ORDEN ECD/854/2002, de 2 de abril, por la que se convocan los premios para los centros docentes que desarrollen programas educativos dirigidos a la compensación de desigualdades en educación, durante el curso 2002-2003.

MarginalBOE-A-2002-7561
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Por la Orden de 16 de abril de 2001 ('Boletín Oficial del Estado' del 25) se crearon y se convocaron por primera vez los premios para los centros docentes que desarrollan programas educativos dirigidos a la compensación de desigualdades en educación.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, reafirmó el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, proclamando entre sus fines el logro del pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas. Asimismo determinó la necesidad de desarrollar políticas de acción compensatoria para el alumnado que, por sus condiciones económicas, étnicas, sociales, de residencia de sus padres, de larga enfermedad o cualquier otra, presente especiales dificultades para alcanzar los objetivos generales de la educación.

La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes, ha definido entre los alumnos con necesidades educativas especiales a aquellos que las presentan por estar en situaciones sociales o culturales desfavorecidas.

Por otra parte, el Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, reguló las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación y, en especial, en su capítulo H, las desarrolladas en los centros educativos, basadas en los principios de normalización e integración, flexibilidad organizativa y adaptación curricular, para el desarrollo de capacidades del alumnado con necesidades de compensación educativa.

A la vista de los resultados obtenidos en la anterior convocatoria, de conformidad con todo lo precedente, y con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades en educación que recoge la Constitución Española, resulta procedente impulsar el desarrollo de diferentes medidas encaminadas a mejorar la calidad de la oferta educativa dirigida A las actuaciones de compensación educativa mediante la convocatoria de los premios que, para el curso 2002-2003, se anuncia en la presente Orden, ampliando la opción de presentación a más centros.

Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Por todo ello, he dispuesto:

Primero. Educación Compensatoria y objeto de los premios.

Con el fin de lograr una educación de calidad para todos, los premios a la calidad de los programas de compensación educativa fueron creados por la Orden de 16 de abril de 2001 ('Boletín Oficial del Estado' del 25) , para reconocer la eficacia del trabajo de los centros docentes no universitarios que, en la aplicación de los programas educativos destinados a compensar dichas desigualdades en su alumnado, evidencian buenos resultados, mediante la mejora continua de sus procesos.

Dentro del amplio marco de la atención a la diversidad, se consideran actuaciones de compensación educativa las que desarrollan los centros docentes que escolarizan grupos significativos de alumnado en situación de desventaja respecto de su acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo, y, prioritariamente, las de aquellos que escolarizan un número importante de alumnado perteneciente a minorías étnicas o culturales en situaciones sociales de desventaja.

Son las acciones y programas dirigidos a este tipo de población los que contempla, específicamente, la presente convocatoria.

Los premios se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18. 10. 4221480. 02.

Segundo. Ámbito de da convocatoria.

La convocatoria está dirigida a todos los centros docentes españoles ubicados en el territorio del Estado español y sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas regladas no universitarias y cumplan las condiciones establecidas en el punto 3 y 4 de la Orden de 22 de julio de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' del 28) .

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