Resolución de 12 de diciembre de 1988, de la subsecretaría, por la que se delegan Atribuciones en determinadas autoridades del departamento.

MarginalBOE-A-1988-28783
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

Excmos. E Ilmos. Sres.: La reciente creación, por Real Decreto 998/1988, de 16 de septiembre, de La Dirección general de servicios, que asume los cometidos específicos de la Inspeccion general, oficialía mayor, Subdirección General de personal y oficina presupuestaria, exige, a fin de hacer efectiva la creación de dicha unidad, delegar en el titular de la misma determinadas Atribuciones que, referidas al ámbito específico de competencia que le atribuye el citado Real Decreto, vienen siendo ejercidas, hasta ahora, por el subsecretario del departamento.

Por otro lado, razones de sistemática aconsejan refundir en un sólo Texto el contenido de las diversas Resoluciones vigentes en materia de delegación de Atribuciones, en el ámbito de la subsecretaría, ocasión que se aprovecha, asimismo, para efectuar una reasignación de funciones en determinados sectores específicos.

En su virtud, está subsecretaría, previa aprobación del ministro del interior, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 de La Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, ha tenido a bien disponer:

Primero. 1. Se delegan en El Director general de servicios, las siguientes competencias atribuídas al subsecretario del departamento por el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre:

1.1 en Relacion con los cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio y sus organismos autónomos, con excepción de las Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado:

  1. informar la adscripción concreta de los cuerpos y Escalas.

  2. proponer el contenido de las Pruebas de acceso a los correspondientes cuerpos o Escalas.

    1.2 en Relacion con todos los funcionarios destinados en el departamento, con excepción de los pertenecientes a las Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado destinados en La Secretaria de estado-Direccion de la seguridad del estado:

  3. ejercer la Jefatura de los mismos y asumir la Inspeccion de personal.

  4. reconocer la adquisición y cambio de grados personales.

  5. la declaración de las situaciones de Servicios Especiales y de Servicio en las Comunidades Autónomas.

  6. la adscripción provisional, en comisión de servicios, a Puestos de trabajo que supongan cambio de localidad.

  7. autorizar la Asistencia a Cursos de Seleccion, formación y perfeccionamiento.

  8. la concesión de excedencias voluntarias por interés particular y de jubilaciones voluntarias, de los funcionarios de los cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio y a sus organismos autónomos.

  9. todos aquéllos Actos de administración y Gestion ordinaria de personal que no figuren atribuídos a otros Organos en el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, o en la presente resolución.

    1.3 en Relacion con los funcionarios destinados en los Servicios Centrales del Ministerio, con excepción de los pertenecientes a las Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado destinados en La Secretaria de estado-Direccion de la seguridad del estado:

  10. la propuesta o informe sobre autorización o denegación de compatibilidades.

  11. atribuir el desempeño provisional de Puestos de trabajo en los casos previstos en el artículo 21.2.B) de La Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por La Ley 23/1988, de 28 de Julio.

  12. la adscripción provisional, en comisión de servicios, a Puestos de trabajo por tiempo inferior a séis meses y que no supongan cambio de Ministerio o localidad.

  13. declarar las jubilaciones forzosas y por incapacidad Fisica.

  14. la concesión de excedencias voluntarias cuándo no sean por interés particular.

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