Orden de 31 de Julio de 1991 por la que se crean determinadas administraciones de Hacienda.

MarginalBOE-A-1991-20448
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Diversas órdenes ministeriales de 12 de abril de 1984 aprobaron la Relacion completa de administraciones de Hacienda que habrían de funcionar en el ámbito de las Delegaciones de Hacienda especiales de Madrid, cataluña, valenciá y Andalucía.

Diversas razones demográficas, geográficas y económicas aconsejan suprimir las administraciones de Hacienda Sevilla-Oeste y Sevilla-Noroeste, creando una nueva administración de Hacienda que abarque el ámbito territorial de las dos suprimidas, asi cómo crear tres nuevas administraciones de Hacienda en Madrid, barcelona y valenciá. Está necesidad sentida ha tenido ya reflejó en la Relacion de Puestos de trabajo de la administración periférica de la Hacienda pública, considerada en una interpretación sistemática de la normativa vigente respecto a la organización de los servicios administrativos, cómo el cauce idóneo para establecer las diversas Estructuras orgánicas, en cuanto no sean unidades de nivel 30.

Por todo ello, y haciendo uso de la autorización contenida en el artículo 25 del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se crean las administraciones de Hacienda denominadas Guzmán el Bueno, Letamendi y Guillén de Castro, dependientes, respectivamente, de La Delegación de Hacienda especial de Madrid, de La Delegación de Hacienda de barcelona y de La Delegación de Hacienda de valenciá y cuyos códigos respectivos serán 28600, 08600 y 46600.

Segundo. Se suprimen las administraciones de Hacienda denominadas Sevilla-Oeste y Sevilla-Noroeste, dependientes ambas de La Delegación de Hacienda de Sevilla.

Tercero. Se crea la administración de Hacienda denominada Sevilla oeste-Noroeste, dependiente de La Delegación de Hacienda de Sevilla, cuyo Codigo será 41606.

Cuarto. El ámbito territorial de las nuevas administraciones de Hacienda será el siguiente:

A) administración de Hacienda de Guzmán el Bueno: Comprende el Area Geografica delimitada por los distritos de chamberí, tetuán y Moncloa.

B) administración de Hacienda de Letamendi: Comprende el Area Geografica delimitada por los distritos postales 7, 8, 9, 10, 11, 13, 29, 36 y 37.

C) administración de Hacienda de Guillén de Castro: Comprende el Area Geografica delimitada por los distritos postales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 16, 17 y 18.

D) administración de Hacienda de Sevilla oeste-Noroeste: Comprende el Area Geografica delimitada por los siguientes pueblos:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR