Corrección de errores de la Orden de 6 de septiembre de 1984 por la que se modifica el artículo 9.º del Reglamento General para el Régimen, Gobierno y Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Marginal | BOE-A-1984-26625 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Corrección |
BOE.-Num.
288
1I
diciembre·
t9
...
34853
«Humedad.
-
Método
(fe
ensayo
para
1&
determinación
-de
la
humedad.
La
determlnaclón
del
grado
de
humedad
de
la
perlita
expandida
se
dete~
empleando
téclltcaa
normales
de
laoo",torio,
calculando
el
poroenlaje
de
pérdida
en
peso
de
la
muestra
de
_lila
a
examinar
despu~
de
80-
meterla-
un
m1n1mo,
d,
~os
horas a
110"'
C.
5.
MaterJa
org6ntca.
~
Método .de enSayo
para
la
'determinación
de
la
materia
org.án1ca.
Se E'-mp!earán .técnlcaa norm&le¡ _
de
laboratorio.
oalcu·
laudo
.•
1
porcentaje
de
pérdida
en
peso
al
aometer
la
mUdtra
cieperl1ta
en
tetraoloruro
de
carbono.
._
Articulo
315 -Perlita
expandida.
3.15.!
Materia
prima.
Se
utllizará
roca
de
perlita
de
la
calidad
adecuada
pa.fa
ga.
rantlzar
su
expandibilldad.
anotando
en
el
.libro
deautocontrol
los
resultados
d~
los controles efectuados. .
3.15.2 Producto acabado!
.
Se
controlaré
por
parte
del
fabricante
la
densidad
aparente
y
la
granulometria.
-.
Valoracl6r:.
del
ensayo¡
Se
considerará
positivo
el
ensayo
cuando
se
obtengan
va..
lores
por
debajo
de
los
máximos
y
·encima
de
los
mínimos
especificados.
3.1&.3
Criterio
de
rechazo.
1:1
f.brlcante
rechazará.
para
su
eomercial1zacióD
con
se-
no
INeE,
todl:lS
aquellas
parltdaa
de
material
que
en
loa en88-
:VOO
de
autooontrol
denoten
algún
defecto
principal,
según
lo
definido
anteriormente.
3.15.4 Fiecuencias
de
autooontrol.
al
Materias
primas.
E!
control
de
las
mater1as
primas
se
hará
a
la
recepCión
en
'fábrlca
de
cada
partide
de
minerales.
. .
b)
Producto
acabado.
-En niv81
normalt
.
-Control
de
~tmlldad_
.,
~ulometrfa
cada
seiS
-horas.
-:
En
nivel
reduddot
se
reducirán
a
la
mitad
la
frecuencia
de
los
ensay06
00-
rrespondientes
al
nivel
DQl'Dlal.
-En
nivel
Intenao,
Se
dupllcari
la
frecuencia
de
los
ensayos
correspondientes
al
n1vel
normal.
3.15.5
La
muestra
de
J)l'Oductó
terminado
que
haya
servido
para
.realizar .
el
enaa:vo
de
denaldad
le
guardará
debidamente
etiquetada,
a
dlspoelclón
de
una
eventual
Inapeoclón. Caao
de
realizarse
"'ta.
el
lDapector
de""'"
teR
..
"
8U
dlspoelclón,
al
menoe,
las
diez
últlmaa
muestras
eu:vo
resultado
ee1l6
recogido
"'!
el
Ubro
oficial
de
autooonlro1. .
26625
Lua
de
malla
/mml
8,3
.
3,2
',0
1,1
LImt
..
lJ"8IIulométrlco
de
perlita
/mm)
1.0
3,0
',0
1,6
MINISTERIO
DE
TRABAJO
YSEGURIDAD SOCIAL
26624
REAL
DECRETO
2158/1984.
de
28 de
noviembre.
per
el
que
le
establece
el
calsndario
laboral
para
el
,'CIl1O
JIlIS,
.
