Ley 110/1961, de 23 de diciembre, por la que se conceden dos créditos extraordinarios por un importe total de 310.000 pesetas, al Ministerio de Asuntos Exteriores, para satisfacer los gastos que durante el año actual ocasione el sostenimiento del local ocupado por la sede del Consejo Oleicola Internacional.

MarginalBOE-A-1961-23840
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
\.
18330
29 diciembre
1961
B.
O.
de)
E.-~um.
3H
cremento
en
105
gastos
de
repa:aciôn
y
entmenlınlento
de
loca-
les,
toda
"'cı
que
ia
SUpel'ficie
de
t!stos
era
tres
\"eces
super!o!
a Inlel
edific!o
anterior
y
representaban
un
aumento
anfLlo;o
en
J05
gastos
de
ascensores,
ca!efacc1ôn,
compreı;ores,
cllnıatlzadores
e
incluso
grupos
clcctTÔoenO:i.
.
En
tal
sltuaclcn
se
lnici6
ei
procedlmlento
precl.\o
para
su·
plE'.mentnr
La
dotaciôn
ads,rlta
a
dlchas
atenclones;
per"
al
no
haberse
0torıac'o
a
tlempo
Ci
COl'respondiente
crec!lto
se
p:odu·
jeroıı
unas
ob1igaclones
;ır.:ı~g~das,
cu)'a
)iquidaciôn requie:e
ahora
UDa
lıabi!itaciôn
de
reCUrSJ5
con
el
carücter
de
credlto
f;xtraordinarlo.
I
En
su
virtud. y
de
con!ormla:ı.cı
cun
la
propuesta
cJaborada
;ıor
las
Ccrtes
Espaıi.olas.
DISPONOO:
Articulo.
pr1mero.-Se
c;ınvalldan
como
obJ!gaclones
Jeı;:ıles
del
&tado
las
cantraidas
por
el
Min~terlo
de
Obras
Pıibl1eas
en
aL
pas:ıdo
ejercicio
econ6ın1co
de
mil
noveclentos
clncuenta
y
nueve,
POl'
un
1mporte
de
un
mill6n
cientJ velntlt:es
mil
clento
setenta
y
clnco
pesetas
con
trelnta y
dos
centimos.
excedlendo
la
rcspectiv:ı
co:ı.i;ııacI6n
presupuesta,
y relativas a
gastos
de
conservaciôıı.
reparaci6n,\
re!orma
y
h:ıbllltac!6n
de
laS
depen-
dencias
del
Departamento.
Artlculo
segundo.~Para
satlsfacer
la:;
.ıbllgaClones
a
QUe
se
refie:e
el
articulo anterlcr.
se
concede
un
credito
extıııordinario.
por
cl
ınd!cado
!mporte
de
un
mllL6n
ciento
veintitres
ınil
clento
setenta y
ciıico
pesetııs
CJn
trelnta y
dos
centimo5.
!lp!lcado
Presupuesto
en
vlgor
de
la
Secci6n
dJecl.Slete
de
Obligaclones
de
105
Dep:ırtamentos'
mlnlsteriales.
c..\1lnisterlo
de
Obras
Pıl-
.
blicas»;
capitu!o
tre5clento~.
«Gastos
de
los
Servlclos»;
artlculo
i
trescie:ıt~
treinta,
«
de
NnservacJ60
y
reparacidnıı:
servl.
eio
tresclentos
velntluno.
«Min1sterio.
Subsecretar!a y
Serv!clo~
generaıCs»;
concepto
ııuevo
trescientos
tielnta
y1os.
trescientos
velotiuno,
.
ArtJcu!o
tercer.:ı.-El
!ınporte
ii
cıue
asc.lende
menclonado
credlto
extraorcllnarJo
se
cubrirfı
en
la
forma
deterınlnada
por
el articulo cuarenta
y
uııo
de
la
vlgente
Ley
de
Adm1ni.straci6n
y
Contabilldad
de
la
H:ıclendıı
Pübl1cıı.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
il.
veıntltr~
de
diclembre
de
mil
ııovec1entcs
sesenta
y
uno.
FRA1iCISCO
FRANCO
LEY
109/1961,
de
23
de
dıctemııre.
por
la
que
se
conce·
dc
un
cridito
e:rtraordirıar!o
de
32.113.750
pesetas
al
Mi-
nlsterio
de
Asuntos
Exteriores,
con
destino
satisfacer
-
gasto3
resel'rados
dd
Departalllento,
conlorme
a
planes
aprobados
por
el
mi.smo.
Apreci:ıda
po~
ci
Ooble:no.
