Real Decreto 2197/1986, de 17 de Octubre, por el que se crea una facultad de Odontologia en la Universidad complutense de Madrid.

MarginalBOE-A-1986-28129
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

La Ley 10/1986, de 17 de marzo, establece la profesion de odontologo con el fin de dar cumplimiento a uno de los compromisos del Estado EspaÒol derivado de su ingreso en la cee. Al mismo tiempo dicha Ley encomienda al Gobierno la creacion del titulo academico de la misma denominacion. Por Real Decreto 970/1986, de 11 de abril, el Gobierno a propuesta del Consejo de Universidades, establecio el titulo de licenciado en odontologia y aprobo, de conformidad con lo establecido en la Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria, las Directrices Generales de los planes de estudio a las que deben someterse las diferentes enseÒanzas conducentes a esa titulacion en las universidades espaÒolas.

Se hace pues necesario adoptar las medidas oportunas para que las universidades publicas espaÒolas comiencen a impartir estas enseÒanzas, de forma que satisfagan las necesidades sociales de estos titulados y todo ello en el marco de una necesaria planificacion general.

La Universidad Complutense de Madrid ha solicitado la creacion de una facultad de odontologia. Teniendo en cuenta la existencia en la misma de una Escuela de estomatologia que ya dispone de una infraestructura fisica y humana adecuada parece razonable la creacion del centro solicitado, lo que supondra la consiguiente racionalizacion del numero de estudiantes de la Escuela en funcion de la consideracion en comun de la oferta de odontologos y estomatologos.

Por otra parte, en tanto no tenga lugar la asuncion de competencias previstas en la citada Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria por parte de la Comunidad Autonoma de Madrid corresponde al Gobierno de La Nacion, en aplicacion de la disposicion final segunda de esa Ley Organica, la creacion de la facultad de odontologia solicitada.

En su virtud, a propuesta del Ministro De Educacion y Ciencia previa solicitud del Consejo Social de La Universidad Complutense de Madrid, con el informe favorable del Consejo de Universidades y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 17 de octubre de 1986,dispongo:

Articulo 1 Se crea, en La Universidad Complutense de Madrid, una facultad de odontologia para la organizacion y gestion administrativa de los estudios conducentes a la obtencion de los titulos de licenciado y Doctor en odontologia.
Art. 2 para impartir las enseÒanzas de odontologia, La Universidad Complutense de Madrid, utilizara el profesorado de los departamentos de estomatologia y de los de otras Ciencias de las Areas de salud, asi como los recursos materiales de la Escuela de estomatologia.
Art. 3 La Universidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en el articulo 29 y en el Real Decreto 970/1986, de 11 de abril, aprobara el Plan de Estudios de la facultad de odontologia sometiendose a homologacion del Consejo de Universidades.
Art. 4 El Ministerio De Educacion y Ciencia habilitara los creditos necesarios para la puesta en marcha y funcionamiento de esta facultad.Disposicion Adicional la facultad de odontologia de La Universidad Complutense de Madrid iniciara sus actividades en el curso 1986/87.disposiciones finales primera

Se autoriza al Ministerio De Educacion y Ciencia para que dicte las disposiciones que se requieran en desarrollo de este Real Decreto.

Segunda. El presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente a su publicacion en el .

Dado en Madrid a 17 de octubre de 1986.Juan Carlos R.

El Ministro De Educacion y Ciencia,Jose Maria maravall Herrero

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