Prevista
en
el
arlIculo
45
del
Real
Decreto
200'/'983,
de
28
de
julio,
que
desaJTOlla a
su
vez
el
articulo
37.1
del
Estatuto
de
loo
Trabajadores,
la
regulación
de
las
fiestas
de
ámhlto
nacio-
nal
que
se
incluirán
en
el
calendario
laboral
de
cada
a1io
como
dias
inhábiles
a
efectos
láborales,
retribuidos
y
no
recuperables,
en
aquell08 supUestos
que
no
coincidan
en
domingo,
se
esta-
blece
por
el
presente
Real
Decreto
el
calendario
laboral
de
fies·
tas
para
el
a1Io 1llll5,
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Trabajo
y
Segu-
ridad
Social.
previa
deliberac1ón
del
COnsejo
de
Ministros
en
su
reunión del
día
2B
de
noviembre
de
1984,
.<
DI
SPONG·Oí
ArUcuIo
'1,-
.LOs
dias
hábiles,
a
efectos
laborales,
retribui-
dos
ir
DO
recuperables,
en
el
año
1985
serán
los aiguiente&:
-
.,.1
de'
enero:
AlW
Nuevo.
-
~
de
marzo,'
Saa
J006. .
"
de
abril:
Jueves
Santo. ,
S
de
abrU:
Viernes
Santo.
- 8
de
abrtl:
Lunes
de
Pascua
de
Resurrección.
- 1
de
mayo:
Fiesta
del
Trabajo.
- 1
de
junio,
Corpua
Chrlstt
-25
de
julio,
Saatiago
Apóstol.
-
1&
de
agosto:
Asunción
de
la
Virgen.
-12
de
QCtubr8:
Fiesta
Nacional
de
España
y
la
Hispanidad.
- 1
de
noviembre:
Todos
los
Santos.
-25
de_
dic1embre:Natividad
del
Sedar.
An.
2.-
.En
Jos
términos previstos:
en
el-articulo
45
•.
aparta-
do
3,
del
Real
Decreto
200'/'983.
de
28
de
julio,
las
Comunida-
des
Autónomas
podrán
sustituir
las
fiestas
que
de
acuerdo
con
tal
norma
procedan
de
entre
las
sedaladas
en
el articulo
an-
terior.
Dado
en
Madrid a
28
de
noviembre
de
19&1.
JUAN
CARLOS R.
11
.Ministro
de
Trabajo
.,
Seeuridad
Social.
JOAQUlN
ALMUNIA AMANN
MINISTERIO
DE SANIDAD YCONSUMO
CORRECCION
de
erJ'()res
de
la
ONÜn
de
B
de
se¡>-
tiembT6
fÑ
1Q84
PQT
la.
que
HmodtfictJ
el
artteulo
9.-
del
Reglamen~
Ger'I4rQl
para
el
lUgtmen.
Go-
I>lerno
yS.rviCio
de
1aI
Instituciones Sontto"'"
de
la
,s
..
gurld
Soctol.
Advertldoe
errores
en
el
texto
de
la
citada
Orden,
Inserta
en
el
.Bo1etln
Oficial
del
Estado>
número
221,
de
fecha
14
de
se¡>-
tiembre
de
1984,
.página
_26687
t
&8
transeriben
a
oontinu~i6n
las
oporlunaB
.-t!lcaelon
...
PrImera
oolumna.
donde
di"",
-PrImero.........
delimitado
por
crIter1oo, geográflOOB
:v
poblacloues
.....
debe
_
....
delimi-
tado
por
crI_
geográflcoe
:v
pobl&cl~.
Segunda
ooIumna.
donde
di,,",
.otapoelclón
__
,
debe
decln
.DIspoelclonea~.
.
Segunda
ooIumna,
donde dloo. oDI0p0elcl6n
derogatlv
....
debe
decir, .Dlspoolclón
derogatorl
....
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