Real Decreto 94/2014, de 14 de febrero, por el que se adaptan determinados títulos de técnico deportivo superior, en cuanto a la distribución horaria y de créditos ECTS de los módulos, conforme al Espacio Europeo de Educación Superior.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Marzo de 2014
MarginalBOE-A-2014-2357
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

La necesidad de facilitar la convalidación con los estudios universitarios de las enseñanzas deportivas establecidas en el Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; en el Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo libre y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; en el Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en judo y defensa personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; en el Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en salvamento y socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; y en el Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; así como de facilitar una interpretación correcta de la asignación de créditos ECTS a los módulos de enseñanzas deportivas, hacen necesario realizar una serie de modificaciones en los referidos reales decretos que permitan un desarrollo de los currículos de estos títulos, por parte de las Comunidades autónomas.

El artículo 9.e) del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, prescribe que la norma que establezca el título y las enseñanzas mínimas concretará, para cada módulo de enseñanza deportiva, la duración mínima en horas de los módulos en la modalidad presencial y la equivalencia en créditos, en el caso del ciclo de grado superior, para facilitar la convalidación de los estudios universitarios.

El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, establece en su artículo 3 que el crédito europeo es la unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa de estudios. En esta unidad de medida se integran las enseñanzas teóricas y prácticas, así como otras actividades académicas dirigidas, con inclusión de las horas de estudio y de trabajo que el estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos formativos propios de cada una de las materias del correspondiente plan de estudios. El número total de créditos establecido en los planes de estudios para cada curso académico será de 60.

Por estos motivos los créditos ECTS asignados a cada módulo se refieren a la cuantificación, a los únicos efectos de facilitar la convalidación con estudios universitarios, de la carga de trabajo que supone para el alumno la consecución de los resultados de aprendizaje establecidos para cada módulo, y siempre en relación proporcional a la cantidad de trabajo atribuible al resto de módulos que conforman el ciclo de grado superior.

Por todo lo anterior procede modificar el anexo I de cada uno de los reales decretos indicados con el objeto de identificar claramente cuál es distribución horaria de las enseñanzas mínimas en cada uno de los módulos de enseñanza deportiva, y cuál es la distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas en el seno de las Conferencia Sectorial de Educación, ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado, y ha informado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de febrero de 2014,

DISPONGO:

Artículo primero Modificación del Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 3 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en hípica se establece en el anexo I-B.

Dos. El apartado 3 del artículo 24 queda redactado del siguiente modo:

El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo y a la prueba de carácter específico se establecen, respectivamente en el anexo I-A y en el artículo 16.

Tres. El anexo I queda redactado del siguiente modo:

ANEXO I-A

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en hípica

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-HIHI302: Planificación y programación del alto rendimiento en hípica 6
MED-HIHI303: Preparación física del jinete o la amazona 2
MED-HIHI304: Entrenamiento deportivo/condicional del caballo de ARD 8
MED-HIHI305: Dirección y gestión de un centro ecuestre 2
MED-HIHI306: Entrenamiento técnico-táctico en hípica 8
MED-HIHI307: Dirección técnica en competiciones hípicas de ARD 8
MED-HIHI308: Organización y gestión de competiciones hípicas de ARD 4
MED-HIHI309: Proyecto 6
MED-HIHI310: Formación práctica 16
Total módulos bloque específico 60
Total módulos bloques común y específico 76

ANEXO I-B

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en hípica

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-HIHI302: Planificación y programación del alto rendimiento en hípica 40 h
MED-HIHI303: Preparación física del jinete o la amazona 15 h
MED-HIHI304: Entrenamiento deportivo/condicional del caballo de ARD 55 h
MED-HIHI305: Dirección y gestión de un centro ecuestre 15 h
MED-HIHI306: Entrenamiento técnico-táctico en hípica 55 h
MED-HIHI307: Dirección técnica en competiciones hípicas de ARD 55 h
MED-HIHI308: Organización y gestión de competiciones hípicas de ARD 25 h
MED-HIHI309: Proyecto 40 h
MED-HIHI310: Formación práctica 110 h
Total módulos bloque específico 410 h
Total módulos bloques común y específico 520 h

Artículo segundo Modificación del Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 5 del artículo 12 queda redactado del siguiente modo:

La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en vela con aparejo fijo se establece en el anexo I-B, y del ciclo de grado superior en vela con aparejo libre en el anexo I-D.

