Ley 21/1968, de 20 de junio, por la que se concede un crédito extraordinario de 16.639.761 pesetas a la Presidencia del Gobierno para pago de obligaciones de la Mutualidad de Porteros de los Ministerios Civiles, declarada a extinguir.

MarginalBOE-A-1968-725
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O. del
E.-.
Núm.
149
21
junio
1%8
9053
por
un
importe
total
de cincuenta yseis
m.ill()~~OOhocienw
dlecisiete mil setecientas
trelnta
y
lelo
¡JOlIOtaI,
d!>1",que
vein-
tiséis millones
setecient..
trelnta
y
cine<>
nlÍL~~a
y
...
pesetas corresponden asuminlstrOs
de
""",b~I~~
etecl~d611
por
la
CAMPSA
en
mil
novecien:toaaesetit&
Y'ei~'3t
treinta
millones ocbeI1ta ydos
mU
se18cientaasetenta~taILal
serví-
cl
...
tele!ónlCOil presladoe
por
la
C
':t\>1e!ónlca Nacional
de
Eapafta,
en
mil
novecientosaeaenta
y
·Beis.
Artículo segundo.-.-Para
','
.satilfaeet" .
1"
.
ob~c1one$@terlo
res
se
conceden dos créditQ8 extraordJnarJos:pt1r.:Ja,lndicada
Suma
total
de
cincuenta
y
seis
mtllonea ochOO1eÍ'ltas·qiec1ilete
mil
setecientas
treinta
y, seis
peaet~
,.apUcadO$_,,'M~IIüpUest.o
en
vigor de
la
sección veintidós.
c1\{in1s1!er'Íodel:AfI;~~~
cte
,las
que veint1séis millones setecientas treinta.
',ciflCQ:~ll;~ta
yseis pesetas se
aplicarán
al
servicl0,'Cer,()'tres~«Direec~ÓIlGerie~
ra1
de Servicios»; capitulo dos.
«compr&deblen~'eozr±ell~~
y'de
servic108»;
articulo
ve1nticin~,
«Gast06','~laJes(,'Pa.t~:tunCÍ(r
nattliento de los Servicios»; ,concepto
d~~lent()8.'Cirle~ta
,.,
v
sIete, subconcepto adicional, y
treinta
"'lIIones<>CJ:jentí¡,
y.
d611
mn
seiscientas
setenta
pesetas
al
serviciQ
cérO,,~is,'Cf:JerviciQ
de
TransnlÍslones»; articulo
velntlt~és,
\ll'tes.y
c<>n;u-
nteaciones»; concepto doscientos
ttetntay
cuatro~
«Qomuni-
caclones», subconcepto adicional.
Articulo
tercere.-EI
lmporte
aQueasc1end.p:,){)$IXle:n91onaM
dos crédItos
extraordinarios
se,
cubrirán,
en
1a:'1:()l1l13
,determi-
nada
por
el
art!culo
cuarenta
y
uno
de
la
vl¡¡ente
LeY
de
ad-
ministración yContabUldsd
de
la
Hacienda
~úbll~
..
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
a
veinte
de·'jlmio
detnH
novecientos sesenta yocho.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
21/1968,de
20
de
junio,
por
la
que
se
concede
un
.-crédito
e$'tTtvorcJ,inario
de
16.fJ.'t.1J.761
peseta8, a
la
Pre8Í~ncitt
~l
(¡óbierno,
para
pago de obiigactonea
de
la·Mut~altdad
de Porteros de los·
Ministerios
Ci-
viles, decl4racta-aeitínguir,
Por. Decreto de seis de julio
de
ma
novecientos sesenta y
Siete
se
declaró
a.
extinguir
la
Mutual1dad
d.el
.Cuerpo
de
Por-
teros
de los
~los
Civiles yse. díspuso
la
forma
de
su
liquidaci~
que
suponla
el
pago de
determinadas
obligaciones
de·vatios
afies.
pOr
laque
es
precisa
la
concesión de
un
crédito
extraordinario.
Para
ello-
la
Presidencia del Gobierno inició
en
el
pasado
ejercicio
un.
eKPed1en~
en
el
que
informaron
favorablemente
la.
ent¡()nceB
Pireeeión .
Geíle:"a.l
.•
·.
de Presupuestos yel Consejo
de
Estad.f);si .bi
querpo
Consultivo'
hizo
constar
en
su
~lctamen
qUe'
ex.·
preciso.
previa
0-
sitnultlíneamente .
al
otorga-
miento
de
los'
,re,cursos, .con.-validaT,el.cltad() '
..
