Ley sobre concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 23, «Ministerio de Comercio», de un crédito extraordinario de pesetas 1.072.605.395, para subvencionar al Sector de la Pesca suministros de gas-oil y fuel-oil, por el período de tiempo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 1977.

MarginalBOE-A-1978-13823
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
Ií.
O.
del
E.-Num.
128
30
mayo
1978 12441
13823
13824
13825
LEY 23/1978, de,
2e
de
mayo,
.obre
concesión
al
Presupue,to
en
'vigor
de
la
Sección
23,
.Ministerio
de
Comercio
..
,
de
un
crédito
extraordinario
de
pe-
.setas 1.072.805.395, para ·subvencionar
al
Sector de
la
Pesca
suministros
de
gas-oil
'Y
(uel-oH.
por
el
periodo
de
tiempo
comprendido
entre
elIde
JuUo
.)'
el
30
de
septi.embre
de
lfJl7.
De
conformidad
can
la
Ley
aprobada
por
las
'Cortes.
vengo
en
sancionar:
.
Articulo
primero:-S9.
legitiman
los
gastos
derivados
de
los
Acuerdos
del
Consejo
de
Ministros
de
diecisiete
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
en
relación
con
el
otorgamiento
de
subvenciones
al
Sector
de
la
Pesca
por
los
suministros
de
gas-
oil
y
fuel·oil,
por
el
período
de
tiempo
comprendido
,entre
el
uno
de
Julio y
el
treinta
de
septiembre
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
Articulo
segUndo.-Se
concede
un
crédito
extraordinario
de
mil
setenta
y
dos
millones
seiscientas
cinco
mil
trescientas
.
noventa
y
cinca
pesetas,
aplicado
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Sec<:i>
vaintitrés.
.Ministerio
de
Comercio,,;
servlcio
doce,
.Subsecretaríade
la
Merina
Mercante,,;
capitulo
cuatro,
",Transferendas
corrientes,,;
articulo
cuarenta·y
cinCO,
.A
Em·
presas,,;
conoepto
nuevo
cuatrocientos
cincuenta
yseis,
.Para
subvencionar
al
SeCtor
de
la
Pesca
por
los
suministros
de
gas·
oil
yfuel-.oil
realizados
en
el
períOdo COmprendido
entre
el
uno
de
}ulio y
el
treinta
de
septiembre
de
mil
novecientos
setenta
y
siete,,:
Dada
en
Madrid
liL
veintiséis
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho.
JUAN
CARLOS
El
Presidente
de
1u
Cortel.
ANTONIO HERNANDEZ GIL
LEY
24/1978,
de
26
de
mayo.
80Qre concesión
de
dos
créditos
extraordinarios,
par
un
importe
total
de
1.328.900.000 pesetas,
para
abono
del
subsidio
de
desempleo o
ayudas
equivalentes
a
la
jubila-
ción
anticipada
a
lo.::
trabajadores
de
la
flota
pes·
quera
del
Norte)'
Noroeste
de
España
)'
de
sub·
yenciones
alos
armadores
de
la
misma
flota.
De
conformidad
con
la:
Ley-
aprobada
par
las
Cortes,
vengo
~n
_
sancionar:
Articulo
,primero.-S·e
reconocen
como
obligaciones
legales
del
Estado,
en
la
parte
que
no
puedan
ser
cubierte.s
con
cargo
al
Fondo
Naci,onal
de
Protección
al
Trabajo
O
al
Instituto
Social
de
la
Marina,
las
derivadas
de
los
acuerdos
del
Consejo
de
Ministros
da
cinco
de
agosto
de
mil
nOvecientos
setenta
y
siete.
en
relación
con
el
otorgamiento
de
subsidio
de
desempleo
o
de
ayuda
por
jubilación
anticipada
a
los
trabajadores
de
la
nota
pesquera
del
Norte
y.
Nároeste
de
España,
'que
faena
en'
las
aguas
jurisdiccionales
de
la
Comunidad
Económica
Europea
y
de
sultvenciones
a
los
armadores
de
la
mi~ma
nota
pesquera.
-
Articulo
segundo.-Se
conced'~n
dós
créditos
extraordinarios
por
un
1mporte
total
de
mil
trescientos
veintiocho
millones
novecientas
mil
pesetas,
con
aplicación
al
Presupuesto
en
v~gor
de'
la
SeccióQ.
cero
ocho,
",Fondos
Nacionales",
Servicio
cero
tres,
!OFondo
Nacional
de
P...rotección -al
Trabajo".
capitulo
cua-
tro',.
",Transferencias
corrientes",
articulo
C'\18I'enta y
ocho,
",A
famlltas".·
concepto
nuevo
cuatrocientos
ochenta
ydos, "'Al Pa-
tronato
Administrador
del
FOndo,
-para
el
pago
del
subsidio
de
desempleo
o
ayudas
equivalentes
a
la
Jubílaci~n
e.nticipada
a
los
trabajadores
de
la
flota
pesquera
del
Norte
y
N0roeste
de
España
que
faena
en
lás
aguas
Jurisdiccionales
de
la
Comu-
nidad
Económica
Europea",
"por
importe
de
trascientos
cin-
cuenta
millones
cien
mil
pesetas,
y
otro
de
novecientos
setenta,
y
ocho
millones
ochocientas
mil
pesetas,
aplicado
al
mismo
Presupuesto
de
la
St'cción
diecinueve,
«Ministerio
de
Tr.abajo_
(SanIdad
y
Seguridad
SociaIJ;
Servicio
.cero
ocho,
.Dirección
.General
de
Ge'stión
y
FinanCiación
de
la
segundad
Social".
capitulo
cuatro.
