Real Decreto 393/1985, de 6 de marzo, sobre modificación de determinados términos de la concesión de la autopista del Atlántico en relación con la construcción y explotación del tramo Santiago norte-Santiago sur.

MarginalBOE-A-1985-5012
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Obras Publicas y Urbanismo
Rango de LeyReal Decreto
Jueves
28
marzo
1985
haya hecho del citado régimen ya caducado ode la
solicitud~e
su
prórroga.
Laque
comunico a
V.
1.
para~su
conocimiento yefectos.
Dios
~uaTde
a
V.
1.
muchos anos. ,
Madrld. 6de
marzo
de 1985.-P. D.;'
el
Director geoeral de
Exportación. Apolonio Ruiz Ligero.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
"
contratado
comporta. en cuanto afecta al regJmeo económico-
financiero de la concesión. conforme a
10
establecido en
el
articulo
24.2 de la Ley 8/1972.
de
10
de mayo. sobre autopistas en régimen
de cencesión. la obligación
de
la Administración de.compcnsar ala
Sociedad concesionaria. .
En
su virtud. previa
confonnidad
expresa
de
la Sociedad
concesionaria. en base alo dispuesto en el artículo 24 de la citada
Ley 8/1972. de ,lO
de
mayo, previo
in~or:rne
del Ministc.rio. de
Economía yHaClenda yapropuesta del MInistro
de
q~as
Públicas
yUrbanismo, previa deliberación del
Con~jo
de Mmlstros en su
reunión del día 6de marzo
de
1985,
Cambios
Mercado de Divisas
.BANCO DE ESPAÑA
Cambips oficiales del dia 27 de
mar=o
.de
1985
DISPONGO:
Artículo
1.0
Se fija el
31
de
a~osto
de
1988
~omo
fecha de
apertura
al
tráfico del tramo· Santiago
norte-~nuago
sur
de la
autopista del Atlántico. obras están defintdas en el proyecto
de construcción de dicho tramo,
aprobado
por
Resolución
~e.
22
~e
junio
de 1984. de la Dirección General
de
Carreteras del MlOlsteno
de Obras Públicas yUrba-nismo.
Art.2.0 La contratación de las obras del
tramo
Santiago norte-
Santiago
su~
por
la
Socie~~d
conc~ionaria
se
veri~carácon~orme
alos prinCipiOS
de
'Pubhcldad ylIbre concurrencia atraves del
procedimitnto
de
concursen base
al
proyecto de cons-
trucción aJ'robado.
c.
Art.
3.
El
régimen de circulación en este
tramo
será libre de
peaje exclusivamente para los usuarios cuyos recorridos sean
totalmente internos al mismo.
!'l. resto de los usuarios del tplmo. es decir, aquellos que
recorran total oparcialmente el
tramo
Santiago
norte~Sanllago
sur·
yutilicen además otros
tramos
contiguos
de
la
autopista. abonarán
el
peaje correspondiente
al
tramo
completo Santiago norte·Santiago
sur, además del correspondiente·
al
resto del recorrido efectuado
fuera del tramo.
Art. 4.0
El
Estado.
como
compensación
de
las modificaciones
de la concesión producidas por
el
presente Real Decreto, concederá
ala Sociedad «Autopistas del Atlántico, Concesionaria Espaiiola,
Sociedad Anónima», subvenciones anualt1s
durante
el período de
construcción del citado
tramo
Santiago norte-Santiago·
sur
del
50
por 100 de la inversión de cada
año
por
construcción yexpropiacio-
nes 'del
tramo
de
autopista, hasta
una
cantidad
total máXima de
1.500.000.000 de pesetas. Estas subvenciones serán afondo perdi·
do, con cargo alas asignaciones del programa
de
-inversiones
públicas con
destino
acarreteras.
Art. 5.° Las alteraciones parciales
de
la concesión que
se
derivan del presente Real Decreto se inCOrpOrarán al expedieme de
adaptaci(>n del contrato de concesión a
que
se refiere
~l.punto
2del
aniculo
3.° del Real Decreto 3055/1979,
de
21
de diCiembre.
DISPOSIClON
FINAL
El
presente Real Decreto
entrará
en vigor al
día
siguiente de su
publicación en
el
«B?letín Oficial del Estado».
Dado
en' Madrid a 6 de
marzo
de 198j.
JUAN
CARLOS R.
175.820
128.506
18,202
213,375
173,798
65,604
276,402
55.607
8.723
49.208
19,343
15,551
19.360
26.751
791.089
97.407
69.384
124.129
Vendcdor
175.381
128.186
18.156
212.842
173,364
65.440
275,712
55.469
8.702
49.085
19.295
15.512
19,311
26,684
789.114
97.164
69,211
123.819
Comprador
..
