Orden FOM/1715/2006, de 18 de mayo, por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de admitidos y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Astrónomos.

MarginalBOE-A-2006-9761
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden
20868 Viernes 2 junio 2006 BOE núm. 131
Pozo Andrés, José Óscar del . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 09.327.015-D Reserva P. Militar. Electrónica. (2)
Rodríguez Hernández, Juan Diego . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.007.544-T Acceso General. Soldador-Chapista. (3)
MINISTERIO DE FOMENTO
9761 ORDEN FOM/1715/2006, de 18 de mayo, por la que se
declaran aprobadas las listas provisionales de admiti-
dos y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración
del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso
por el sistema general de acceso libre y por el sistema
de promoción interna, en el Cuerpo de Astrónomos.
Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar
en el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso
libre y por el sistema de promoción interna en el Cuerpo de Astróno-
mos, convocado por Orden FOM/878/2006, de 21 de marzo (BOE
del 29), y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), y en el
apartado noveno.1 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero
(BOE del 25),
Este Ministerio ha resuelto lo siguiente:
Primero.–Declarar aprobadas las listas provisionales de admitidos
al citado proceso selectivo.
Las listas certificadas completas se expondrán en la Dirección
General de la Función Pública, en el Centro de Información Administra-
tiva del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en los
tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Ministerio de
Fomento (P.º de la Castellana, 67, Madrid) y en la página web del citado
Ministerio: http://www.fomento.es/
Segundo.–Los aspirantes que no figuren en las listas de admitidos
disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de esta Orden, para subsanar su omisión. Los aspi-
rantes que, dentro del plazo señalado no aleguen la omisión, justificando
su derecho a ser incluidos en las relaciones de admitidos serán definiti-
vamente excluidos de la realización de las pruebas.
Tercero.–Si en el plazo de diez días desde la publicación de esta
Orden no se realizaran alegaciones, las listas provisionales de admitidos
adquirirán carácter de definitivas.
Cuarto.–Se convoca a todos los aspirantes (sistema general de
acceso libre y sistema de promoción interna), para la celebración del
primer ejercicio, el día 29 de junio de 2006, a las 10,00 horas, en el
Observatorio Astronómico Nacional, C/ Alfonso XII, número 3, 28014
Madrid.
Los aspirantes deberán presentar el documento nacional de identi-
dad o pasaporte y copia del ejemplar para el interesado de la solicitud
de admisión a las pruebas.
Madrid, 18 de mayo de 2006.–P. D. (Orden FOM/3564/2004, de
19 de octubre, BOE de 3-11-2004), la Subsecretaria, M.ª Encarnación
Vivanco Bustos.
Su
bsecretaria del Departamento y Presidente del Tribunal del proceso
selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y por el
sistema de promoción interna en el Cuerpo de Astrónomos.
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
9762 ORDEN ECI/1716/2006, de 24 de mayo, por la que
se convoca concurso público de méritos para la provi-
sión de plazas de Directores de los Centros de Profe-
sores y de Recursos de Ceuta y Melilla.
(Boletín Oficial del Estado del 4) dedica su Capítulo III del Título III,
a la Formación del profesorado y reconoce en su artículo 102 la for-
mación permanente como un derecho y una obligación de todo el
profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educati-
vas y de los propios centros.
El Ministerio de Educación y Ciencia ha regulado, mediante el
Real Decreto 1693/1995, de 20 de octubre, la creación y el funcio-
namiento de los Centros de Profesores y de Recursos, estableciendo
para estos Centros, la consideración de instituciones especializadas
para la formación del profesorado de las enseñanzas de régimen
general y especial que ejercen en niveles educativos previos a la ense-
ñanza universitaria.
Los cambios experimentados en los últimos años por la sociedad
española y por el propio sistema educativo, así como los principios
en que se fundamentan las recomendaciones para la construcción del
Espacio Europeo de Educación Superior, hacen que la formación del
profesorado sea diseñada como un proceso a lo largo de toda la vida
profesional. Para responder a este propósito, es necesario adecuar la
formación permanente del profesorado planificada a través de los
Centros de Profesores y de Recursos a las nuevas tendencias.
El citado Real Decreto 1693/1995, prevé la figura del Director
de los Centros de Profesores y Recursos como el órgano de gobierno
indispensable para el adecuado funcionamiento de la institución, y
establece mecanismos para garantizar el desarrollo del proyecto de
actuación a lo largo de varios años.
Para alcanzar el objetivo de consolidar los equipos de responsa-
bles de los Centros de Profesores y de Recursos y garantizar su
correcto funcionamiento, procede convocar las plazas de directores,
favoreciendo el acceso al desempeño de estos puestos de quienes
acrediten la adecuación de su perfil profesional.
El artículo 8.2 del citado Real Decreto 1693/1995 establece, en
relación con el nombramiento de los directores de estos centros, que
la selección se realice a través de un concurso público de méritos
valorado por los Consejos de los Centros de Profesores y de Recur-
sos, procedimiento desarrollado en los correspondientes apartados de
la Orden de 18 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26).
De acuerdo con lo allí regulado, procede establecer los límites en
los que deba desarrollarse el concurso de méritos, facilitando la
actuación de los Consejos en esta importantísima responsabilidad
que la normativa les atribuye.
En virtud de lo establecido en el apartado sexto de la referida
Orden, este Ministerio ha dispuesto anunciar la provisión de plazas
de Directores de los Centros de Profesores y de Recursos de Ceuta y
Melilla, para ser cubiertas en régimen de comisión de servicios por un
período de tres años, mediante concurso público de méritos que se
ajustará a las siguientes bases:
Candidatos
Primera.–Las plazas de Directores de Centros de Profesores y de
Recursos de las Ciudades de Ceuta y Melilla, podrán ser solicitadas
por los funcionarios docentes de carrera que pertenezcan a los Cuer-
pos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de
Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y
Apellidos y nombre D.N.I. Cupo Especialidad Causa
exclusión
Causas de exclusión:
1. No acredita el cumplimiento de los requisitos para acceso por
el cupo de reserva para personal militar.
2. No acompañar certificación anexo V, en los términos estableci-
dos en la base 6 de la convocatoria, para optar a las plazas del cupo de
reserva a militares profesionales.
3. No abonar el importe completo de la tasa por derechos de
examen.
4. No aportar declaración jurada de carecer de rentas superiores
al Salario Mínimo Interprofesional.
5. No aportar certificado de no haber rechazado oferta de empleo
adecuado ni haberse negado a participar, salva causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

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