Ley 113/1961, de 23 de diciembre, por la que se concede un crédito extraordinario de 1.403.509 pesetas al Ministerio del Aire, con destino a satisfacer a la Compañía Transmediterránea y Ferrocarril de Salamanca a Bilbao, S. A., servicios prestados en el año 1960.

MarginalBOE-A-1961-23843
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Nıim.
311
29
diciembre
1961
18331
auxilios
y
partıcıpaclones
en
ın;resos»;
articulo
cuatrocıentcs
diez,
«!ı-
!avor
de
Organlsmos
aut6nomos
y
Entidades
y
Emp,e-
s:ı.s
pııbllcas.;
servlcl0
QuJnlentos
cuatro,
«Direcc16n
General
ee
la
Vlvlendaıı:
conceptos
nıiıneros
cuatrocientos
doce·
qui·
nientos
cuatro
y
cuatrocizntos
trece
-
quinientos
cuatro,
con
La
ctlstrlbuclôn
y
t1nal1dııd
que,
respect!vamente,
se
detallan:
seisCıentos
ml1lones
de
pesetas
en
cJncepto
de
subven&n.
que
perınıta
t1nanclar
al
Inst!tuto
Nacldnal
de
la
Vivie.'lda
en
el
presente
eJerclclo
las
obras
que
real1ce
la
Organizacıon
Sincı·
cal
con.
cargo
al
PJa:ı
Nııc10nal
de
la
Vlvlenda
de
mil
ncve-
cıentos
c1ncuenta
y
cınco
y
al
P:an
de
Reservas
a
oue
se
re[ıere
el
D2creto
n(ım~ro
dos
mil
doscientos
veintinueve,de
mil
nove·
cıentos
sesenta;
y
quhılen:os
dleclslete
millone~
de
pesetas
pa"a
-
fi::anclar
1as
aetlvldades
de
tlpo
general
encomendadas
aL
Ins-
t!tuto
Nac10nal
de
la
Vlvlenca.
.
Artlculo
segundo,-E!
lmporte
il
que
asclend'en
105
mencIona·
dJS
credltos
extI'BorC:lnarlo:;
se
cUbrll".l
en
la
forma
determlnadıı
por
el
art!cu!o
cuarenta
y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
AdminIs-
traci6n
y
Co.'ltab11ldad
de
La
Haclenda
Piıblica:
Articulo
tercero.-Se
r:ıtıflca
la
autorizncl6n
oto:-g:ıc:ı
al
Ins-
tituto
Naclonal
de
la
Vlvlenda
por
e1
articulo
dlec1oC'hə
de
la
Le:;
y
por
el
cuarenta
j'
slete
del
Reglamento
de
V!vlencas
de
Renla
Llınltadə
para
otorgar
prestamos
a
la
Obra
Sindiral
dcl
Hogar
y
de
J\rqultectura,
ccn
cargo
al
credlto
əportu.-:o,
en
sus-
tıtuc16n
de
ıas
eınlslones
de
cectuıa~
y
por
el
slstema
eslab:ec!do,
con
e~ta
exeepcl6n.
por
lcs
De~retos·leyes
de
veint!nuev~
de
maya
de
miL
naveclentos
c!ncuenta
y
cuatro
y
diez
de
agosto
de
ml!
novedentos
clncuenta
y
clnco.
Dada
en
el
PaJaclo
de
El
Pardo
a
ve1ntltres
de
dlclembre
de
mll
noveclentos
sesenta
y
uno.
FRANCISCO
FRA.."'CO
LEY
ZlZ1Z961.
de
23
de
diCıemÖTe,
por
la
que
se
co;:ce·
de
un
C1~dito
extrflDTc!inarlo
de
ı5S,5i4.i~O
pesetas
a
uGastos
-de
laı
Contribuciones
y
Rentas
Pılbli~asD.
para
sa!isfaeeT
et
importe
de
la
susc:ripciôn
de
293.557
accio·
neJ
ııe
ampliaciôn
de
capital
de
la
«CA.'l1PS.1»
..
Autor1zada
la
Compaftla
Arrendatarla
de!
Monopollo
de
Pet~6!eos
po~
Orden
del
Minlsterl0
M
Haclenda
de
trece
de
mayo
pr6xlmo
pasado
para
e!ectuar
ur.a
ampliacl:n.'de
su
cap!.
tal
soclal
mealante
111
emlsl6n
de
un
:nlllôn
cln~uenta
ml!
ochcı
cientas
c1ncuenta
y
slete
acclonez.
ha
procedido
la
mislIla
II.
con·
vocar
la
oportunn.
suscrlpc16n,
ô!reclenco
a
sus
acclJıılstas
La
obt~nclOn
de
una
accl6n
nueva
por
cada
cuatro
anti;uaı;.
me-
dlante
el
pago
de
su'
vaıor
noınlnal
y
de
cuarenta
peset:ı.s
per
gastos
de
emlsl6n.
