Resolución de 2 de agosto de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Eduardo de Delas y de Ugarte, en nombre y representación de la entidad Mercantil Rentnave, S. L., contra la negativa del registrador de la Propiedad de Palamós a inscribir un acta de reivindicación de finca.

MarginalBOE-A-2006-15473
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

Resolución de 2 de agosto de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Eduardo de Delas y de Ugarte, en nombre y representación de la entidad Mercantil Rentnave, S. L., contra la negativa del registrador de la Propiedad de Palamós a inscribir un acta de reivindicación de finca.

En el recurso interpuesto por don Eduardo de Delas y de Ugarte, en nombre y representación, como Administrador Unico, de la entidad Mercantil Rentnave, S. L., contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Palamós, don Javier Guiñales del Real, a inscribir un acta de reivindicación de finca.

Hechos

I

Mediante escritura de fecha 9 de diciembre de 1909, don V. B. y S. de S. A., cedió de forma gratuita a la Comandancia de Carabineros de la provincia de Gerona la finca registral 330 de Calonge, Registro de la Propiedad de Palamós. En dicha escritura se hizo constar que se reservaba el cedente para sí y para quienes le sucedan, en la finca denominada San Jorge, el derecho de reivindicar la porción de terreno cedida, pudiéndose incautar de ella siempre que la misma desaparezca del dominio del Cuerpo de Carabineros, por haber sido enajenada o abandonada por dicho instituto.

Por escritura pública de cesión de derechos autorizada el día 18 de enero de 2006 por el Notario de Girona, don Víctor Mateu Porcarse, se cedió el derecho a reivindicar la anterior finca a la entidad Rentnave, S. L.

Mediante acta autorizada por el Notario de Barcelona don Lorenzo P. Valverde García el día 3 de marzo de 2006, don Eduardo de Delas y de Ugarte, en nombre y representación, como Administrador Unico, de la entidad Mercantil Rentnave, S. L., reivindicó la titularidad de la finca registral número 330 de Calonge, Registro de la Propiedad de Palamós, por haberse incumplido la condición impuesta en escritura de fecha 11 de octubre de 1909.

II

El día 17 de marzo de 2006 se presentó la citada acta en el Registro de la Propiedad de Palamós, causó el asiento 461 del Diario 46, y fue calificada negativamente por observarse los defectos siguientes defectos: «Registro de la Propiedad de Palamós Asiento número 461 Diario 46.-Entrada 1619/2006. Presentado el documento previa calificación registral del mismo conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria, se deniega la inscripción por los siguientes motivos: 1) Por no constar inscrito el derecho de reivindicar la finca, conforme al artículo 20 de la Ley Hipotecaria, a favor de "Rentnave, S. L.". 2) Por constar cancelado el...

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