Ley 95/1962, de 24 de diciembre, por la que se concede un suplemento de crédito de 137.744 pesetas a la Presidencia del Gobierno con destino a satisfacer durante el año actual obras urgentes de reparación en la fachada principal del Palacio de los Consejos, sede del Consejo de Estado.

MarginalBOE-A-1962-24400
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Nıim.
310
,
z1
diciembre
1962
18299
LEY
95/1962,
~
24
de diciembre,
POT
la que
se
con-
cede
un
suplemento
de
credfto
de
137.744
peseta8
4 la
Presidencia
de!
Gobierno con
destino
a satisfacer du-
rıınte
e!
ano
actual
obras
uTgentes
de
reparac!On
en
la
lachar1a
principal
de!
Pa1aclo
de
Ios
Consejos,
sede
de!
Consejo
de
Estado.
Apreclada
la
nece.sldad
de
llevar a
cabo
en
breve,
p1azo
de-
terınınada.s
obra.s
extraordlnarla.s de reparac!ôn en la facbada
pnncıpal
del Palaclo
de
105
Consejos
de
Madrid,
.sede
del
con-
sejo
de
&Stado,
gasto para el
que
ne resulta
ba.staı:ıte
la.
con-
slgnacl6n presupue.sta destinada a
la..s
atencione~
normales de
conservacl6n del menclonado edlficio.
En
su
vlrtud, y
de
conformidad con
la
propuesta elaborada
por,
las
Cortes
Espaıiola..s,
DISPONGO:
Artlculo
pr!ınero.-5e
concede
un
.5uplemento
de
credlto de
clento trelnta y siete
mil
seteclenta.s cuarenta y cuatro pese-
tas. aplicado al presupuesto en
vigor
de
la.
Secci6n
once,
de
Obllgaclones de
105
Departamentos
m!nister!ale.s,
cıPre.sidencla.
del
Goblernol); capitulo tresclentos,
«Gast05
de
105
servlclOS»
,
articulo trescientos trelnta, «Obras
de
conservacl6n y
reparıı
ci6nıı;
servlc!o clento
cfnco,
«Consejo
de
EstadoD,
concepto clen-
to
c!nco
mil trescientos treinta y uno, «Para las obras
de
con-
servacl.ön
y reparaci6n
del
Consejo
de
EstadoD,
por
UDa
sola.
vez.
ArUculo
segundo.-E1 lmporte a
que
a.sciende
el
meneıonado
credito .suplementario
se
cubrlr:i en la forma
deterıninada
por
el
:ırt1culo
cuarenta y uno
de
la
vigente Ley de Admlnistra-
elan y
Contabi1idacl
de
la Hacienda
pub1!ca.
Dada en
el
Palacio
da
II
l'ardo a vefntlcuatro de diclembre
de
mil
novecientos sesenta y
dos,
FRANCISCO
FRANCO
LEY
96/1962.
de
24
de diciembre de
concesi6n
al pre-
supuesto
en
v!!lor de la secci6n' 7 de Obllgaciones Ge-
nerale.s
del
Esta.d.o,
«Tribunal de
Cueııta.ııı,
de
recursos
en
cuantla.
de
366,096
pesetas,
con
destino a
satislacer
atenciones
de
dicho
TribunaZ
d.erivadas
de la
puesta
en
ııfgOT
de,la.
Ley
d.e
23
de dlciembre
pr6Ximo
pasado.
Por
Leyes
numeros ochenta y seis y ochenta y sJete. de
ve1n·
t1tres
de diciembre
de
mil
novecJent05
sesenta y uno. se
ıncre
mentaron
la..s
plantill:ı.s
y dotaciones
c1el
personal
c1el
Tribuno.l
de
Cuentas y se modlflcaron algun05 art!culos
de
10.
LeY
orgil·
nica
del mismo,
Para la efectivldad
de
105
preceptos
contenic1os
cn
aQuella.s
dlsposiciones
se
fnCıuyeron
en
los
Presupuestos generalcs
del
Estado para
el
aı'lo
en curso las
c:ıntic1ades
precisas.
Ello no 'obstante,
quedaroıı
sin dotar
algımos
serv1cios
que
tamblı!n
tienen su origen en
el
cumpllmiento
de
las
citacıas
leyes,
10
que
ha.
dada lugar
0.
