Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador número PS/00114/2008 por imposibilidad de notificación en su domicilio.
Marginal | BOE-B-2008-90093 |
Sección | V - Anuncios |
Emisor | Agencia Española de Proteccion de Datos |
Rango de Ley | Resolución |
No habiéndose sido posible la notificación en el domicilio conocido de D. Menno Hendrik de Ruiter, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con el 61 del mismo cuerpo legal.-En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto del acuerdo de inicio de procedimiento sancionador del procedimiento PS/00114/2008.-El Director de La Agencia Española de Protección de Datos acuerda: Iniciar procedimiento sancionador a D. Menno Hendrik de Ruiter, por infracción del artículo 21 de la Ley 24/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, tipificada como leve en el artículo 38.4.d) de dicha norma, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 30.000 €, de acuerdo con el artículo 39.1.c) de la citada Ley. Nombrar como Instructor a D. JMBE y como Secretario a Dña. IRJ, indicando que cualquiera de ellos podrá ser recusado.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos es competente para resolver este procedimiento según lo establecido en los artículos 37.g y 36 de la Ley Orgánica 15/1999.-Se otorgan quince días hábiles a D. Menno Hendrik de Ruiter, para que formule las alegaciones y proponga las pruebas...
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