ıı.
propuesta
del
Mlıılsterl0
de
Asuntos
Asuııtos
Exteriares,
la
necesldad
de
Uevnr
a
efecto
de-
termiıı:ıdJs
gastos
de
catiıcter
resen'Uca,
entre
las
que
no,figura
nlnguno
que
lmpl!que
:iumento
de
pe~sonal
fijo,
se
ha
estimado
adccuad:ı
la
habilitacion
de
un
credlto
extraordiııArio
expresa-
meııte
destlnado
a
ellos.
.
En
su
vlnud, Y
de
con!ormidad
don
la.
propue.sta
elaboracla.
pvr
lııs
Corte.s
ESPa.nOlas.
DISPONGO:
Articu!c
prlmero.-Se
concede
un
credlto
cxtraorclıi.ario
de
tre!nta Y
dos
milloncs
ciento
trece
miL
seteelentas.
c!ncucnta
,peset:ıs.
apl1cado
presupuesto
en
vlgor
de
la
SerCıcn
doce
de
Obli~aciones
de
los
Dep:ıl'tameııtos
mlnisteriales.
(cMinistcrio
de
Muntos
Extsl'lores»;
capitulo
t'l'escieı:tos,
de
10,
Se:-
vicbs»: articulo
trescJentos
clncumta,
«Otros
gastos
ordinıı.rlos»;
serviciv
cJento
clncuen~a
y
uno.
«Mlııisterlo.
Subsecretarln
y
Ser-
"icias
generaleş»:
concepto
tr~scientos
cincuenta y
~uatro
cicntcı
cincucnta y
uno,
subconcepto
atilcionaı.
con
destlna
a
sa·
tlsfacer
gastos
de
earücter
reservado
de
Espa1ıa
en
extr:ınler.:ı,
conforme:ı.
planes
aprobados
por
el
Departameııto.
.
Articuia
segun~o.-El
lınporte
a
que
asclcnde
mencloıır,do
crcdlto
e:-:traürdlnarlo
se
cubrlra
en
La
forma
detcrrr.lnada
por
articulo cuarenta y
uno
de
la
v!gente
Ley
de
Admlnist:ac16n
Y
ContablUdad
de
la
Haclenda
Pıibllca.
Dada
cn
el
Pnlaclo
de
E!
ParC!o
a
velnt1tr6s
de
'dlc!embre·
..
mil
novecientos
se~enta
y
\lIlo.
.
lRANCISCOFRANCO
LEY
110/1961,
ee
2~
de
d.iclem1re,
por
la
que
se
COIlC/lo
den
dos
creditos
e.ı:traordincıTios,
'Por
un
i1lıporte
total
de
310.000
ımetas,
al
Ministerio
de
Asuntos
EXlenore.i,
para
satisfa.cer
10:
gaötos
que
durante
el
ano
a~tua!
ocaslone
el
sostenimiento
de!
loeal
ocupado
por
sede
del
Consejo
Olelcola
(nterııacional.
Aceptndo
por
103
Nadones
Unlda~
e5tRblec!m!e!lto
eıı
Ma-
drid
del
Coıısejo
O!eicola
IcternaclJnal. resulta
necesar!o
que
Estndo
fl'la.'lcle
105
g:ıstos
del
lucal
e!l
que
m!smo
reside
y
que,
a
tal
e!ecto.
se
habı:ıtcn
103
Ir.dlspensables
recursos,
tcda
vez
que
se
trata
de
una
nuev:ı.
ab]!
;aci6n
no
dotadn
en
los
pre·
~upu~stos
vi~entes.
,
En
su
vlrtud
y
de
con!ormidnd
con
Lıı
propuesta
claboraaıı.
Por
las
Cortes
Espaiiolas.
DISPONOO:
/
Articulo
prlmero.-ı'Se
conceden
dJ5
creditos
eKtraordJnarios
por
un
importe
total
de
tre~cientas
d.i~z
mil
peşetas,
aplir:ıdos
al
presupuestci
en
vlgor
de
IR
Se~c16n
doce
de
OOl1gac!ones
de
los
Departamer.tos
mln1sıcrlu;es,
c(!\Ilnlsıerlo
de
Asuntos
Exte-
rlores!);
capitulo
doscientos,
«Material.
alqulleres
y
entr"t~ni
miento
de
localeSl);
servlclu
clento
cln~uenta
y
uno,
«Minlsterio,
Suhsecretaria
y
Scrvlclos
generalesı),
de
cuyo
Importe
clento
cuareııta
:i
dos
mlJ
pesetas
se
apllcal'an
al
articulo
dos~ıentos
dlez,
«wlnterlaı
de
oflcinas
Ov
lnvent3rlable»,
concepto
dooden-
tos
onc~
-
clento
cincucnta
y.
uno,
5ubconcepto
nuevo.
con'
destino
a satisfacer
los
gasto~
de
conservaciôn
y
Iimpleza,
fluido
'electrlco,
cale!acci6n,
te!e!.:ınos
y
otros
l1e
ın
s~de
del
Consejo
Oleicolıı.