10.
tramitaci6n 'de un expedlente
para obtener la
conces16n
de
varios creditos suplementar10s y
eı:traorc1ino.rios
que
suplan aquella ralta
c1e
recurı;os.
expe-
diente que.
de
o.cuerdo
con
10
al etecto dispuesto en la Ley
de
Adm1nlstraciôn Y contabilldad.
ha
pasado a
dictaınen
de
la
ıntervcnciôn
General y del
coı:ı.seJo
de
Estado. que
10
han
eınitlc10
en sentldo !avorable.
ED
su virtud. y
de
conformidad
con
III
propuesta elaborada
por
las
cortes
Espafıolas,
DISPONGO:
Articulo primero.-5e
con
ee
den
105
slgııientes
credltos,
!ın
portantes en total trescientas sesenta y
sels
mil noventa Y
selS
pesetas,
aplicados al
pre.supuesıo
en vigar
de
la
SeccJon
siete de
Obligaclones
Generale.s del Estado, «Tr!bunal de cucnta.s»;
servlclo
cero noventa y tres, «5erviclos
CieneraleS».
y
coı:ı
arre-
glo
al slguiente detalle:
Dos
suplementos
de
credlto por la suma
de
dosc:entas sesen-
ta
y
sels
mll noventa
'S
sels
peseUls
al capltulo clento. «PersonaJ»;
artlculo clento velnte. «otras
rcmuneracioı:ıes»,
de
la.s
que
oua-
tro
mil se
aplicarı'ın
cancepto noventa y tres mil ciento
vein-
tlclnco,
subconcepto tres, para gratif1caclön a un Censor
de-
cano
sobre
los
nucve
que
nguran; y dosclentas sesenta y
dos
miL
noventa y seis
al
concepto noventa
'Y
tres mil ciento
vefn-
tiseis.
«Gr:ıtiIicaclôı:ı
por
especla1fzaci6n
v responsabilidad
de
funcJoneıı,
y
eı:ı
raz6ıı
de
reln.tegros
obte/ıidos,
etceteTaD,
y
un
crec11to
extraordlnario
de
cien mil pesetas al capitulo
do~den-
tas, «Material, alqulleres y entretenlmlento de locales»; articulo
doscientos veinte. u.\iaterlal
de
oficlnas
1nventarlable~;
concepto
noventa y tres mil
doscientos
veintluDo,
de.stinado a
la
aaqwa-
ci6n
del
mobillarlc;
preclso
para
la
lı:ı.sta1a.c16n
de
106
nuevos
c1ea-
pachos para cuatro Mlnlstros y un Teniente Piscal
(crect.ıto
por
UDa
.sola
vez).
ArtiCUıo
segundo.-El importe
ii
que
asclenden
106
menclo-
nados recursos
se
cubrira en
la
forma
determ1nac1a
por el
ar-
ticulo cuarenta y
uno
de
la vlgente ~y
ele
AdmlnıStraci6n
y
Cont3bilidad
de
la
Hacienda
Pı1bl1ca.
Dada en el PalacJo
de
EI
Pardo a veintlcua.tro
de
d1dembre
de mil noveclentos sesenta y
dos_
FRANCISCO
FRAHCO
LEY 97/1962, de
24
de
cUciembre.
por la
que
se
con-
cede
un
suplemento
de credito
de
400.000,000
de
peıe
tas
a la Presidenci4
deZ
Gob1mıo
paTıı
la
TtlllUııcI6n
de
planes
de
uT!Jenci4
econ.6mico-sociales
aprobados
'Per
el
Gobierno.
Los graves
dafıos
que
en diversas provlnclas
orı.glnaron
105
temporale.s
habido.s
en
105
\iltimos
mese.s
han Ilecho
inc!lBpen.
sabl~
acudir
eD
su ayuda por
m~dio
de
la.
aprobaci6n de
p1ane:ı
de urgencia
ecoD6m!co-sociale.s
que.
:ıdeınAs
de
remediar
105
perJulCıos
sufridos.
ayuelen
a
lııs
regioneıı
afectada.s con
mec11.
das que evlten. en
10
poslble.
la
repetlc!on de
sıtuac!one.s
ana.
logas
y
creeD
nuevas !uentes
de
producci6n y trabajo.
