Orden DEF/888/2009, de 2 de abril, sobre delegación de competencias en materia de contratos y modificación de determinados procedimientos administrativos.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Abril de 2009
MarginalBOE-A-2009-6046
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico, ha introducido nuevos principios, procedimientos, figuras contractuales y criterios de racionalidad en la contratación pública, lo que hace necesario acometer las pertinentes adaptaciones en el ámbito del Ministerio de Defensa, a fin de adaptar su normativa interna a la nueva ley.

Por otra parte, la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, aborda cambios sustanciales en la organización del Departamento al integrar a las Fuerzas Armadas en su estructura orgánica y requerir que, para mejorar el grado de eficiencia y economía en el funcionamiento de sus dos estructuras, orgánica y operativa, se unifiquen los servicios cuyos cometidos no deban ser exclusivos de un Ejército y se organicen de manera centralizada la logística común y la adquisición de recursos.

Los mencionados cambios y la nueva estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, desarrollada en el Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio, afectan sustancialmente a las estructuras organizativas que dan soporte a los procesos contractuales y a los procedimientos de gestión económico-financiera, por lo que es necesario también acometer la reforma de las disposiciones reglamentarias que regulan esas materias.

No obstante, es preciso que esa reforma se realice de manera gradual y que se introduzcan paulatinamente los instrumentos necesarios, ya que debe preservarse el normal desarrollo de la gestión económica del Departamento y de los procesos contractuales requeridos para el cumplimiento de sus fines.

Por otro lado, el apartado cinco de la disposición final décima de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, modifica el apartado 4 del artículo 79 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de forma que se atribuyen las facultades para la ampliación de los plazos de rendición de las cuentas justificativas de las órdenes de pago a justificar a los Ministros, por lo que por esta orden se procede a su delegación.

En atención a lo anterior, esta orden acomete una primera fase de la necesaria adaptación normativa, que afecta a los siguientes aspectos cuya regulación es más urgente.

En primer lugar, se delegan las facultades relativas a la celebración de contratos privados para suscripción a revistas y bases de datos y los contratos en el extranjero, definidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Por otra parte, se derogan las delegaciones de facultades contractuales en los Centros dependientes de la Dirección General de Armamento y Material, en el Subdirector General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones, y en el Jefe de la Sección Económica de la Inspección General del Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicación. El objeto de estas derogaciones es permitir que la Dirección General de Armamento y Material y la Dirección General de Infraestructura, con facultades de contratación desconcentradas del Secretario de Estado de Defensa, puedan adaptar las delegaciones a la nueva dependencia orgánica de las mismas.

De acuerdo con los cometidos que el mencionado Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio, asigna al Director General de Asuntos Económicos en materia de contratación, se delega en dicho órgano la facultad de aprobar las instrucciones, ordenes de servicio y procedimientos que sobre contratación se dicten en el ámbito del Departamento. Asimismo se delegan en este órgano las facultades para la ampliación de los plazos de rendición de cuentas de órdenes de pago a justificar y se modifica el punto 6 del apartado cuarto...

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