Ley Foral de 31 de Enero de 1984 sobre Financiacion de las Obligaciones derivadas del Convenio otorgado entre la administracion del Estado y la Diputacion foral para el Saneamiento economico de la autopista de Navarra y Financiacion de las Obligaciones derivadas del Mismo.

MarginalBOE-A-1984-7085
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente de la Diputacion Foral-Gobierno de Navarra Hago saber que La Comision Permanente del Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral sobre financiacion de las obligaciones derivadas del Convenio otorgado entre la Administracion del Estado y la Diputacion Foral para el saneamiento economico de la autopista de Navarra y financiacion de las obligaciones derivadas del mismo

Articulo 1 Se aprueba un credito extraordinario por importe de 700 millones de pesetas que se identificara en el presupuesto de 1984 con la partida presupuestaria denominada , s.a. (cod. 12. 520-620-1122)

Dicho credito extraordinario se financiara con cargo a la partida segunda fase autopista de Navarra (cod. 12.520-609-1122 ) por importe de 500 millones de pesetas, y con resultados de ejercicios anteriores por 200 millones de pesetas

Art. 2. El credito extraordinario aprobado tendra la consideracion de ampliable siempre que sea necesario como consecuencia del cumplimiento del Convenio suscrito con la Administracion del Estado

Art. 3. La presente Ley Foral entrara en vigor en el dia de su publicacion

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley Organica de Reintegracion y Amejoramiento del Regimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de Su Majestad el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicacion en el y su remision al y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir

Pamplona, 31 de enero de 1984.-Jaime Ignacio del burgo tajadura, Presidente del Gobierno de Navarra

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