Corrección de errores del Real Decreto 2876/1980, de 12 de diciembre, sobre traspaso de Servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de puertos.
Marginal | BOE-A-1981-16533 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el texto, remitido para su publicación, del anexo del Real Decreto 2876/1980, de 12 de diciembre, sobre traspaso de Servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de puertos, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 10, de fecha 12 de enero de 1981, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 613 (segunda columna), después de donde dice «ANEXO», debe insertarse lo siguiente:
Luis Ortega Puente y Jaime Vilalta Vilella, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Cataluña, CERTIFICAMOS.
En la misma página y columna, el párrafo que inmediatamente después de lo añadido se inicia diciendo: «En el Pleno de la Comisión del día 9 de diciembre de 1980 debe comenzar diciendo: «Que en el Pleno de la Comisión del día 9 de diciembre de 1980... ».
En la página 614 (segunda columna), inmediatamente antes de donde dice: «Lista número », insertar lo siguiente:
Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid a 9 de diciembre de 1980.—Luis Ortega Puente.—Jaime Vilalta Vilella
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En la pagina 614, dentro de la lista número 1, en el epígrafe A) Puertos no sujetos a concesión, insertar en Gerona, a continuación de Puerto de la Selva, a Llansá y Port Bou y en Tarragona, donde dice: «Alcanar», debe decir: «Casa de Alcanar».
Dentro de la misma lista, en el epígrafe B) Puertos no deportivos, en régimen de concesión, en Tarragona, donde dice: «Casas de Alcanar», debe decir: «Alcanar».
En el epígrafe C) de la citada lista, relativo a puertos deportivos debe insertarse en Gerona a continuación de Port d'Aro a Canyellas.
Dentro de la indicada página, en la lista número 2, dentro del epígrafe Concesiones otorgadas en los puertos transferidos, por lo que respecta a Astilleros Morato de Villanueva y Geltrú, debe decir en la columna «Canon total anual (pesetas) » 157.200.
En la página 616, dentro de la lista número 5, y de «1. Relación detallada del personal funcionario de la Administración Civil del Estado adscrito a los Servicios e Instituciones que se traspasan», por lo que se refiere a don Carlos Garau Sagristá, del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en «Retribuciones satisfechas por el Estado», en la columna de «Complementarias», donde dice: «576.780», debe decir: «567.780», y en, «Retribuciones satisfechas por la Comisión Administrativa de Grupos de Puertos», en la columna de «Complementarias»...
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