.Transferencias
corrlentes-,
articulo
CUarenta
y
cuatro,
",A
la
Seguridad
Social»,
oonoepto
nuavo
cuatrocientos
cuarenta
y
seis,
..
Instituto
SOcial
de
la
Marina.
Aportación
del
pago
del
subsidio
de
desempleo
a
los
trabajadores
de
la
flota
pesquera
del
~orte
y
Noroeste
de
Espaf1a o
de
subvenciones
a
los
armadores
de
la
misma· flota.
que
faena
en
las
aguas
jurisdiccionales
de
1&
Comunidad
Económica
Eur;opea...
Articulo
tercero.-El
Ministerio
de
Hacienda
pOdrá
acordar
las·
transfetenCias,
en.tre
los
expresados créditos
extraordinario.
que
sean
necesarios
pata
1&
realización
'del
prograinfJ
conjunto
de
ayuda
a
la
flota
pesquera
del
Norte
y
Noroeste
de
Espaiia.
Dada
en
Madrid
a
veintiséis
de
ma10
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho.
JUAN
CARLOS
El
Presidente
de las
Cortea,
ANTONIO HERNANDEZ GIL
LEY
25/1978.
de
28
de
mayo.
sobre
concesión
al
Presupuesto
en -vigor,
de
la
Sección
31,
.Gastos
de
diversos
Mint.sterios",
de
tres
créditos
extraordina-
rios.
por
un
importe
total
de
3.190.000.000
de
pese-
tas,
para
dar
cumplimiento
a
lo
dispuesto
en
el
Real
Decreto·ley
3411977,
de
2
de
junio,
sobre
el
Fondo
Nactonal
de.Cooperadón
Municipal.
)'
otras
medidas
de
cooperación
entre
el
Estado ylas
Cor-
poraciones
~ole8
.
De
conformidad,
con
la
Ley 1toprobada
por
las
Cortes.
vengo
en
sancionar:
Artículo
prímero.-Se'
conceden
los
siguientes
créditos
extra·
ordinarios
a
la
Sección
treinta
y
uno
de
los
Presupuestos
Gene-
rales
,del
Estado,
cGastos
de
diversos
Ministerios
..
;
servicio
cero
dos,
.Dirección
Geñeral
de
Presupuestos.
Administración
Local-,
con
el
siguiente
detalle:
.
Concepto
434,
·nuevo.-Para
satisfacer
a
los
Ayun·
tamientos
el
20
por
100
de
la
participación
que
a
los
Municipios
recónoce
sobre
la
recaudación
por
Tasa
del
juego
el
Real
Decreto-ley
16/1971,
de
25
de
febrero
~...........................................
250 000 000
Concepto
435,
nuevo.-:-Para
satisfacer
al
Fondo
Na-
cional
de
Cooperación
Municipal
el
80
por
100
de
la
participación
de
los
.Ayuntamientos
en
la
Tasa
del
Juego
1.000.000.000
Concepw-
436,
nuevo.-Para
satisfacer
al
Fondo
Na·
cional
de
Cooperacfón
Municipal
la
participación
del
1
por
100
de
la
recaudación
de
la
imposición
indirecta
desde
1
de
julio
de
1977,
que
le
recono-
ce
el
articulo
octavo
del
Real
Decreto-le'y 34/19.77,
de
2
de
junio
;....................
1.940.000.000
---~
3.190.000.000
Articulo
segundo.-Los
prpcedentes
créditos
se
abonaráD
en
función
de
la
recaudación
que
-efectivamente
se
obtenga
de
los
recursos
afectados
y
serán
considerados
ampliables
para
el
su-
puesto
de
que
tal
recaudación
efectiva
sea
superior
a
la
toma-
da
en
consideración
en
los
cálculos
realizados.
Dada
en
Madrid
EL
veintiséis
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho.
JUAN
CARLOS
El
Presidente
·chl
las
Cortes.
ANTONIO HERNANDEZ GIL
13826
LEY
:Z8Ilf1l8,
de
26
de
mayo,
BObre
concesión
al
Presfllpuesto
envigar
de
la
Secctón
11,
.Presidencia
del
Gobtemo-,
de
un
crEtdUo
extra.ordinario
de
pe-
.eta'
8.001J.488.9lJ.
para
financiar
1O8
servicio.
de
la
Admtnistraci6n
tnstUucional
de
Servicio'
Socio-
profestonaJe.
transferido.
al
Estado,
Organt,mo,
autónOmos,
corrBsponctiemel
a
los
meses
de
no-
viembre
y
diciembre
de
JfIlr.
De
oonformidad
con
1&
Ley
aprobada
por
las
Cortes:
vengo
en
sancionar:
Artículo
t.nioo.-8e
OQil.oeden
dos
créditos
extraordinarios.
por
un
importe
total
de-
ocho
mil
ocho
m1llon-es
cuatrocientas
sesenta
y
ocho
mil
novecientas
once
pesetas,
uno
de
tres
mil
ochocientos
noventa
y
ocho
millones
doSdentAs
treinta
mil
cua-
renta
y
~uatro
-pesetas,
000'
aplicación
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
sección
once,
.PreBidenda
del
Gobierno.;
servido
cero
uno,
",Presidencia,
Subsecretaria
yServic:ios
Generales-;
capi-
tulo
cUatro,
.Transferencias
corrientes,,;
artIc1Ilo
cuarenta
y
dos,
cA
Organismos
autónomos,,;
concepto
cuatrocientos
veinti~
cinco,
.A
1&
Administración
Institucional
de
Servicios
Socio·
prot03S1oriales,
para
el
desarrollo
de
las
actividades
correspon-
dientes
alos'
meses
de
Doviembre
.,
diciembre
de
1977-,
'1
otro
/

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