Orden SCO/2830/2007, de 3 de septiembre, por la que se modifica la Orden SCO/2008/2005, de 13 de junio, que declara en situación de expectativa de destino a los aspirantes que han superado el concurso-oposición, para la selección y provisión de plazas de Pinches.

MarginalBOE-A-2007-17225
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden
BOE núm. 236 Martes 2 octubre 2007 39891
B. OPOSICIONES Y CONCURSOS
MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
17225 ORDEN SCO/2830/2007, de 3 de septiembre, por la
que se modifica la Orden SCO/2008/2005, de 13 de
junio, que declara en situación de expectativa de des-
tino a los aspirantes que han superado el concurso-
oposición, para la selección y provisión de plazas de
Pinches.
Con fecha 29 de junio de 2005 se publicó en el Boletín Oficial
del Estado, la Orden SCO/2008/2005, de 13 de junio, por las que
se declaraba en situación de expectativa de destino a los aspirantes
que habían superado la fase de selección del proceso extraordinario
de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de
Pinches.
Por Resolución de 31 de julio de 2007, publicada el 9 de agosto
de 2007 de este Ministerio y en cumplimiento de la Resolución del
Ministerio de Sanidad y Consumo de 23 de abril de 2007, estimato-
ria parcial del recurso de reposición interpuesto por D.ª M.ª del Car-
men Pérez Gutiérrez, se modificó la Resolución de 28 de noviembre
de 2006, publicada el 12 de diciembre de 2006, que a su vez modi-
ficaba la de 3 de febrero de 2005, publicada el 14 de febrero de
2005, por las que se publicaba la relación de aspirantes que habían
superado la fase de selección del proceso extraordinario de consoli-
dación de empleo para la selección y provisión de plazas de Pinches
en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes
del Insalud.
Conforme a lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Sani-
dad y Consumo de 31 de julio de 2007, que modificaba la relación
de concursantes que superaban la fase de selección y la puntuación
final de cada uno de ellos y una vez comprobado el cumplimiento de
los requisitos de la aspirante D.ª Yolanda Jiménez García que con
mejor derecho resulta afectada por la modificación de las puntuacio-
nes finales. Este Ministerio resuelve:
Primero.–Excluir del Anexo I de la Orden de 13 de junio de
2005, publicada en BOE el 29 de junio, por la que se declaraba en
situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían supe-
rado el concurso-oposición a D.ª M.ª Carmen Pérez Gutiérrez.
(DNI.3064407).
Segundo.–Incluir en el Anexo I de la Orden de 13 de junio de
2005, publicada en BOE el 29 de junio, por la que se declaraba en
situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían supe-
rado el concurso-oposición a D.ª Yolanda Jiménez García (DNI.
52374432).
Tercero.–Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa,
y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá
interponerse, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente al de su publicación ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regula-
dora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativa-
mente y con carácter previo, recurso Administrativo de Reposición
en el plazo de un mes ante este Ministerio, de conformidad con el
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-
nistrativo Común.
Madrid, 3 de septiembre de 2007.–El Ministro de Sanidad y
Consumo, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio), el Director
General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuesta-
rios, Javier Rubio Rodríguez.
CONSEJO DE ESTADO
17226 RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2007, del
Consejo de Estado, por la que se convoca concurso
específico de méritos para la provisión de puesto de tra-
bajo, para Cuerpos y escalas de los Grupos C y D.
Este Consejo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto y artículo 40.1 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, ha dispuesto convocar concurso específico para cubrir el
puesto vacante que se relaciona en el Anexo I de esta Resolución,
con arreglo a las siguientes bases:
Primera.–1. Podrán participar en el presente concurso los fun-
cionarios de carrera de la Administración del Estado que pertenezcan
a Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos C y D y que reúnan los
requisitos establecidos en la correspondiente relación de puestos de
trabajo del Consejo de Estado. De acuerdo con la disposición transi-
toria tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público, transitoriamente los Grupos de clasificación
existentes a la entrada en vigor del referido Estatuto se han integrado
en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en
el artículo 76. En consecuencia, en la columna del Anexo I relativa al
Grupo C ha de entenderse referida al Subgrupo C1 y la del Grupo D al
Subgrupo C2.
2. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios
comprendidos en la base primera cualquiera que sea su situación
administrativa, con las salvedades que se hacen a continuación:
2.1 Los funcionarios en activo que no hayan permanecido un
mínimo de dos años en el puesto de trabajo en que estuvieran desti-
nados con carácter definitivo, no podrán concursar, quedando excep-
tuados de dicho periodo de permanencia, quienes tuvieran su destino
definitivo en este Consejo de Estado.
2.2 Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de
familiares, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde
la toma de posesión del último destino definitivo, salvo que lo tuvie-
ran reservado en este Consejo de Estado.
2.3 Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés par-
ticular y por agrupación familiar y los que se encuentren en situación
de servicio en las Comunidades Autónomas sólo podrán participar si
llevan más de dos años en dicha situación el día de la terminación del

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