Decreto
para
dar
c11lIiplimientga,1()
dispuesto~nlosartíc11lOS
treinta
ydos y
tl'é~nta
ynueve.
de
la
'v1~eIlteLey
de
Administración yConta-
bllldad
de
la
Hacienda Pública.
En
su
v.irtud,y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes Españolas,·· vengo
en
sanifionar:
Articuio
·primero.~eCOl'lvalida
oon
carácter
y
fuerza
de
Ley el
Decreron:úmero
m:ilqulnierttoscuatro,
de seis
de
julio
de
mil
n
y -
stete~
por
el que se declara a .ex-
UngUir
la
MutuaUdad:ciel
Cuerpo'de
porteros
de
los Ministerios
Civiles.
ArticWosew:ndo
..-43e
'~~ncede
un
crédito extraorcUnario
de
dieciséis .
mmanes
seísc1entastreinta
ynueve· mil setee1entas
sesenta y
una
pesetas.·
apl~cadO.
al
Presupuesto
en
vigOr
de
la
sección
en-c'e,
«:rresl:denoia"del·. Gobierno»;.servicio cero uno,
«Prestdei1c1a
.y'SE!rVic1qs
:-~,n~ales»;
capitulo
cuatro,
cTr~
:t'erencias
eorrien~»
;e.rtiCtíl0
cuarenta
ysiete;
Institucio-
nes
sinfines
de:
lucro}); c«ncepto nUevo -cuatrocientos
setenta
y.·-euatro,
'CPU
destino
ti'
S$~aeer
.
las
'obligaciones derivadas
del
Deet'eto
m,iIQuin1ento$cu$trO/mU
novecientos
sesenta
ysiete
aqu-ese
refiere
tU
artícuI0,anteriol'.
Articulo
térceto.--El
importe·aque asciende el mencionado
-erédito
extra-or~ario
secUbrlrA
'en
la
forti'la
determinada
por
el
artil}u1Q
c~~l'1ta.
y.
.1,lJ10
.!fe
la.
vigente Ley
de
Administracf6i1
ycontabilidlld de
la
Haclenda Pública.
Dada
en
'el
Pi\ladode:
'El PardQ aveinte de
junio
de mil
noveciel'l.tossesenta. Yooh("
LEY
2211968,
de
20
de
junio,
por
la
que
se
concede
un
crédito
extraordinario
de
4,496.763
peseta3,
al
MÜlísteríode
~U8tícia.
con
destino
asati3facer a
per4On(ll1~o:,del.
DCfHZ1"ta-mento
en
laprovin"
ciade
Madrid,
diferencias
desaltJrio
de los añO!
196."
1966.
La
ap1i<:e.ci>
de19onveni0
Co~ctivo
Sindical
al
personal
jornaI~ro
q~
pre.~ta
,setvlc1o
en
....
~
depend1entes del
Mimsteri-o
.
d~
,Just1c1~
:.tn,.·l
os
,.
ailos .
mil
noveclentos
sesenta
y
cuatro,
mUnovecíentos
se~ta:.
yctnco
ymtl
novecientos
se-
8etlta y
sel~.
supÓIie
~
avmento.
de
gaSto
que,
por
no
.
estar
preVlBto
en
Jos presupuesto
••
aJi6s del
Departamento
citado,
..
origina
unas
insuficiencias de d0ttleión. que
han
de
liqUidarse pOr medio de
un
crédito extraordinario.
Para
ello,
..
se
ha
tra.mitado
un
exped!ente
.·lID
el. que
con&-
tan
los preceptivos informes de,
la
Dirección Qenera.1 del
're-
BOro
y. Presupuestos ydel Oonsejo de Estado- favorables a
la
propuesta.
'
En
su
virtud,
y
de
conformidad con
la
Ley
aprobada
por
1M
Cortes Espafiola$, vengo
en
sancionar;
.Articuloprim.~ro.~.
c.
un
créóitoextraordinario
de
cuatr~
mU1o:q,es~l,ü'tro~ie:nti\S.
);lovente. y,seis
mll
setecientas
sesen~
ytre:sPf!set&5-; apliCado
_al
Presupuesto
en
vigor .de
la
sección
13.
«M:i:ntsterio de.1Ústit:ill»; -servIcio cero tres, «Direc-
ción
General'de, Justicia»;. capitulo primero,
..
