Orden de 18 de mayo de 1982 por la que se modifica la normativa y la cuantía de los Premios Nacionales de Turismo de Embellecimiento y Mejoras de los Pueblos Españoles.

MarginalBOE-A-1982-16646
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Transportes y Comunicaciones
Rango de LeyOrden
B. O.
del
E.-Num.
156
1julio 1962 18011
ANEXO
Relación
de
elementos
a
Importar
para
fabricaci6n
mixta
de
cuatro
ventiladores
(dos
de
tiro
inducido
:y
dos
de
tiro
for~'
zado)
de
350
MW
.•
con
destino
a
la
caldera
del
grupo
n
de
la
central
térmica
de
La
Robla
MQDE TRANSPORTES,
TURlSMD yCOMUNICACIONES
BAcoplami&ntos
especiales.
.
4
Ejes
graduadores
con
indicadores
de
posición
maniobras
hidrt-.ulicas
de
ala-
bes yaccesorios.
U6
Soportes
de cojinetes con accesorios
...
Talleres Ereao. So-
112
Alabes.
ciOOad Anónima.-
112
Palancas
graduadoras
oon
tacos
des·
lizantes yaeoesorios. y
2
Juegos
partes
especiales
para
el
sls-
t{lma
de
ajuste
de
fijación.
..Unión
Eléctrica,
So-
224
ñodamientos
de
)o1as
oblicuos
y
axia··
.
cied.ad
An6ni~
les.
,(
Equipos
de
contn-l
de
vibración,
-4
Convertidores.
que
fueron
-
trasladada
las
competencias
turtsticas
por
el
Real
Decreto
1996/1980,
de
3
de
octubre.
Por
todo
lo
cual,
Ya
propuesta
de
la
Secretarfa
de
Estado
de
Turismo,
he
teni~o
a
bien
disponer
lo
siguiente:
Articulo
1.-
Los
Premios
Nacionales
de
Tuirsmo
de
Embelle-
cimiento
y
Mejora
de
loa
Pueblos
Espaftoles
se
otorgartm
alos <
Ayuntamientos
que
hayan
realizado
la
labor
más
destacada
en
orden
a
la.
mejora
y
,embellecimiento
de
su
término
Ipunicipal.
~
Art.
2."
Estos
premios,
que
se
convocarán
anualmente
r.
podrán
Quedar
desiertos.
serán
los
si¡u1ente8:
Primer
premio,
dotado
con 2.000.000
de
pesetas.
Segundo
premio,
dotado
con 1.2(10.000 pesetA5.
Ter.cer
premio,
dotado
con
750.000 pesetas.
Accésit.
dotado
con
500.000 pesetas.
Art.
3.0 En
el
otorgamiento
de
estos
premios
se
valorará,
muy
especialmente,
.todo
lo
relacionado
con
la
protección
de
la
arquitectura
tradicional,
de)a
popular
y
conservación
del
pab
saje
de
la
reg~ón
aQue
pertenezca
el
Ayuntamiento
concursante.
Art.
4.0Los
Ayuntamientos
aspirantes"
lo
solicitarán
en
1ns~
tancia
elevada
al
excelentísimo
señor
Secretario
de
Estado
de
Turismo
del
Ministerio
de
Transportes,
Turismo
y
Comunicacio-
nes
{Maria
de
Malina,
número
50.
Madrid-6},
utilizando
cual~
quiera
de
los
medios
lfrev1stos
en
la
Ley
de
Procedimiento
Admi-
nistrativo,
siendo
preceptivo
el
informe
del
Director
prov1ncial
del
Ministerio
de
Transportes.
Turismo
y
Comunicaciones¡
oído
el
Jefe
-provincial
de
Turismo,
antes
del
31
de
enero
de
afto
siguiente
al
correspondiente
al
pr-emio.
aconpañando
Memoria.
en
la
Que
se
detalle
la
labor
realizada
por
la
Corporación
durante
el
afto
al.
que
se
refiera
la
convocatoria,
así
como
la
documentación
gráfica
o
de
cualquier
otra
clase
que
estimen
oportuno.
-Art.
5.·
A
la
instancia
en
solicitud
de
loe:
premios
y a
1&
Me-
moria
que
ha
de
acompaftarse.
con
sujeción
a
10
previsto
en
el
articulo
anterior.
y
con
el
fin
de
poder
juzgar
sobre
la
labor
de
las respectivas
Corporaciones,
deberá
unirse
certificaciÓD
del
prdSUPUesto
ordinario
y,
en
su
caso,
del
extraordinario.
con
.detalle
de
las
inversiones
realizada:s.
principalmente
en
lo
dedi-
cado
a
embellecImiento.
conservación
y
mejora
del
Patrimonio
Turístico
Municipal,
como
asimismo
de
los
gravámenes
espe-
ciales.
derramas
y
aportaciones
en
trabajo
personal
o
material
.
logrados
de
los' vecinos.
Asimismo, podré.
acompaftarse
..
en
BU
caso,
justifioante
de
haber
obtenido
algún
premio
provincial
por
embellech:lliento
y
mejora
de
SU
término
municipal,
o
estar
en
posesión
de
la
Placa
al
Mérito
Turistico.
Art.
8.·
Los
premios
a
que
1&
presente
Orden
&e
refiere
serán
concedidos
por
resolución
de
la
Secretaria
de
Eatado
de
Turismo.
del
Ministerio
de
Transportes,
Turismo
y
Comunica-
ciones,
dentro
del
mes
de
junio
del
afta
siguiente
al
Que
18
re-
fiera
la
convocatoria.