Intemaclonal. durante
el
aiio
r!l
curso
..
y
clento
sesenta.
y
ocho
mil
al
articulo
dascieııtos
trelnta,
«Alqui1eres
y
obrıı.s
en
edU!cios
arreodadasıı;
concepto
nuevo
dosclentos
treinta y
cin-
co-clento
cincuenta y
uno,
para
sat1~accr
10s
a1quileres
del
aı1.J
actu1l1
del
edlflclo
QCupado
por
dlcho
COI'.seJo
Oleico1a
In-
ternacldnal.
.".rtlculo
segundo,-EI
lmporte
a
que:
asclenden
losmenciona.-
dos
creditos
extrnordJnarios
se
cubrlr:ı.
en
la
foı:ma
determ1nadi
por
e1
artlculo
cuıırenta
y
uno
de
la
vl1ente
Ley
de'
AUr.ıı1oıs.
tracion
y
Contabllidııd
de
la
Haclenda
publica.
f
Dada
en
el
Pa1aclo
de
El
Pardo·
il
velot!trc!s
de
·dlclembl1
de
mil
novecle.ntos
ııesentıı
y
una,
FP ..
'oNClSCO
F&ANCO
LEY
111/1961.
de
23
de
diciembre,
por la
que
se
conce-
den
dos
criditos
c:ı:traoTdınarios,
im'{lortantes
en
junto
1,ıı7.000.000
d.e
p~setas.
al
MinisteTio
c!e
la.
V!vlenda,
con
destino
a
financiar
lCLS
artitidııcl~s
encomendadas
al
ınstituto
Naciona1
de
la
liivienda.
La
activldad
CJnstructıva
que
In
Obra
Slndlcal
de}
Hegar
vlene
desarrol!ando
con
car;o
al
Plıı.n
Naclona1
de
la
Vlvi2nda
Y
al
Plan
de
Reserv:ı.
il
oue
se
reflere
~l
Decreto
de
dlı>clslete
de
novlembre
de
mll
noveclenLos
sesenta
origlna
aL
Instltuto
Nnclonal
de
la
V!vlenca
una
l:ısurıc!encla
de
recursos
con
los
que
hacer frente
:ıl
pa:;ə
de
10s
ant1cipos,
prestamos
y
prlmas
i
Que
para
la
flnanclaclön
de
dlchos
tı:abajos
tlene
que
renlizıi.r.
A!l:ilogamente
y
en
cuanto
se
re:lere a
los
bene!lcios
Que
el
ın1smo
Instituto
concede
para
ıla
const:uccl6n
de
"lv!endas
en
Billi
di!
eremes
modalia:ı.des,
se
aprecla
otra
ııctabl
e
ınsufic!enc1a
de
recursos
para
hacerlvs
efect.lvos,
que
cs
tamblcn
aconseJabıe
remediar
para
que
no
~ufra
lnterrupc16n
nl
dlsminuc16n
a!guna
La
gran !abor
qUe
er.
este
aspecto
se
vle:ıe
l·ealıZa:ı.do
desde
hnce
algunos
anos
en
!avor
de
las
ına.s
modestas
cJases
socialea
del
pals.
.
A
dlchos
fines
se
ha lnstruidc
un
exped!ente
de
hnbll!tacl6n
de
recursos
extraordiııarios
y
de
rati!icac16ıı
al
ınstltuto
de
la
facultad
de
otorgar
105
prestamos
a
La
Obra
Slndkal
con
cargc
a
sus
crecitc~,
en
sustJtuci6n
de
lasemls:aneı
de
cedulas
que
le
autoflzaba a
realizər
el
Decretc"ley
de
veiııtlııue\'e
de
maye
de
mlJ
noveCıentJ5
cincueııt:ı
y
cuatro
aprobatorlo
del
cltado
Plan
ijaclonal.
En
su
vlrtud,
y
de
conformldıı.d
con
la
propuesU.
eJııborllıla
por
ıa.s
Corte:ı
Espaı1o!aı;.
DISPONOO:
Artfcul0
prlmero.-5e
conceden
dos
crCdltos
e:ı."traordlna.rlo.s.
p;ır
un
Importe
totnl
de
mil
c1ento
dledsl~;e
mUlones
de
pe-
setas.
aplicııoos
al
Pl'esupuesto
en
vlgor
de
la
Secc16n
velnti-
clnco
de
Obllgaclones
de
10s
pepart:ımentos
mlnlsterlales.
u..'\flə
nıs.erlo
de
La
VlvlendıP;
capltuJo
cuııtrocle.nto:.
oıSubveı:ıcio.ııe.s,

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