'«&emunerac1ones
depersonal»¡
artículo
16,«J'0rt1a~s»;
concepto nuevo ciento
~nta
ytres, con destino asatisfacer aL personal obrero de-
pelidiente dt'l
DeP,e.rtfwte11to
YradiCado .
en
,1&.prov1ncia de
Madrid, diferencIaS desa~s'
de
los afios
l11i1
noveCientos
5~
se-nta ycuatro a-m11 novecientos
sesenta
y
se~
como conse-
eumela.
de.la
apl1cae1ón .d.el:
convenio
Colectivo
61ncUca.1
de
I
uno
de
marz.o
demll
noveCientos
sesenta ycinco,
FRANCISCO
FRANCO
ID!.
Presidente
de
1M
Cortes,
ANTONIO
lTURMENDI
BA:RALES
El
Presidente
de
las
Cortes,
AN1"ONIO IT't1tLMENDI·
BABALl!5
LEY
20/1968, de
20
de
iunto-,.poT'
la
quese
eoncede
un
crédito
extraO'1'dlnarló
d.
2.7t11!.¡I$9
¡¡esetas.
al
Ministerio
de
la
Gobernacióp;,
con
~eltfnO,a,satis.
jacer
atenciones de
alímentación,ae,ganaaqde
la
Dirección'
General
de Segti,rtd:ad
delafi:01966.
Los ¡a,stos
en
el
año
mil
novec1eIltoa SeaeIlta
:Y-',
selecte·
aJ1-
mentacl6n del
ganado
que
tienen
losS8rvlci9iÍ!"tl~
la Policía
Arma.da
han
sido inJperiores
en
cuantía
a
lacffft),
-consignada
con
tal
finalidad
en
el
Presupuesto
de
dieho
.ej~rc~-;to·,
del'
Mi-
n1sterio de
la
Gobernación.
A
fin
de
sat1sfaeer
las
referidas. obUgaciottes•.
se:
..
'
ha
trami-
tado
un
expediente
de
concesión de·éréditQ
.extrao~.l\rl
que
ha
obtenido. informes favorables de
la
··I)jrecelóil
..
del
Tesoro yPresupuestos ydel
consejo.
de
Est.&dQ.sobre,1s;
base
de convalidar los gastos de que
se
trata.preVjfi."o:~U1tái1ea
mente
a
la
hab1l1tac1Óll de los recursos dest1IladOS &
su
pago.
En
su
virtud,
yde conformidad. COrtla LeyaWQb:ttda por
las:
Cortes Espafiolas, vengo
en
sancionar;
Articulo
pr1mero.-Se
convalidan como
obligac1QIléS
leg"les
del
Estado
las
contraidas
por
el
Ministerio
de)a(Jº~rnac1ón
-Dirección
General
de
Segurldad-
en.el
pasa:cip',eJ~do1e
mU
novecientos
sesenta
yse1s1.
por
un
iInporte(Íé::dOS
\mill;one.s
setecientas oebo mil n-ovec1entassesetttay
nueve'.p~tá$.
exce.-
diendo
la
respectiva consignac1ónpresup;uest&.;···
y
8
atenciones de a.llmentación
de
ganado.
Articulo
segundo.-8e
concede,
pata
su
p~~;
~.
crédtto
extraordinario
por
le.
suma
aludida
de
dos
111UlQDes~tecientas
ocho
mn
novecientas sesenta y. nuevé_
pes~tas,'ápucaq~el.
Pre-
supuesto
en
vigor
de
la
Sección
dlec18é1s.
..
·.«Mi:Pl~erio
'dé'
.la
GObernación»; servicio cero s1ete,
d)1r$Qc:ió~l"~l3,~r8Ji_-d_e
,se·
guridild»;
capitulo dos, &Compra de
bien'e,S
COtrt~~:'Y·.deser"
vicios»;
articulo
veinticinco,
cGastoseSJ)~iales
.:~tL;
\funciona-
miento
de
108
Servicios»;
éODcepto
dOScientos
cincuenta
ycua-
tro, subconcepto adicional.
Articulo
tercero.-'El
importe
aque
asciende~l'
mép;~ion$do
crédito extraordinario se
cubrirá
en
la·
rormade~ad.a·
por
el artículo
cuarenta
yuno de
la
vigente
Ley
deA(lnluü.st"tación
'1
ContB.bUkla-d
de
la
Hacienda Publica..
Dada.
en
el Palacio de
El
Pardo
aveinte
d~
junió
de mil
.noveeierttos sesenta yocho.

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