A
esta
suııcrlpcl6n
se
ha
estlmado
canvenlente
aruda
el
Es-
tado
con
la.
!lnalldad
de
mar.tener
la
prnporclonaUdad
de
su
partlCıpac16n
en
lıı
Compal1ia
con
el
eapltal
de
la
misma.
silso
eriblendo
dosclentas
noventa
y
tres
ınll
selsclentas
clncuenta
y
slete
acclones,
para
cuyo
abono
se
hace
precL
habi:itar
un
creclto
extraordinarlo.
toda
vez
qUe
POl'
tratarse
de
una
Inver'
s16n
no
dctada
en
Presupuesta
se
carece
de
conslgnaclön
expresa
con
que
efectuarlo.
En
su
vlrtud,
y
de
conterınldad
con
la
propue~ta
eJaborada
por
la.s
Cortes
Espım.:ılas.
DlSPONGO:
Articu10
prlmero,-Se
tıutorlza
la
suscrlpr16n
hecha
per
el
Mlnlsterio
de
HaC1enda
y
para
el
Estııdo
de
dosclem:ı.s
noventa
y
tres
ınll
selclentas
c1ncuenta
y
~Iete
acciones
de
la
Compa:'\ia
Ar!'endatar1a
del
Monopo!lo
de
Petrcleos
en
la
ampliaci6n
de
capltal
:ıutor1zada
por
Orden
de
d!cho
Departamento
de
trece
ae
maye
de
ml1
noveclentos
sesenta
y
uno,
Artieu!o'
segundo.-Se
cor.cl'de
un
credlto
extroo~dinarlo
de
Cıento
clncuenta
y
ocho
mnıones
quln!entas
setenta
y
cuatro
mil
seteclentas
ochentıı
pesetas.
apl!e:ıdo
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Secc16n
ve1nt1slete
de.
Obllgaclonea
de
lJS
Depurtamentos
mıolsteriııles,
«(j~s
de
lıı.s
Contrlbuc!ones
y
Rentas
PıiblIcas»:
capltulo
seteclentos.
«Inverslones
procuctom
de
ir.gresos»:
ar·
t!culo
setec1eotos
cwırenr.a.
cAılquislclones
de
acclones
de
Sv-
cledadez
y
part!c1paclonl~5
en
Empresasıı;
servicio
qulniento5
setenta
y
nueve,
cnlrecc16n
(jf\leral
del
Patrlmonlo
de!
Esı.ado»;
concp.pto
seteclentos
cuarenta
y uno·
quiIılentos
setent:ı
y
Jlueve,
c.:ın
de~tlno
il
sıı.tıs!ııcer
el
lmporte-
de
la
suscrlpcl6n
de
LIS
ııcclones
il
qUe
se
refle:e
el
articulo
ILnterlor.
Art1culo'tercero,-Ei
lmporte
ıı.
·que
asclende
el
menclonııdo
I
c,ı!dlto
extraordina,lo
Se
cubri!u
en
la
forma
ceterınlnaca
por
e!
artıculo
cuarenta
y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Adınlnis~racl6n
r
ContabUldad
de
la
Haclenda
Pılbllcl!..
Dada
en
el
Palacıo
de
E1
Pardo
a
velntitres
de
clli:lembre
de
mil
novecientos
sesenta
y
uno.
FF.ANCIS~O
FR
..
\NCO
LEY
11311961,
cte
23
cle
cttciemore,
por
la
que
se
conce-
,
de
un
credito
exıraordinario
de
1.403.509
pcsetas
al
1;11-
nisterio
del
Aire,
con
de:;tino
a
satis!acer
a
la
C:ımpa.
ıiia
Trasmediterranea
y
Fcrrocarıil
de
Santander
B;l.
bao,
S.
A.,
servicios
prestados
en
el
ano
1960.
Al
cierre
del
ejerciclo
econ6mico
de
mil
novecientos
sesenta
y 3
caus:ı.
de
la
insuilclencia
del
credito
presupuesto
destinado
al
pagJ
de
transportes
de
personal
y
material
del
:\!i:ıiste:io
del
Alre,
han
quedado
S1n
satisfacer
unas
cuentas
presentad:t5
a
dlcho
D2partamento
por
la
Compaflia
Trasmedlteminea
y
por
la
del
Ferrocarril
de
Santancfer
a
B!lbao,
correspondıentes
LI
ser-
vıcıos
reallzados
al
m,lsmo
en
e!
eitado
afıə.
