Real Decreto 2197/1986, de 17 de Octubre, por el que se crea una facultad de Odontologia en la Universidad complutense de Madrid.
Marginal | BOE-A-1986-28129 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Real Decreto |
La Ley 10/1986, de 17 de marzo, establece la profesion de odontologo con el fin de dar cumplimiento a uno de los compromisos del Estado EspaÒol derivado de su ingreso en la cee. Al mismo tiempo dicha Ley encomienda al Gobierno la creacion del titulo academico de la misma denominacion. Por Real Decreto 970/1986, de 11 de abril, el Gobierno a propuesta del Consejo de Universidades, establecio el titulo de licenciado en odontologia y aprobo, de conformidad con lo establecido en la Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria, las Directrices Generales de los planes de estudio a las que deben someterse las diferentes enseÒanzas conducentes a esa titulacion en las universidades espaÒolas.
Se hace pues necesario adoptar las medidas oportunas para que las universidades publicas espaÒolas comiencen a impartir estas enseÒanzas, de forma que satisfagan las necesidades sociales de estos titulados y todo ello en el marco de una necesaria planificacion general.
La Universidad Complutense de Madrid ha solicitado la creacion de una facultad de odontologia. Teniendo en cuenta la existencia en la misma de una Escuela de estomatologia que ya dispone de una infraestructura fisica y humana adecuada parece razonable la creacion del centro solicitado, lo que supondra la consiguiente racionalizacion del numero de estudiantes de la Escuela en funcion de la consideracion en comun de la oferta de odontologos y estomatologos.
Por otra parte, en tanto no tenga lugar la asuncion de competencias previstas en la citada Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria por parte de la Comunidad Autonoma de Madrid corresponde al Gobierno de La Nacion, en aplicacion de la disposicion final segunda de esa Ley Organica, la creacion de la facultad de odontologia solicitada.
En su virtud, a propuesta del Ministro De Educacion y Ciencia previa solicitud del Consejo Social de La Universidad Complutense de Madrid, con el informe favorable del Consejo de Universidades y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 17 de octubre de 1986,dispongo:
Se autoriza al Ministerio De Educacion y Ciencia para que dicte las disposiciones que se requieran en desarrollo de este Real Decreto.
Segunda. El presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente a su publicacion en el
Dado en Madrid a 17 de octubre de 1986.Juan Carlos R.
El Ministro De Educacion y Ciencia,Jose Maria maravall Herrero