Divisas
convertibles
.
MINISTERIO
DE
OBRAS
PUBLICAS
y
URBANISMO
Idólar· USA
Idólar" canadiense
Ifranco francés
Ilibra esterlina
Ilibra irlandesa
Ifranco suizo
100 franeos belgas
Imarco alemán
lOO
liras italianas
Iflorín holandés
..
1corona sueca
1corona danesa
Icorona noruega
1
marco
finlandés
100 chelines austriacos
lOO
escudos
ponugueses
100 yens japoneses .
1
dólar
australiano .
5011
5012
REAL
DECRETO
399/1985. de 6de marzo, sobre
modificación de determinados
~érminos
de.!a conce·
-sión
dela
autopista del Atlánt{co en relacfon
con
la
construcción yexplotación del tramo Santiago norte·
San!iago
sur.
Por
Real Decreto 3055/1979, de
21
de diciembre,
ampliado
f'~r
el Real Decreto 2004/1982, de 24 de julio, se dejó en suspenSlOn
temporal el plan contractual de ejecución de las
o~:as
de los tram
de la autopista del Atlántico, cuya
conSlfUCClon
no~
ha~la
iniciado
áún,
suspensión
que
fu~
mantenida
~nte
~
grave sltuaClOn
económico-financiera
de
la .Socledad conceslOnana. . .
Las especiales circunstancias
9l,1e
concur:en. en
el
tra~o
San.ua-
go
none·Santiago
sur
la autopIsta del Atlantlco, al
~~r
mme~lato
al
tramo
Santiago norte-La Coruña, ya en explotaclOn, yV13
de
circunvalación
de
la ciudad de Santiago de Compostela, con
una
longitud del
orden
de 7,S kilómetros yla
necesidad
de
~luc.ionar,
con
carácter urgente, los importantes problemas del tranSIto
de
vehículos por la ciudad de Santiago,
núcleo_
fu.ndamental de las
comunicaciones entre- el norte y
el
sur
de Gahcla, fueron razones
suficientes para
que
la Administración diera prioridad ala
pues~a
en servicio de este tramo.
.Normalizada la situación de
la
Sociedad concesionaria
por
la
-adquisición
por
el Estado
de
la totalidad
de
s~s
acciones y
aprobado
definitivamente
el
trazado del tramo,
qu~
mcluye
.ad~lan
tarla
construcción del enlace
con
la
CN30525,
preVIo
sometimiento
al
trámite
·preceptivo
de
información pública, se
considerónecesa-
rio, asimismo,
introducir
rnodifi~acio~cs
~nel
sistema. de exp.lota-
ción, permitiendo
que
los recorrrdos
mternos
al
~ramo
sean
h~r~s
de
peaje. Esta modificación
de
las caractcristlc"as del
serVICIO
El
Ministro de Obras Publicas
~
Urbanismo.
JULlAN'
CAMPO
SAINZ DE
ROlAS
5013 RESOLUCJON de
12
de marzo de
1985,
de
la
Dirección Provincial de Albacete. por
la
que
se
seflala
fecha, hora ylugar para
·el
levantamiento
d~
actas
previas a
la
ocupación de bienes yderechos afectados
por las obras que se mencionan.
Ordenado
por
la Dirección General
de
Carreteras la incoación
del expediente
de
expropiación forzosa para la ocupación de las
fincas afectadas
por
las obras «T7-AB-261. Autovia
de
circunvala·
ción de Albacete. Carretera
N-30l,
de
Madrid
aCartagena, puntos
kilométricos 239,000 al 252,000. Tramp:
A1bacete»,.
.
Al estar
dicho
proyecto
incluido
en
el programa de JnverSlOnes
del Ministerio
de
Obras. Públicas y
Urbanismo
ydeclarado por
acuerdo del Consejo de señores
M~ni~tros
de fecha
29
~e
febrero de
1985, su tramitación por el procedImiento
de
urg~n~la,
alos efectos
Que
regulan los,artículos 52 de la
Ley
de
1&
de diCiembre de 1954.
sobre Expropiación
forzosa,
y
~6
Y
~igui~J.1tes
de.su. Reglamento.
que lleva. implícita la declaraCión
de
utilidad publica yurgente
necesidad
de
ocupación, .
Esta Dirección Provincial, en virtud de las atribuciones
q~e
le
confiere el artículo 98 de la Ley de Expropiación forzosa, modifica·
do
por el Real Decreto 754/1978,
de
14
de
abril,
ba
resuelto:
Primero.-Hacer
público en el
.Boletín
Oficial
~~l
.Estadm).
«Boletín Oficial
de
la Provincia
de
Albacete». penodlcos «La
Verdad», «A.lbacete» y«La Tribuna)!. ytablones de anuncios del

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