros.
3423

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