En
su
virtud,
y
de
conforınldad
con
la
propup.sta
e:aboraca
POl'
las
Cortes
Espano!as.
DISPONGO:
Artlculo
prlmero.-Se
convalldan
como
obllgadoqes
ıeg~les
del
Estado
las
contraidas
por
Mlnisterlol
de:
Aire
en
el
pasndo
ano
de
mil
noveclentos
seseııta,
por
un
lmporte
de
un
millon
cuatroclentas
tres
ınll
quinlentas
ııueve
pesetas,
excediendo
la
respectlv~
cJıısignaciôn
presupuestaria
y
referen!es
a
trnns;or-
tes
reallzados
por
la
Compaiiia.
Trasmeelterrinea
y
por
la
eel
Fcrrocarril
de
Santander
a
Bilbno,
S.
A.
Articulo
s;gundo.-Para
satisfaccr
las
obll~acjones
a
que
se
refiere
el
artlcuı~
anterlor
~e
concede
uıı
credlto
extrao:dinar:o.
por
el
aludldo
1ınporte
de
un
mill6n
cuatrocleutas
t:es
mil
qulnlentas
nueVf:
pesetas.
apl1cado
al
Presupues\o
en
vigor
de
la
Secc16n
·ve1ntldcs
de
Obligaclones
de
10s
Depsrt:ımentos
ml-
nlsteriales,
uMlnlsterlo
del
Alre»;
capituJo
trescie:ıtos,
«Gas:os
de
lJS
Servlcios»;
articulo
tresc!entos
veinte,
«Adquls:ciones
es-
peciales.-Subslstencias.
hospitalidades,
vestuarlo.
acuartelamJen
o
to
y
ganado»:
servlcio
cuatrocientos
veınticinco,
«Direcciön
Ge-
n~ral
de
Servicios»;
concepto
nuevo
trcscientos
velntis!ete·
cuatroclentJs
velntıc!nco.
Articu!o
tercero.-El
1ınporte
a
que
asciende
el
mer.c!onado
credlto
extraordinarlo
se
cubrir:'ı
en
la
forma
determinada
por
el
articulo
cuarenta
y
uno
de
ıa
v!gente
Ley
de
Adınln!stracl6n
y
C
de
la
Hacieııda
Pı1bllc!.
Dada
en
el
Palaclo
de
El
Pardo
a
veintltres
de
dic!embre
de
mil
noveclentos
sesenta
y
uno.
FRA.lIICISCO
FRANCO
LEY
11411961.
cle
23
cle
cliciembre,
por
la
que
se
conce-
de
un
creclito
extraordinario
de
250.000
pesetas
al
.ıri·
ııisterlo
de
Educaci6n
Nacional.
para
canjr.
de.
pUblica.
ciones
y
dotlımentos
gUbernamenta!es
entre
Eötados.
Aeeptados
por
el
Goblerno
espaflo1
IJS
Conven!os
«Internaclo-
nal
sobre
canje
de
publicaciones»
y
«De
ca!lje
de
pubHcac!ones
oficlales
y
documentos
gubernamenıales
entre
Estados».
nproba.
dos
en
la
X
CJnlerencla
Geııeral
de
la
U.
N.
E.
S.
C.
0.,
resu;t:ı.
preclso
habllltar
un
credlto
«por
·uıııı
soLa
vez»
que
peroııta
hacer
frente
a
las
obllgaciones
d!ır.anantes
de
105
aludidos
com-
promlsos.
En
su
vlrtud,
y
de
conformldad
con
la
propuesta
elaboradıı
por
las
Cortes
Espanolas.
DISPONGO:
Artlculo
prlmero.-8e
conced
e
un
credito
extraordlnarlo
de
dosclentas
cincuenta
mil
p~s,tas.
aplic:ıdo
alPresupuesto
en
vi.
gor
de
la
Seccl6n
dleeiocho
de
Obligaciones
de
103
D~partamen.
tos
mlnlsteriales,
uMlnlsterio
de
Educ:ıciôn
Nacio:ıah>:
capitulo
tresc!ento~.
u(jastos
de
105
Servieıos»:
articulo
trescicntos
cin·
cuenta.
«Otros
gıı.stos
ardin:ırios»;
servlcio
tresci,ntos
cıı:ırcnta
'J
dos,
«Secretaria
Generai
Tecnlca»;
conceP19
trescientos
cin·
cuenta
y
cuatro·
trescientos
cuarent:ı
y
das,
«Para
atend~r,
por
una
sola
vez.
a
1as
obll~aciones
derivadas
del
Con\'en:o
In·
ternaclonal
sobre
canJe
de
publlcacıanes
y
del
ConvenJo
sobre

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