ORDEN de 26 de febrero de 2001 por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se aprueba la modificación de los planes de descuento de 'Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal', afectados por la variación tarifaria de las llamadas provinciales e interprovinciales.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2001
MarginalBOE-A-2001-4092
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la Ministra de Ciencia y Tecnología y del Ministro de Economía, adoptó el 22 de febrero de 2001, un acuerdo por el que se aprueba la modificación de los planes de descuento de «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», afectados por la variación tarifaria de las llamadas provinciales e interprovinciales.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente Orden.

Madrid, 26 de febrero de 2001.

RAJOY BREY

Excma. Sra. Ministra de Ciencia y Tecnología y Excmo. Sr. Ministro de Economía.

ANEXO. Acuerdo por el que se aprueba la modificación de los planes de descuento de «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», afectados por la variación tarifaria de las llamadas provinciales e interprovinciales

Por acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 27 de julio de 2000 se estableció un nuevo marco regulatorio de precios para los servicios prestados por «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», que se publicó por Orden de 31 de julio de 2000.

El anexo 1 1.4 de dicho acuerdo establece que cuando se produzcan modificaciones en los precios nominales de los servicios incluidos en las cestas y subcestas a los que se les aplique planes de descuento, éstos dejarán de tener validez hasta que «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», reajuste los porcentajes de dichos descuentos de forma tal que el precio efectivo que se aplique al usuario final beneficiario del descuento sea equivalente al precio efectivo anterior a la modificación de precios.

Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal

debe presentar a los Ministerios de Economía y de Ciencia y Tecnología, propuesta de modificación de los planes de descuento para su aprobación conforme al procedimiento establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones. Una vez aprobada la modificación, «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», deberá comunicar al Consejo de Usuarios y Consumidores, así como a los usuarios afectados los nuevos porcentajes de descuento, con carácter previo a su aplicación definitiva.

Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal

, comunicó al Ministerio de Economía una variación tarifaria del precio final de las llamadas provinciales e interprovinciales que tiene prevista su entrada en vigor el día 1 de marzo de 2001. Dicha variación consiste en reducciones del 6,30 por 100 y 11,95 por 100 del precio en horario normal en llamadas provinciales e interprovinciales. Asimismo, «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», presentó ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Ministerio de Economía una propuesta de reajuste de los planes de descuento afectados por la modificación de precios: Plan Provincial, Plan Amigos y Familia Interprovincial, Plan Universal, Plan Masterbono Proveedores, Plan Negocio Destino, Plan Ahorro Empresas y Plan Negocio Total.

Por otra parte la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones comunicó al Ministerio de Economía el acuerdo adoptado por el Consejo el 8 de febrero, según la cual las modificaciones de precios notificadas por «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», son procedentes y significan reducciones del 5,16 por 100 y 10,1 1 por 100, respectivamente de los conceptos tarifarios incluidos en la «cesta 1» definida en la Orden de 31 de julio de 2000, correspondientes a llamadas provinciales e interprovinciales. Además, se consideran igualmente procedentes los reajustes de los tipos de descuento propuestos por «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», en los citados planes, verificándose la equivalencia de los «precios efectivos» con precios y tipos de descuento vigentes y con los propuestos.

Asimismo, se ha consultado al Consejo de Consumidores y Usuarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia y Tecnología y del Ministro de Economía, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 22 de febrero de 2001 ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero. Se aprueba, en los términos que se recogen en el anexo del presente acuerdo, la modificación de:.

El apartado 4 del punto 4.1 «Condiciones particulares del Plan Provincial» del apartado 4 del anexo de la Orden de 23 de junio de 1999, por la que se determinan y publican los precios del servicio telefónico fijo disponible al público en sus ámbitos provincial, interprovincial e internacional que presta «Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal», así como de las llamadas que los abonados de su red fija efectúen a abonados de las redes de telefonía móvil automática, como consecuencia de la aplicación del Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, de...

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