Dos. El apartado 3 del artículo 22 queda redactado del siguiente modo:

El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo se establece en los anexos I-A y I-C.

Tres. El anexo I queda redactado del siguiente modo:

ANEXO I-A

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en vela con aparejo fijo (AF)

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-VEVE301: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL 2
MED-VEVE302: Seguridad de la instalaciones y las regatas de alto nivel de AF y AL 2
MED-VEVE303: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL 2
MED-VEVE304: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL 4
MED-VEVE305: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL 2
MED-VEVE306: Preparación física del regatista 3
MED-VEAF307: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AF 3
MED-VEAF308: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AF 3
MED-VEAF309: Puesta a punto del material de AF de alto rendimiento 4
MED-VEAF311: Proyecto final 6
MED-VEAF310: Formación práctica 16
Total módulos bloque específico 47
Total módulos bloques común y específico 63

ANEXO I-B

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en vela con aparejo fijo (AF)

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-VEVE301: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL 10 h
MED-VEVE302: Seguridad de la instalaciones y las regatas de alto nivel de AF y AL 10 h
MED-VEVE303: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL 10 h
MED-VEVE304: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL 25 h
MED-VEVE305: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL 10 h
MED-VEVE306: Preparación física del regatista 15 h
MED-VEAF307: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AF 20 h
MED-VEAF308: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AF 20 h
MED-VEAF309: Puesta a punto del material de AF de alto rendimiento 30 h
MED-VEAF311: Proyecto final 40 h
MED-VEAF310: Formación práctica 110 h
Total módulos bloque específico 300 h
Total módulos bloques común y específico 410 h

ANEXO I-C

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en vela con aparejo libre (AL)

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-VEVE301: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL 2
MED-VEVE302: Seguridad de la instalaciones y las regatas de alto nivel de AF y AL 2
MED-VEVE303: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL 2
MED-VEVE304: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL 4
MED-VEVE305: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL 2
MED-VEVE306: Preparación física del regatista 3
MED-VEAL312: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AL 3
MED-VEAL313: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AL 3
MED-VEAL314: Puesta a punto del material de AL de alto rendimiento 4
MED-VEAL316: Proyecto final 6
MED-VEAL315: Formación práctica 16
Total módulos bloque específico 47
Total módulos bloques común y específico 63

ANEXO I-D

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en vela con aparejo libre (AL)

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-VEVE301: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL 10 h
MED-VEVE302: Seguridad de la instalaciones y las regatas de alto nivel de AF y AL 10 h
MED-VEVE303: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL 10 h
MED-VEVE304: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL 25 h
MED-VEVE305: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL 10 h
MED-VEVE306: Preparación física del regatista 15 h
MED-VEAL312: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AL 20 h
MED-VEAL313: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AL 20 h
MED-VEAL314: Puesta a punto del material de AL de alto rendimiento 30 h
MED-VEAL316: Proyecto final 40 h
MED-VEAL315: Formación práctica 110 h
Total módulos bloque específico 300 h
Total módulos bloques común y específico 410 h

Artículo tercero Modificación del Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en judo y defensa personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en judo y defensa personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 3 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en judo y defensa personal se establece en el anexo I-B.

Dos. El apartado 3 del artículo 21 queda redactado del siguiente modo:

El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo se establece en el anexo I-A.

Tres. El anexo I queda redactado del siguiente modo:

ANEXO I-A

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-JUJU301: Planificación y programación del alto rendimiento en judo 5
MED-JUJU302. Entrenamiento en judo y defensa personal de alto rendimiento . 7
MED-JUJU303: La competición en judo 3
MED-JUJU304: Organización y gestión del club de judo 4
MED-JUJU305: Enseñanza del judo y defensa personal 5
MED-JUJU306: Proyecto 6
MED-JUJU307: Formación práctica 16
Total módulos bloque específico 46
Total módulos bloques común y específico 62

