Orden SAS/1921/2010, de 7 de julio, por la que se convocan subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y SIDA para el año 2010.

MarginalBOE-A-2010-11292
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden

Por orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, con destino a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y SIDA.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, el Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases y coordinación general de la sanidad.

La finalidad perseguida por esta convocatoria es la consecución de la igualdad de los ciudadanos en la prevención y control de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) tanto en la población general como en grupos de la población más vulnerables frente a la infección por VIH.

Por otra parte el artículo 40.12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, atribuye a la Administración General del Estado el desarrollo de la actuación de coordinación de los servicios competentes de las distintas Administraciones públicas sanitarias en los procesos o situaciones que supongan un riesgo para la salud de incidencia e interés nacional e internacional.

Con estas ayudas se pretende coordinar y complementar coherentemente las actuaciones de las diferentes administraciones públicas que integran el Plan Nacional sobre el SIDA, cuyas acciones se han orientado a impulsar, reunir y armonizar las actividades sectoriales de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales dirigidas a detener la propagación de las infecciones por VIH. Todo ello, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sean informadas de las correspondientes convocatorias y colaboren en la evaluación de los programas presentados a través de su participación en la Comisión de Evaluación de Proyectos, cuyas competencias son descritas en el artículo 4.1 de la Orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional avala la gestión por la Administración General del Estado de las subvenciones que tengan carácter supraautonómico, en aras de garantizar la igualdad en todo el territorio nacional (STC 146/1986, de 25 de noviembre). Las específicas características de este tipo de subvenciones amparan su gestión centralizada, conforme al supuesto excepcional admitido por el Tribunal Constitucional, puesto que son ayudas económicas a entidades de cualquier titularidad sin ánimo de lucro de ámbito estatal y tienen unos objetivos y actividades que precisan de una planificación, gestión y evaluación centralizada y trascienden la compartimentación en ámbitos territoriales.

De tal forma que estas subvenciones están dirigidas a programas de ámbito nacional o supracomunitario y excepcionalmente a programas con un ámbito de actuación inferior al señalado, siempre que sean proyectos de carácter innovador o piloto en respuesta a necesidades emergentes en función de lo establecido en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución.

La presente convocatoria recoge las experiencias derivadas de la gestión de las convocatorias anteriores, y se adapta a la Orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. De conformidad con lo establecido en dichas normas, esta convocatoria se ajusta a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, equidad y no discriminación, junto con los de eficacia para el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional sobre el SIDA y de eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

Se adapta igualmente a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la elaboración de esta convocatoria han emitido Informe la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el departamento.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Artículo 1 Convocatoria.

El Ministerio de Sanidad y Política Social, con cargo a la aplicación presupuestaria 26.07.313B.486, consignada en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Orden SAS/1462/2010 de 28 de mayo, y al artículo 22.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y SIDA.

El crédito disponible para esta convocatoria es de 3.736.800 euros.

Artículo 2 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas económicas a entidades de cualquier titularidad sin ánimo de lucro destinadas a la financiación de gastos ocasionados por actuaciones de prevención y control de la infección por VIH y SIDA para el año 2010.

Estas actividades se integran en las líneas de actuación sobre prevención y control del VIH y el SIDA establecidas por el Plan Nacional sobre el SIDA y están sometidas a la orientación general del mismo y han sido plasmadas en el «Plan Multisectorial frente a la infección por el VIH y el SIDA en España para el período 2008-2012».

Artículo 3 Programas y actividades.

La fecha de inicio del plazo de realización de los programas será el 1 de enero de 2010, y el plazo de ejecución de los programas objeto de subvención, así como de los gastos generados por los mismos, finalizará el 31 de diciembre de 2010. En aquellos casos excepcionales en los que por motivos técnicos o logísticos sea necesaria la extensión del plazo de ejecución para alcanzar los objetivos previstos por el programa, el beneficiario deberá solicitarla y justificarla adecuada y detalladamente por escrito antes del 31 de octubre de 2010 según lo especificado en el artículo 10 de la Orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo. Dicha excepcionalidad será valorada por el Presidente de la Comisión de Evaluación de Proyectos que podrá recabar para ello informe previo de la Secretaría del Plan Nacional sobre el SIDA. Dicha solicitud se entenderá desestimada de no concederse mediante resolución expresa, que será dictada y notificada en el plazo de quince días. En caso de concederse la extensión solicitada, ésta en ningún caso será superior a tres meses.

Los programas subvencionados deberán ser de ámbito nacional o supracomunitario y excepcionalmente podrán subvencionarse programas con un ámbito de actuación inferior al señalado, siempre que sean proyectos de carácter innovador o piloto en respuesta a necesidades emergentes.

En todos los programas descritos a continuación se tendrá en cuenta el planteamiento de los mismos con un criterio de calidad, la inclusión de evaluaciones y la consideración de la perspectiva de género.

Las subvenciones podrán ser destinadas a los siguientes programas y actividades:

  1. Desarrollo de programas de actuación con los siguientes contenidos:

    1. Estrategias, programas y proyectos de intervención para la prevención primaria y el diagnóstico precoz de la infección por el VIH y otras infecciones de transmisión sexual en colectivos y poblaciones más vulnerables (usuarios de drogas por vía parenteral y sus parejas sexuales, hombres con prácticas homosexuales, personas que ejercen la prostitución, personas infectadas por VIH y sus parejas sexuales, jóvenes, mujeres, inmigrantes y minorías étnicas).

      Serán considerados como prioritarios los dirigidos a:

      1. La prevención en hombres que tienen relaciones sexuales con hombres, en especial en hombres jóvenes y hombres procedentes de Latinoamérica.

      2. La prevención en personas que se inyectan drogas y sus parejas sexuales.

      3. La prevención en personas que ejercen la prostitución, en especial mujeres transexuales y hombres.

      4. La prevención en personas inmigrantes, en especial aquellas procedentes de países de África Subsahariana y de Latinoamérica.

      5. La prevención en personas con VIH y sus parejas sexuales.

      6. El diagnóstico precoz de la infección por VIH, en especial en aquellos grupos de la población en el que el retraso diagnóstico es más elevado como los hombres heterosexuales, las personas inmigrantes, las personas que se inyectan drogas y las personas en situación o riesgo de exclusión social.

    2. Realización de investigaciones y estudios de evaluación para conocer el impacto y la efectividad de las intervenciones preventivas.

    3. Recogida, análisis, elaboración y difusión de información relacionada con la infección por VIH.

    4. Programas destinados a potenciar el trabajo coordinado entre asociaciones que trabajen en el campo de la infección por VIH, así como aquellos dirigidos a transferir conocimientos entre las mismas para el desarrollo de programas y proyectos acordes con las prioridades establecidas en el presente apartado.

    5. Programas de formación de voluntarios y profesionales, con participación de más de una comunidad autónoma, sobre aspectos de la...

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