Decreto 5/1995, de 10 de Enero, por el Que Se Deniega la Segregacion de Una Parte del Termino Municipal de Calonge Para Constituir Un Nuevo Municipio Con la Denominacion de Sant Antoni de Mar.

MarginalBOE-A-1995-6484
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

En fecha 14 de febrero de 1992, la comisión promotora de la segregación y creación del nuevo municipio de Sant Antoni de Mar presentó, ante el Ayuntamiento de Calonge, la solicitud de segregación de una parte del término municipal de Calonge para constituir un nuevo municipio con la denominación de Sant Antoni de Mar. De las firmas legitimadas de vecinos de la zona a segregar, adjuntadas a dicha solicitud, 918 fueron consideradas válidas, de manera que quedaba acreditado el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 17.1.a) de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña, respecto de la legitimación para iniciar un expediente de alteración de términos municipales.

El Ayuntamiento de Calonge adoptó el acuerdo de iniciación del expediente el día 14 de mayo de 1992, y tras la realización de determinados trámites, lo remitió al Departamento de Gobernación el día 10 de diciembre de 1992. Al comprobar que se habían cometido algunos errores en el procedimiento seguido, el Departamento de Gobernación devolvió las actuaciones al Ayuntamiento de Calonge para su subsanación.

El expediente, debidamente completado, fue sometido entonces a información pública y a informe del Consejo Comarcal de El Baix Empordà y de la Diputación de Girona. El citado Consejo Comarcal adoptó el acuerdo de darse por informado de la sustanciación del expediente y la Diputación de Girona emitió informe desfavorable sobre la segregación. Asimismo, el Pleno del Ayuntamiento de Calonge se pronunció en contra de la segregación, según acuerdo adoptado el día 6 de mayo de 1994.

El expediente fue remitido posteriormente al Departamento de Gobernación y su tramitación fue puesta en conocimiento de la Administración del Estado.

En fecha 20 de julio de 1994, la Comisión de Delimitación Territorial, como órgano de estudio, consulta y propuesta en relación con las materias que afectan a la modificación de los límites territoriales de los entes locales de Cataluña, emitió informe preceptivo sobre el expediente, que fue desfavorable a la propuesta de segregación al entender que no se cumplen todos y cada uno de los requisitos legales para poder constituir un nuevo municipio. Concretamente, por no haber núcleos de población territorialmente diferenciados; porque, de producirse la segregación, el municipio de Calonge quedaría sin litoral marítimo, no dispondría de recursos suficientes para atender los servicios mínimos que le...

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