La cobertura
de
estos
planes
ha
exlgldo
el
dl.sponer
del
cre.
dito afecto a
105
provlnciales, sin
Que
cllo
suponga, en deflnltiva,
un mayor ga.sto sobre
el
total prerupuesto
de
estas ultimos. ya
que
1as
medidas
de
urgencJa
a.doptad!l.S
ae
han
hecho sobre la
base de ade1antar
la.
eJecuci6n
de
105
proyectados
eıdstente!
de
las mlsmos.
Ello no obstante,
e.s
preciso reponer
103
recursos as! utlliza.
dos
para impedir
que
pueda presentarse UDa lnsuflc1encl&
econ6mlca que parallce 0
d.emore
las
que
alguen el ritmo de
la
planiticac16n
ord1narla.
En su virtud, y
de
colı!orm1dad
con
la
propuesta elaborada
por las Cortes
Espa1iolas.
DISPONGO:
J\rticulO
primero.
-Se
concede
un
suplemento
de
crı!c11to
cıe
pescta.s
cuatrocientos
millones
al figurado en el prpsupuesto en
vlgor
de
10.
Se
cci6n
once
de
Obl1gacione.s
de
1as
Departamentoa
ııunıster1ales,
«Pre.sldencia
del
Gobiemo.; capitulo setec!enWl,
Wlverslones productoras de
In.gresos»,
artlculo setedentos
c11e:,
uconstrucclones e instalaciones y ampliaci6n y re!orma
c1e
iu
eXistentesıı;
servicio ciento
uno,
cU'reı;ldeDcia
y Serviclos
gene-
rales»; concepto ciento un
mil
~etecientos
doC/!o
«Para
atenc1er,
previa
diııtribuci6n
acordada
en
Consejo
de
Mlnistros.
0.
loa
gastos
que
oc&ione la
ejecuclön
de
l~
planes provmciales
de
obr8.'l,
etcetera», CO:l destino a la realizaci6n
de
las PIanes de
urgenc!a
econ6mlco-social
aprobados
por
el Gob!erno y
con
el
caracter de «por
uım
sola
vezıı.
Articulo segund'o.-El importe a
que
asciende el
menclonaclo
suplemento
de
credito
se
cubrirU
en
la
fo~a
determinadıl
por
el
artlculo cuarenta y
UDO
de
la
vlgente
Ley
de
Ac1m1nistra-
ci6n
y Contabilidad
de
la
HaCıenda
PUbllca.
Dada' en
el
Palacio
El Pardo a ve!ntlcuatro de diciembre
de
mil
noveclentos
sesenta.
y
<100,
FRANC!SCO
FRANCO
LEY
98/1962,
de
?ıl
de
dic:iembTe,
'Pi1f'
la que
:e
con-
cede
un
sup!eıneııto
de
CTf!ılıto
de
26.313,250
peşetas
III
Ministerio de!
AJre
con
destino " satisfacer
obra.1
de
amp!iaci6n y
repe7'fi.1ado
de
!a
pista
de
ııuelo
de la
Base
Aereıı
de
Getate,
LOS
convenios eld$cntes entre
laıı
Fııerzas
Aereas
AmerI-
canas y = Empresa
cSPtWola
para
la
urgente
revis!6D
de
c1e-
termlnado material
de
vuelo
de
aquella.s
ex!ge
la
utı1izacl6n
de
la
actual pista
de
la.
:6a.se
Aerea
de
Getafe, que en
la.s
conc11-
c!one.s
en
que se
encuentro.
resulta
!ı:ıservible
para dicha flnall-
dad.
debic10
tanto
0.
la
e~~a
longitud
que
tiene
como
a
~u
mal
estado
de
coı:ı.servaciôn
Para
remediar
csta.s
deficiencias
es
preciso
la
lnnıediıı.ta
eje-
cucJ6n
de
determiDııdas
ooras
de
amp!jaci6n y
repeı1ilado
en el
terreno
de
vuclo
de
que
se
tro.ta. para
cuyo
iasto
DO
cIispone
el

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