Real Decreto 1939/2000, de 24 de noviembre, por el que se declara la jubilación forzosa, por cumplir la edad legalmente establecida, de don Jesús Nicolás Martí Sánchez.

MarginalBOE-A-2001-1950
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyReal Decreto
3510 Sábado 27 enero 2001 BOE núm. 24
II. Autoridadesypersonal
II. Autoridades y personal
A. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJO GENERAL
DEL PODER JUDICIAL
1950 REAL DECRETO 1939/2000, de 24 de noviembre, por
el que se declara la jubilación forzosa, por cumplir
la edad legalmente establecida, de don Jesús Nicolás
Martí Sánchez.
De conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 386
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
según redacción dada por la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de
noviembre y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legisla-
tivo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
en su reunión del día 7 de septiembre de 2000,
Vengo en declarar la jubilación forzosa de don Jesús Nicolás
Martí Sánchez, Presidente de la Sección Segunda de la Audiencia
Provincial de Las Palmas, por cumplir la edad legalmente esta-
blecida el día 25 de diciembre de 2000, con los derechos pasivos
que le correspondan, cuya jubilación producirá efectos a partir
de la fecha indicada.
Dado en Madrid a 24 de noviembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
1951 REAL DECRETO 3542/2000, de 29 de diciembre, por
el que se deja sin efecto el anterior Acuerdo de la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial, de 7 de septiembre de 2000, de jubilación
por cumplimiento de la edad reglamentaria de don
Jesús Nicolás Martí Sánchez, Magistrado, Presidente
de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de
Las Palmas.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judi-
cial, en su reunión de 27 de diciembre de 2000, acordó lo
siguiente:
«En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/2000,
de 22 de diciembre, sobre medidas urgentes para la agilización
de la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se deja sin
efecto la jubilación por cumplimiento de la edad reglamentaria,
acordada por esta Comisión Permanente del día 7 de septiembre
de 2000, de don Jesús Nicolás Martí Sánchez, Magistrado, Pre-
sidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las
Palmas.»
Dado en Madrid a 29 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
MINISTERIO
DE ASUNTOS EXTERIORES
1952 REAL DECRETO 66/2001, de 26 de enero, por el que
se disponer el cese de don Francisco Javier Jiménez-
Ugarte Hernández como embajador de España en la
República Helénica.
A propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y previa deli-
beración del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de
enero de 2001,
Vengo en disponer el cese de don Francisco Javier Jiménez-
Ugarte Hernández como embajador de España en la República
Helénica, por pase a otro destino, agradeciéndole los servicios
prestados.
Dado en Madrid a 26 de enero de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,
JOSEP PIQUÉ I CAMPS
MINISTERIO DE DEFENSA
1953 REAL DECRETO 67/2001, de 26 de enero, por el que
se nombra Secretario general de Política de Defensa
a don Francisco Javier Jiménez-Ugarte Hernández.
A propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de enero de 2001,
Vengo en nombrar Secretario general de Política de Defensa
a don Francisco Javier Jiménez-Ugarte Hernández.
Dado en Madrid a 26 de enero de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
1954 REAL DECRETO 68/2001, de 26 de enero, por el que
se promueve al empleo de General de Brigada del
Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra
al Coronel don José María Fernández Bastarreche.
Por reunir las condiciones legalmente exigidas para el ascenso
en plantilla adicional, a propuesta del Ministro de Defensa y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26
de enero de 2001,

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