ORDEN DE 24 DE JULIO DE 1997 por la que se aprueba el Plan de actuacion cuatrienal 1997-2000 del Programa de Conservacion y Utilizacion de Recursos fitogeneticos y Se abre la Convocatoria de Proyectos de actividades de I + d en conservacion y Utilizacion de Recursos fitogeneticos correspondiente al año 1998.

MarginalBOE-A-1997-18128
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Orden de 23 de abril de 1993 por la que se crea el Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y se establecen los objetivos básicos, directrices y normativa general del programa, dispone que las líneas de trabajo a desarrollar para alcanzar estos objetivos se recogerán en planes de actuación cuatrienales y, asimismo, prevé que para el desarrollo de las actividades contempladas en los correspondientes planes de actuación, se establecerán acciones con cargo a los presupuestos del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, en adelante INIA, y se faculta a la Presidencia del INIA para adoptar medidas y dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento de la citada Orden. Por Orden de 27 de diciembre de 1993 fue aprobado el primer Plan de Actuación Cuatrienal 1993-1996 del programa, tras cuya finalización procede establecer el Plan de Actuación Cuatrienal 1997-2000 para enmarcar las nuevas actividades.

En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas.

Por todo lo cual, visto que la Comisión del programa ha informado favorablemente el Plan de Actuación Cuatrienal 1997-2000, propuesto por el INIA, y verificado que se corresponde con las prioridades establecidas por este Ministerio, dispongo:

Artículo 1 Plan de Actuación Cuatrienal 1997-2000.

Aprobar el Plan de Actuación Cuatrienal 1997-2000 que figura como anexo 1 a esta Orden.

Artículo 2 Convocatoria.

Abrir la convocatoria para el desarrollo de Proyectos de Actividades de I + D en Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos correspondiente al año 1998.

Artículo 3 Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es fomentar las actividades de conservación y utilización de recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación de acuerdo con los objetivos básicos del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y las líneas prioritarias de actuación definidas en el Plan de Actuación Cuatrienal 1997-2000.

Artículo 4 Beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios los entes públicos o privados sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tengan entre sus fines la realización de las actividades científico-técnicas a que se refiere la presente convocatoria.

  2. El coordinador responsable del desarrollo científico-técnico del proyecto deberá ser un titulado universitario adscrito al ente solicitante y de acreditada capacidad en la acción para la que se solicita la financiación.

  3. Deberá figurar como responsable de que se ejecuten las actividades, el representante legal del ente solicitante.

Artículo 5 Solicitudes.
  1. Las solicitudes, dirigidas al Presidente del INIA, contendrán los documentos que se indican en el artículo 6, y se presentarán en el Registro General del INIA, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Cuando las solicitudes no reúnan todos los datos o requisitos que se establecen en la presente Orden, se requerirá al representante legal de la entidad solicitante para que, en el plazo de diez días subsane la falta, o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se entenderá que desiste de su solicitud y que se archivará sin más trámite, en cumplimiento a lo prescrito en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

Artículo 6 Documentación requerida para las solicitudes.
  1. Las solicitudes de ayudas deberán ajustarse al modelo contenido en el anexo 3 y acompañarse de los siguientes documentos:

    1. Memoria del proyecto en impreso normalizado o adaptación informática con idéntica estructura y contenido.

    2. Currículum vitae del personal científico-técnico que participa en el proyecto según impreso normalizado o adaptación informática con idéntica estructura y contenido.

    3. Tarjeta normalizada, a efectos de acuse de recibo, debidamente cumplimentada y franqueada.

  2. Los modelos de impresos normalizados o la adaptación informática con idéntica estructura y contenido podrán obtenerse en la Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas del INIA.

Artículo 7 Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días naturales a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente Orden.

Artículo 8 Valoración de las solicitudes.
  1. La Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas tramitará las solicitudes y adoptará las medidas necesarias para comprobar la veracidad de la información aportada por los solicitantes.

    Las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos para obtener la ayuda se remitirán a la Comisión del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

  2. La Comisión del programa evaluará las solicitudes que les sean remitidas de acuerdo con los siguientes criterios:

    1. Adecuación de la propuesta a los objetivos del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y al Plan Cuatrienal de Actuación.

    2. Viabilidad de la propuesta del proyecto.

    3. Adecuación de la financiación solicitada a los objetivos que se proponen.

  3. En función de la evaluación realizada, la Comisión del programa propondrá al Presidente del INIA la denegación o la concesión, total o parcial, de la financiación solicitada especificando, en su caso, la cuantía de la ayuda.

Artículo 9 Resolución.
  1. Corresponde al Presidente del INIA la concesión o denegación de las ayudas solicitadas, mediante resolución motivada.

    La resolución se notificará al representante legal de la entidad beneficiaria y deberá determinar expresamente, en su caso, el importe de la ayuda concedida.

  2. ...

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