Decreto 986/1974, de 5 de abril, por el que se reorganiza el Ministerio de la Gobernación.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Abril de 1974
MarginalBOE-A-1974-631
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Gobernacion
Rango de LeyDecreto
7750
16
aoril
1974
B.
O.
del
K-Núm.
91
PAC1N.~
PMllNA
ADMINISTRACION
LOCAL
Resolución
del
Tribunal
calificador
de
las
oposiciones
para
cubrir
plaza
de
Aparejador
del
Ministerio
de
Agricultura
por
la
que
se
hace
público
el
nombre
del
aspirante
aprobado.
MINISTERIO
DEL
AIRE
Orden
de
30
de
marzo
de
1974
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
que
se
cita,
dictada
por
el
Tribunal
Supremo.
MINISTERIO
DE
COMERCIO
Orden
de
1
de
abril
de
1974
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
del
Tribunal
Supremo,
dictada
con
fecha
2
de
enero
de
1974,
en
el
recurso
contencioso--adminjstrativo
número
8.250,
interpuesto
contra
resolución
de
este
Departamento
de
fecha
19
de
enero
de
1968
por
don
Francisco
Calero
Fernández.
MINISTERIO
DE
LA
VIVIENDA
Orden
de
28
de
marzo
de
1974
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
de
26
de
enero
de
1973.
dictada
por
la
Sala
Cuarta
del
Tribunal
Supremo.
7775
7788
7/88
7788
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Lérida
por
la
que
se
hace
público
el
Tribunal
calificador
del
concurso-oposición
para
la
provisión
en
propiedad
de
llna
pInza
de
Jefe
de
Protocolo
y
Ceremonial
de
esta
Corporación.'
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Murcia
por
la
qUe
se
transcribe
·la
lista·
de
admitidos
y
excluidos
al
concurso
para
proveer
la.
plaza
de
Vice~Interventor
de
Fondos
de
esta
Corporación.
Resolución
del
Ayuntamiento
,de
Lugo
por
la
que
se
tnuscrjbe
la
lista
provisional
de
admitidos
y
exclui-
des
al
concurso-aposición
para
proveer
en
propiedad
una
plaza
do
Ingeniero
Técnico
en
Topografia.
Rosolución
del
Ayuntamien-to
de
Palma
de
MalIorca
re-
ferente
al
concurso
de
méritos
entre
Suboficiales
del
Cuerpo
de
la
Policía
Municipal
de
esta
Corporación
para
cubrir
una
plaza
de
Oficial.
de
dicho
Cuerpo.
R¡Jsol.ución
del
Ayuntainiento
de
Zafra
referente
a
.la
oposición
para
la
provisión
de
la
plaza
do
Oficial
Téc-
nico
Administrativo
de
85ta
Corporación.
HesoJucjónde
la
M~mcomunidad
de
Municipios
de
la
Cc,,;ta
del
Sol
Occidental
(Málaga)
por
la
que
se
hace
pública
la
lista
de
aclmltidosy
excluídos
aJos
concur-
se,s
para
cubrir
en
propiedad
una
plaza
de
Ingeniero
Industrial
y
una
pl¡;¡za
de
Perito
Industrial
de
la
Ofi-
cina
Técnica
de
esta
Cc::poración.
7776
7776
7775
7776
77"/6
7776
I. Disposiciones
generales
MINISTERIO
DE
LA
GOBERNACION
-
Dirección
Ceneral
de
Política
Interior.
-
D'rección
G':O'neral
de
Sanidad.
Dirección
General
d?
Seguridad.
Dirección
GGneral
de
Tráfico.
DISPONGO,
Articulo
primero:
1. El
Ministerio
de
la
Gobernación,
bajo
In
dirección
supe-
rio:"
del
titular
del
Departamento,
para
el
ejei'cicio
de
las
fun-
ciones
que
le
encomienda
la
legislación
vIgente,
estará
inte-
grado
por
los
siguientes
órganos:
-
Subsecretaría.
-
Secretaría
General
Técnica.
-
D;rección
General
de
Administración
Local.
--
Di.rección
G2neral
de
Asister.cia
Soc-jal.
-
Dirección
General
de
COIT'}os y
Teleco.nunicación.
--
Dirección
General
de
la,
Guardia
Civil.
