Orden ARM/2196/2009, de 29 de julio, por la que se convoca para el año 2009 la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental.

MarginalBOE-A-2009-13286
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

13286 Orden ARM/2196/2009, de 29 de julio, por la que se convoca para el año 2009 la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental.

De acuerdo con lo previsto en la Orden ARM/1593/2009, de 5 de junio de 2009 («Boletín Oficial del Estado» número 144 de 15/6/2009), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental, y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede mediante esta orden convocar para el ejercicio 2009 las ayudas destinadas a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que desarrollen programas en más de una comunidad autónoma, que por su naturaleza no sean susceptibles de territorialización, en relación con la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y el cambio climático.

Segundo. Financiación.

La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.451O.485, en una cuantía total máxima de tres millones de euros (3.000.000 €).

Tercero. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.

Tendrán la consideración de beneficiarios las entidades previstas en el artículo 2.1 de la Orden ARM/1593/2009, de 5 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental.

Dichas entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2.2 de la citada orden de bases.

Cuarto. Presentación de solicitudes y documentación.

Las solicitudes, dirigidas a la titular del Departamento, se formalizarán en un único modelo, que figura como anexo...

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