ORDEN DE 11 DE DICIEMBRE DE 1995 por la que se crea la agencia nacional española para la aplicacion del Programa comunitario «la Juventud con europa».

MarginalBOE-A-1995-27559
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Por Decisión número 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea de 14 de marzo de 1995 se adoptó el programa «La Juventud con Europa», destinado a fomentar el desarrollo de intercambios de jóvenes y de actividades en el ámbito de la juventud en el seno de la Unión Europea, que incluye las siguientes medidas: Acción A: Actividades intracomunitarias que afecten directamente a los jóvenes.

Acción B: Animadores juveniles.

Acción C: Cooperación entre las estructuras de los Estados miembros.

Acción D: Intercambios con terceros países.

Acción E: Información de los jóvenes y estudios en el ámbito de la juventud.

Para el adecuado desarrollo y ejecución del programa, el artículo 5.1 de la citada Decisión dispone que los Estados miembros de la Unión Europea «adoptarán las medidas necesarias para mantener y consolidar las estructuras creadas a nivel nacional».

A tal fin es necesario propiciar una gestión del programa, teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado III del Acuerdo de 30 de noviembre de 1994, de la Conferencia para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas sobre la participación interna de las Comunidades Autónomas en los asuntos comunitarios europeos a través de las Conferencias Sectoriales («Boletín Oficial del Estado» número 69, de 22 de marzo de 1995).

En su virtud, previo acuerdo con las Comunidades Autónomas y previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-Creación de la Agencia Nacional Española del Programa «La Juventud con Europa».

  1. Se crea la Agencia Nacional Española del Programa «La Juventud con Europa» con el fin de coordinar la aplicación del programa con las Administraciones de las Comunidades Autónomas y con el Consejo de la Juventud de España.

  2. La Agencia Nacional Española desarrollará las funciones necesarias para la aplicación de las medidas relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del programa, así como las de evaluación y supervisión de las acciones previstas en el mismo.

    Segundo. Composición.-La Agencia se compone de los siguientes órganos:

    1. Presidencia.

    2. Consejo Rector.

    3. Comisión Técnica.

      Tercero. Presidencia.-Ostentará la presidencia de la Agencia el Director general del Instituto de la Juventud.

      Cuarto. Consejo Rector.-Estará integrado por el Director general del Instituto de la Juventud, por los Directores de Juventud de las Comunidades Autónomas y por el Presidente del Consejo de la...

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