Art. 7.- El
Jurado,
que
tendrá
plena
y
privativa
competencia
sobre
la
materia
y
sobre
cuestiones
en
torno
aestos
premios
pudieran
suscitane.
estará
constituido
por
los
siguientes
miembros:
Presidente:
Excelentísimo
sefior
MInistro
de
Transportes,
Tu-
rismo
yComumcac:iones,
quien
podrá
delegar
en
el
excelentí-
simo
señor
Secretario
de
Estado
de
Turismo.
Vicepresidente:
Ilustrisimo
sefior
Director
general
de
Pro-
mOLión
del
Turismo.
.
.Vocales:
Ilustrísimo
señor
Subdirector
general
de
Promoción
del
Turismo.
ilustrísimo
señor
Subdirector
general
de
infra-
estructura
Turística.
Jefe
del
Servicio
de
Publicidad
eInforma..;
ción
de
Turismo,
Jefe
del
Servicio
de
Turismo
Interior,
Jefe
de
la
Sección
de
Fomento,
Jefe
de
la
Sección
de
Turismo
Social
y
el
Jefe
de
la
Sección
de
Recursos
1'ur:istiCOSj
actuando
como
se-.
cretarlo
el
Jefe
del
Negociado
de
Promoción
de
Turismo
Inte-
rIor.
de·Ja
Dirección
General
de
Promoción
del
Turismo.
Art.
8.
Los
dbcumentos
aportados
al
concuno,
correspon-
dientes
a
los
municipios
Que
no
obtengan
premio.
podrán
ser
reUrsdos
dentro
de
los
treinta
dial
naturales
después
de
haber-
58
hecho
público·
el
fallo
del
JuradO,
los
documentos.
no
reti-
rados
en
este
plazo
serán
destnLid08. .
Vendedor
111.140
85.933
16,305
193,428
-155,929
52,901
237,951
45,246
8,041
40,909
18,24:3-
13.069
17,780
23,518
642,799
132,467
43,615
Importador
110,860
85,806
16,252
192,497
155,093
52,642
236,844
45,041
-8,015
40,731
18,168 .
13,020
17,707
23,4OIl
638,962
131,819
43,420
Comprador
Mercado
de
Divisas
Cambios
BANCO
DE
ESPAÑA:
Descripción
Divisas
'convertibles
Cambios
oficiales
del die
30
de
junio
de
1982
.
,
16645
1
dólar
USA
.
1
dólar
canadiense
..
1
franco
francés
" .
1
libra
esterlina
..
~
.
1
libra
irlandesa
.
1
franco
suizo
: .
100
francos
belgas
.
1
marco.
alemán
.
100
liras
italianas
.
1
florin
holandés
.
1
córona
suec.a
~
.
1
corona
danesa
.
1
coroaa
noruega
.
1
marco
finlandés
.
100
chelin~s
austriacos
:
100
escudos
portugueses
.
100
yens
.japopeseS
."
.
16646
ORDEN
de
18
de
mayo
de
1982
por
la
que'
8e
modifica
la normativa y
la
cucmtta
de
lo,
Prs·
mios
Nacionales de
-Turismo
de
Embellecimiento
)1
Mejora
de
los PueblOB Españoles.
EXcmo. eIlmo.
Sres.:
El
extinguido
Ministerio
de
Información'
yTurismo,
por
Orden
ministerial
de
23
de
febrero
de
1983,
creó
el
Premio
Nacional
de
Turismo
para
Municipio,
con
can\cter
anual,
al
objeto
4e
reconocer
y
estimular
los
esfuerzos
reali-
zados
por
los
Ayuntamientos.
en
orden
'a
la
mejora
7
embelle-
cimiento
de
su
término
municipal.
"
Tras
numerosas
transformaciones
y
cambios,
de
denom1nJL..
ción,
le...
normativa
de
estos
premios
actualmente
Be
halla
regu·
lada
por
la
Orden
ministerial
de
16
de
febrero
de
197t
del
Ministerio
de
Comercio
y
Turismo.
La
experiencia
obtenida
en
las
últimas
convocatoriaa
acon-
seja
aumentar
la
cuan
tia
de
loS p'remios, y
actualizar
su
nor~
mativa,
de
acuerdo
con
el
nuevo
Departamento
ministerial
&1
DISPOSICIONES FINALES
Primera.-Queda
derogada
la
Orden
ministerial
de
1&
de
fflbrero
de
1979,
del
Ministerio
de
Comercio
y
Turismo.
Segunda.-Se
faculta
a
la
Secretaria
de
Estado
de
Turismo.
del
Ministerio
de
Transportes,
Turismo
y
Comunicaciones,
para
establecer
las
normas
complementarlas
que
se
precIsen
para
el
desarrollo
de
la
presente
Orden,
asi
como
para
convocar
Y
conceder
en
dos
sucesivos
estos
premios.
Lo
que
comunico
aV. E. yV.
l.
para
'Su_
conocimien~o
ya
los
efectos
oportunos.
Madrid,
1.8
de mayo
de
1982.
GAMIR CASARES
Excmo.
Sr.
SecretarIo'
de
.Este.do.
de
Turismo
eIlmo.
Sr.
Direc-
tor
aeneral
de
Promoción
del
Turismo..

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