El
Decreto
doscientos
cuarenta
ysci.:;/mil
noveci~ntos
sesen-
ta
y
ocho,
de
qujnce
de
febrero,
reguló
la
estructum
orgánica.
con
carácter
general,
del
Ministerio
de
la
Gobernación,
pero
las
necesidades
surgidas
con
posterioridad
y
la
constante
a-:tua-
Iiz8.ci6n
de
lar~
unidades
del
Departamento
a
las
exigencias
del
dinamismo
de
la
Administración
provoc:aron
inúWples
disposi-
ciones
posteriores,
que
modificaron
aquella
estructura,
siendo
conveniente
recoger
en
un
solo
texto
y
de
una
manera
sistemá~
tica
la.
distribución
de
los
órganos
baskus
ddDepLrtarnento,
a
la
vista
de
las
nect?s~dades
y
de
la
acción
prevista
en
un
futuro
inmediato.
La
compleja
variedad
y
singularidad
de
las
funciones
asig-
nadas
al
Ministerio
de
la
Gobernación,
asi
como
el dC'otacado
volumen
de
efectivos
y
misiones
encome::;.dada:c: nI
mismo,
acon-
sejan
la
contemplación
de eMas
s:ngularid8.des
combinando
el
particularismo
de
las
diversas
Direccü:mes
Generales
con
una
ordenación
homogénea
y
sistemática
del
Ministerio.
Por
todo
ello,
con
la
aprobación·
de
la
Pr(l5idencia
del
Go-
bierno,
a
propuesta
del
MiniHro
de
la
Gobernac'ón
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
cinco
de
(l.bril
de
mil
novecientos
setenta
y
cuatro,
2.
Los
órganos
anteriormente.enumerados
tendrán
ft.su
car-
go
las
competencias
determinadas
por
la
Ley
de
Régimen
Ju-
rídico
de
la
Administración
del
Estado,
así
como
las
estA.bJ.ecidas
concretamente,
para
cada
uno
de
ellos,
por
la
legislación
vi-
gente
y
las
que
se
especifican
en
el
presente
Decreto.
3.
Presidido
por
el
Ministro
existirá
un
Consejo
de
Direc-
ción,
que
asif'tirá
al
Mlnistro
en
la
elaooración
de
la
política
general
del
Depa.rtamentó
y
eri
las
funciones
de
información
y
coürdinación
de
las
actividades
del
mismo.
Será
Vicepresidente
del
Consejo
de
Direcc'ón
el
Subsecretaría,
y
formarán
parte
del
mismo
el
Sccrf'tario
general.
Técnico,
los
Diredores
general.:':'s
d8l
Departamento
y
el
Jéfe
del
Gabinete
Técnico
del
Ministro,
que
actuurá
d", Secrel-ario.
4. A
las
órdenes
directas
del
Ministro
existirá
un
Gabinete
Técnico.
con
nivel
orgánico
de
Subdirección
Genaral
y
con
fun-
ciones
de
asesoramiento
y
cúlaboración
inmedüüa
con
el
titular
del
Depaj·tarncnto.
5.
Además
dE:-
las
facultades
que
como
representantes
y
dele~
gados
pt:'rmanentés
del
Gobierno
en
las
provincias
corresponden
a
los
GobernadorescivHe3,
los
Gobiernos
Civiles
constituirán
las
DeJlO'gacfones
Provinciales
del
Ministerio
de
la
Gobernación.
a
las
que
estarán
subordinadas
todas
las
Jefaturas
u
oficinas
provinciales
de
las
dís'tintas
Direcciones
Generales
del
mismo.
sin
p.::-rjuicio
de
los
Servicios
que.
puedan
establecerse
en
aqué·
llas
para
la
asistencia
a·Gobern~dor
civil
en
el
ejercicio
de
las
facultades
ant.eriormente
citadas.
El
Secretario
general
del
Go-
bierno
Civil
podrá
asumir,
por
d~legación
del
Gobernador
civil,
la
Jefatura
de
todos
los
Servicios
civiles
carácter
adminis~
tmtivo
del
Ministério
de
la
Gobernación
en
la
provincia.
Artículo
segundo.-Subsecretarta.-La
Subsecretaría
del
Mi·
nisleI"io
de
la
Gobernación,
con
las
funciones
que
le
correspon-
den,
de
a::::uerdo con
lo
dispuesto
en
el
artículo
quince
de
la
Ley
do
Rúg:men
Ju.rídico
do
la
Administración
del
Estado.
es-
tará
integrada
por
las
siguientes
unidades:
1.
Con
rango
do
Subdirección
General:
1.1.
La
Inspección
General
de
Servicios
y
Personal,
que-
se
regirá
por
el
Decreto
ron
seiscientos
dieciocho/mil
novecientNI
sesenta
y
cinco,
de
tres
de
junio,
y
la
Orden
de
treinta
de
mar-
DECRETO
986/1974,
de 5de
abril.
por
el
que
se
reorganiza
el
Ministerio
de
la
Gobernacíón.
7917

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