ANEXO I-B

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-JUJU301: Planificación y programación del alto rendimiento en judo 40 h
MED-JUJU302. Entrenamiento en judo y defensa personal de alto rendimiento 50 h
MED-JUJU303: La competición en judo 15 h
MED-JUJU304: Organización y gestión del club de judo 30 h
MED-JUJU305: Enseñanza del judo y defensa personal 35 h
MED-JUJU306: Proyecto 40 h
MED-JUJU307: Formación práctica 110 h
Total módulos bloque específico 320 h
Total módulos bloques común y específico 430 h

Artículo cuarto Modificación del Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en salvamento y socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en salvamento y socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 3 del artículo 10 queda redactado del siguiente modo:

La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en salvamento y socorrismo se establece en el anexo I-B.

Dos. El apartado 3 del artículo 20 queda redactado del siguiente modo:

El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo se establece en el anexo I-A.

Tres. El anexo I queda redactado del siguiente modo:

ANEXO I-A

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en salvamento y socorrismo

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-SSSS301: Planificación y programación del alto rendimiento en salvamento y socorrismo 7
MED-SSSS302: Entrenamiento en salvamento y socorrismo 8
MED-SSSS303: Gestión del Centro de salvamento y socorrismo 8
MED-SSSS304: Organización de eventos de salvamento y socorrismo 6
MED-SSSS305: Proyecto Final 6
MED-SSSS306: Formación práctica 19
Total módulos bloque específico 54
Total módulos bloques común y específico 70

ANEXO I-B

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en salvamento y socorrismo

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-SSSS301: Planificación y programación del alto rendimiento en salvamento y socorrismo 45 h
MED-SSSS302: Entrenamiento en salvamento y socorrismo 55 h
MED-SSSS303: Gestión del Centro de salvamento y socorrismo 55 h
MED-SSSS304: Organización de eventos de salvamento y socorrismo 40 h
MED-SSSS305: Proyecto Final 40 h
MED-SSSS306: Formación práctica 135 h
Total módulos bloque específico 370 h
Total módulos bloques común y específico 480 h

Artículo quinto Modificación del Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 3 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en esgrima se establece en el anexo I-B.

Dos. El apartado 3 del artículo 18 queda redactado del siguiente modo:

El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo se establece en el anexo I-A.

Tres. El anexo I queda redactado del siguiente modo:

ANEXO I-A

Distribución en créditos ECTS de la duración total de las enseñanzas

Ciclo de grado superior en esgrima

Equivalencia en créditos ECTS
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 5
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 3
MED-C303 Formación de formadores deportivos 4
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 4
Total módulos bloque común 16
Bloque específico
MED-ESES301: Planificación del alto rendimiento en esgrima 2
MED-ESES302: Preparación complementaria en esgrima 3
MED-ESES303: Dirección técnica y organización de eventos 2
MED-ESES304: Nuevas tecnologías en esgrima 2
MED-ESES305: Técnica de Espada 5
MED-ESES306: Técnica de Florete 5
MED-ESES307: Técnica de Sable 5
MED-ESES308: Proyecto 6
MED-ESES309: Formación práctica 16
Total módulos bloque específico 46
Total módulos bloques común y específico 62

ANEXO I-B

Distribución horaria de las enseñanzas mínimas

Ciclo de grado superior en esgrima

Enseñanzas mínimas
Bloque común
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento 35 h
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento 25 h
MED-C303 Formación de formadores deportivos 30 h
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento 20 h
Total módulos bloque común 110 h
Bloque específico
MED-ESES301: Planificación del alto rendimiento en esgrima 10 h
MED-ESES302: Preparación complementaria en esgrima 25 h
MED-ESES303: Dirección técnica y organización de eventos 15 h
MED-ESES304: Nuevas tecnologías en esgrima 15 h
MED-ESES305: Técnica de Espada 35 h
MED-ESES306: Técnica de Florete 35 h
MED-ESES307: Técnica de Sable 35 h
MED-ESES308: Proyecto 40 h
MED-ESES309: Formación práctica 110 h
Total módulos bloque específico 320 h
Total módulos bloques común y específico 430 h

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar cuantas disposiciones requieran el desarrollo y la aplicación de lo establecido en este real decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 14 de febrero de 2014.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,

JOSÉ IGNACIO WERT ORTEGA

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