Orden CUL/626/2008, de 29 de febrero, por la que se crea la Escuela de Patrimonio Histórico de Nájera.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Marzo de 2008
MarginalBOE-A-2008-4540
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio (BOE del 3 de julio), de estructura orgánica del Ministerio de Cultura, el Instituto del Patrimonio Histórico Español (IPHE) tiene, entre otros cometidos, la investigación y estudio sobre criterios, métodos y técnicas para la conservación y restauración del patrimonio histórico, así como la formación de técnicos y especialistas en conservación y restauración de los bienes inmuebles y muebles integrantes de dicho patrimonio. El Monasterio de Santa María la Real, de titularidad estatal y adscrito al Ministerio de Cultura, es un monumento emblemático enclavado en el propio Camino de Santiago con unos condicionantes históricos y patrimoniales, que le han valido la categoría de Bien de Interés Cultural.

En el marco Constitucional que proporcionan los artículos 44, 46 y 149.2, la creación de la Escuela de Patrimonio Histórico de Nájera en el Monasterio de Santa María la Real, contribuye a asegurar la pervivencia del Monasterio, objetivo histórico del Ministerio de Cultura, al tiempo que garantiza, mediante la formación de especialistas, la conservación del Patrimonio Histórico Español y fomenta el acceso de todos los ciudadanos a los bienes que lo integran.

De este modo, una vez finalizadas las obras de adecuación de los espacios que albergarán la proyectada Escuela, procede dotar a dicho centro de una estructura que permita consolidar la actividad de formación y especialización profesional que imparte actualmente el IPHE. En el marco de la legislación vigente y en el proporcionado por el progresivo desarrollo normativo de la Declaración de Bolonia de 1999 en lo que concierne a las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, la Escuela de Patrimonio Histórico de Nájera podrá extender su actividad académica a la impartición de postgrados con el acuerdo y los requisitos que para los mismos sean establecidos por la correspondiente autoridad educativa.

Se considera oportuno la designación de un Consejo Académico, compuesto por destacadas personalidades de la vida universitaria relacionadas con la...

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