Resolución de 12 de noviembre de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre el procedimiento de habilitación provisional de Centros, Servicios y Entidades privados, para la atención a personas en situación de dependencia en el ámbito territorial de las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
Marginal | BOE-A-2008-902 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Resolución |
El Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), le atribuye las competencias del Departamento que se derivan de la creación y puesta en funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y la gestión de las citadas competencias; el desarrollo de estas competencias en el ámbito de las Ciudades de Ceuta y Melilla corresponde a las correspondientes Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia establece a lo largo de su articulado la necesidad de que los centros, servicios y entidades concertados o privados que presten servicios a personas en situación de dependencia cuenten con la debida acreditación de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Según se determina en los artículos 34.2 y 35.1 de la precitada Ley, los criterios comunes de acreditación y los correspondientes estándares de calidad se fijarán en el ámbito del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Como quiera que dichos criterios comunes y estándares aun no han sido fijados por el Consejo Territorial y para dar cobertura a las posibles situaciones que pudieran producirse como consecuencia de la aplicación de la Ley, la Orden TAS/2455/2007, de 7 de agosto, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo en el año 2007, de los Reales Decretos que desarrollan la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en las ciudades de Ceuta y Melilla, determina en su Disposición transitoria segunda que las Direcciones Territoriales de Ceuta y Melilla, articularán la habilitación provisional de los centros, servicios y entidades.
En virtud de lo expuesto, se dispone:
-
La presente Resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para que las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla, habiliten provisionalmente a los centros, servicios y entidades privados concertados o no concertados para que puedan atender a personas en situación de dependencia.
-
El procedimiento regulado en la presente Resolución...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba