RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2003, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las tablas de devolución que deberán aplicar las entidades autorizadas a intervenir como entidades colaboradoras en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en régimen de viajeros regulado en el artículo 21, número 2.o, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Marzo de 2003
MarginalBOE-A-2003-5054
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2003, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las tablas de devolución que deberán aplicar las entidades autorizadas a intervenir como entidades colaboradoras en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en régimen de viajeros regulado en el artÃculo 21, número 2º, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El artÃculo 117, apartado tres, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que la devolución de las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes en el régimen de viajeros regulado en el artÃculo 21, número 2º, de la propia Ley, podrá efectuarse a través de entidades colaboradoras en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

El artÃculo 9, apartado 1, número 2º, letra B), del Reglamento del Impuesto, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, dispone que el reembolso del Impuesto podrá realizarse a través de entidades colaboradoras autorizadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que determinará las condiciones a las que se ajustará la operativa de dichas entidades y el importe de sus comisiones.

Con base en dichos preceptos, la Resolución de 3 de junio de 1993, del Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, autorizó a la entidad 'European Tax Free Shopping Spain' a intervenir como entidad colaboradora en este ámbito y fijó, en la correspondiente tabla de devolución, las cantidades que procede devolver a cada viajero en función del importe de sus adquisiciones. Dicha tabla fue modificada por resolución de 1 de marzo de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, como consecuencia de la elevación del tipo impositivo general del Impuesto sobre el Valor Añadido, que a partir del 1 de enero de 1995 dejó de ser el 15 por 100 para pasar a ser el 16 por 100.

Por su parte, la Resolución de 15 de diciembre de 1994, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, autorizó al grupo internacional Cashback a intervenir como entidad colaboradora, fijando el importe de las comisiones en la correspondiente tabla, distinta de la fijada para la entidad citada en el párrafo anterior.

La aparición de nuevas entidades, interesadas en actuar como entidades colaboradoras de la Agencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR