Ley 26/1963, de 2 de marzo, sobre aumento en el Presupuesto de 1963 del crédito destinado a satisfacer gratificaciones para premiar servicios especiales prestados por los Catedráticos de Universidad.

MarginalBOE-A-1963-4980
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
3i48
5
mıırzc
.1963
B.
O.
del
E·-Nıiın.
55
LEY
2511963,
ae
2
de
mar~o,
sobre
aumento
de
haberes
pa.ra
la
a.limentaci6n
cte
las
FueriIJJ.ii
Armadas.
Ei
persuoal
de
'Iropa
y
Marıneria
de
los
Ejercıtos
de
Tlerra.
Mar
y
Airt>
goz~
de
dlferentes
haberes
para
al1mectac16n
en
vlgente
pr~upuesto.
y
dado
que
se
trat:ı
de
cubrir
analogas
necesidades
dentro
de
las
Fuerıa.l
Armadas,
parece
aconseJable
unif1car
t'st05
:ıevengos,
fijiındo!os
en
la
cuantia
(!ue
permita
aiender al
regimen
de
alimentac16n
nonnal.
En
su
vlrtud.
y
de
conformid:ıd
con
la
ııropuesta
elaborada
po!'
la.s
Ccrtes
F~pafiola.sı
DISPONQO:
Artıculo
prlmero.-El haber
de
Tropa
de
105
Ejercltos
de
Tierra Y
.'ı.ire
,e
il1crementa
en
la
cuantia
de
cuatro
pesetııs
ochenıa
eentimos
diarias,
asi
como
el
haber
de
la Marineria
y
Tropa
de
la
.'ı.rmada
en
cuatro
peseta.~
tre!nta
ctiııtlmos
dlarias
con
destinn
~
::;U
a1iment:ıci6n.
Artic\'l? segundo.-Dicha
cuantıa
surtl!".l
efectos
admin1stra·
tivos
a
partir
de
l:ı.
primera
revista
de
co:n!.:>~rio.
deöput:s
de
ia
publicaci6r.
de
fsta
dısposici6n
en
el
«Bolf'tin
Ofic!al
del
E~
tada».
Articulo
tercero.-Por
el
2\1inL~erio
de
Hacienda
se
habllita·
riın
108
credltos
necesari:ıs
para
el
cumpl1miento
de
la
QUl'
se
dispone.
Articul0
cuarto.-Queoan
facultados
lOş
Mln1stros
de
Ejer.
e!to.
Marina
r
Alre
para
di
et
ar cuantas
dlsııosiciones
comple-
mentarias
de
~u
competen.:ia
reQuim
el
cumplimiento
y
eie.
cucıôn
de
10
que
se
dıspon~.
Dada
en
el
Palncio
de
El
Pardo a
do.s
de
marıo
de
mil
no·
vecientos
seseııta
y
tre;.
E'R.'\NCISCO
FRANCO
LEY
2611963.
ap
2
de
marıa.
soin'e
aumento
en
el
Pre·
supuesto
de
1963
de:
cred,ıo
destinaao
a
satis/acer
gra.
lificacioııe.~
para
premiar
serı'icios
especiales
prestadoı
por
108
CaUdraticos
de
r;ni~ersiılad.
La
el~ada
m!Si6n
investıgadora
y
ctocente
encomenda
a
100
Catedl',iticos
de
Gniversid:ıd
y
La
n~cesidad,
crecientc·
me!lte
,entid:ı.
dp
poner
ms
rcmuneraciones a
nive!
de
la [un·
elan
que
~e
les
exige
justi!lca
una
revisi6n
del
sisteına.
de
gra·
tificaelones
que
tiene
cstablecidas
dicho
persooaL
En
su
virtud
y
tj~
confo!'!!lid!ld
cnn
l:ı
prcpue.st4
əlc.uü:rada
por
las
Cortes
Espaıiolıı.s.
DISPONGO:
Artıculo
prımero.-A
partir
de
prımero
de
enero
d~
mil
nove·
cjpnros
sesenta
y
tres
se
fija
en
;'cinticuatro
ıııillones
quinientas
cincuenta
)'
nueve
mil
Quinientas
pesetas
la
clotaci6n
del
,credito
ronsignado
en
el
Presupuesto
de
la
Seccicin
dieciocho
«Minis.
terio
de
EdueaeiQıı
Nacional»:
coocepto
trescientos cuarenta
y
tres
~i!
cicr.~o
veintiunoicuatro.
destınado
a
satıı;facer
a
los
Caıedr:i.ticos
numprarios
de
Universidad
lıı.s
«Grati!lc:ı.cloııe~
a dlstribuir
d~,ereclonalmente
por
Orden
mınlsterial
para
pre·
miar
los
servicios
especiales
prestados
co
·las
Universidades
v
en
los
Organi.smos
y
Servicios
universitarios.
etcetera~.
Al'tieulu
seı:undo.-Por
el
Mini.sterio
de
Hacienda
se
iocluıra
pn
el
c~tado
de
modificaciones
de
crffiito;,
para
el
ejercieio
de
1963
la
~uma
necesaria para
In
efcctividad
dı'
euanto
~n
~sta
LeY
se
dispone.
Dada
en
el
paıacıo
de
El
Pardo a
dos
de
marıo
de
mil
no·
vecientos
sesentn
y
ıres.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
2711553,
cle
2
cte
11Iurzo,
por
ıa
Que
se
crea
el
nuevo
Qmanismo
..ıdmini.stratiro
Junta Central
ik
Puertos.
EI
fuııcionamıcnto
dı:;
las Juntas
y
COffilSıones
Adminlstratl·
v:ı.s
de
Obr:ı.s
y
Servicios
de
Puerto~
de
la
Naeion,
regulado
por
la
Ley
de
Junta::
de
Obras
de
Puertos
de
sictc
de
julio
de
mil
novecientOH
once
y
correspondieııte
Reglamento
de
diecinueve
,
de
enero
de
mil
noveciento&
veintiocho.
viene
atendiendo
con
indudable
acierto
a
ıi>
necesidad
de
clesarrollo
de
cada
uno
de
105
puerto.~
de
ia
Naciôn,
por
In
nutonomia
de
cada
uno
de
LOS
Organi.smo.ı.
en
ios
qu~
tienen su representaciôn'
Joeal
los
De·
partamentos a
;c.:;
que
afecta
el
trafieo
portu:ırio,
~i
eomo
las
entidades na ofidales interesadas
en
el
mismo.
Toclo
ello
bajo
la
vigilancia
e i
nspeccio!1
del
:\lini.lterio
de
Obras
Pıiblieas,
La
etapa
de
c!esarrollo
eeon6ırJco
que
atraviesa
el
pııis,
en
la
eual
es
decisıva
u.'1a
adccunda
politica
portuaria.
exlge
uııa
coordinaci6n
eo
los
planes
de
expansi,Sn
de
10&
puertos
de
la
Naci6n.
de
modo
que
se
estudien la,
problemas
locales
y
se
tra-
een
la,
programas
respectivos
atendiendo
a
lograr para una
ca·
pacidad
.de
inversi6n
fıı
puertos determmada
las
soluciones
de
desarrollo
cle
cada
iıuerto
que
mejor
conveıu:an
al
bien
eomüı,-
E.>ta
armonizaci6n
de
los
plapes
de
desarrollo
de
105
diverso.,
puertos
se
logra
con
las
maximas
garaııtias
de
exito
si
en
el
Organismo
que
~5tudia
tales planes tienen
debida
representa·
cl6n
10s
Departaıncntos
y Entidades
intere~ados
en
el
problem:ı.
portuario y
que,
::!
esc.ıla
loeal tienen
su
represeııtaciôn
en
cada
una
de
las
Junt:ıs
de
Obras
~.
Comisiones
Adınini:itr
..
tivas
di:
Pucrtos.
Es
19ualmentc
conveniente
que
con
v1sibn
nacıonal.
y
tenien·
do
presentes
105
problcmas
locales.
se
estudicn e informen
por
nuevo
Organı,ıno
las
propue.stas
de
tari!as y
faeilidades
quP
eıı
Cildi<
JJuerta
para
~L
İIlterıjs
general
coııvenga
tener en
cuent:ı.
Son
necesidade~
cıty:ı
soluei6n
reQuierp.
el
planteamiento
de
Laıı
mismas
con
caracter nacional
las
que
se
·d~ri.an
de
los
pro.
blcmas
de
dragado
y senales
marilim:ı.,
en
105
ciiferentes
Servicios
provineialr-s.
ne"esidaJ
rceogida
en
la
Ley
de
veintiseis
de
di·
clembre
de
mil
rıoveeientoı;
cıncıırnta
).
ocho,
por
la
que
se
~reô
la
«Agrupaci6n
al'
;ı..1aquinaria
y
:\ıaterial
Complememario
para
Obras
y
Trabaj03
MaritimoS)ı.
y
en
el
Decreto
de
veintiuno
febrero
del
mismc
ali)
POl'
el
que
öe
creô
el
5ervıcio
Central
de
Far05
y
Balizas.
Or~anismos
adscrito;;
u
la
Comisi6n
Adminis·
trativa
d~
Obras
y
8ervicio;;
dp
Puertos. a
carg-D
directo
del
Eı;.
tado
por
arti~ulo
septimo
de
la
Ley
de
cl'eacion
de
la
Agru·
paciôn
y
el
Decreto
de
diez
de
agosto
de
mil
ııovecientos
se·
senta.
EI
ear:ict'~r
narional
de
los
problemas
de
dragados
y
se-
'iıales
maritlm:ı.;
acoıı.;eja
vincularlos
al
nuevo
Organismo
Parn
~t,PT1dı?!'
e.
!2:;
r!::,c~!;id~:'c~
fiii(ı;:,~icrO;U)
<.ld>
ürgan:.smo
es
preciso
esıabler:~r
para
el
mismo
un:ı
subvp.n~i6n
con
cargo
a
105
presupuestos
de
la~
Juntas
de
Ol:ıras
y
Coınısıones
Admin!,-
trativas·
de
Pııert
05
con
10
que
quedarian
cuhierta.s
las
necesi·
dades
de
obras
i~(·
dragad05
y
sefıales
maritimas.
En
su
virtud.
y
dp
conformldad
con,
la
proııuesta
elabor:ıd:ı
por
las
Cortes
EspailOlas.
DISPONGO:
.1.rtıclilo
primı·ro.-8e
crea
la
Junta Centtal
de
Puertos.
or·
ganismo
aut6nomo
de!
Estado
con
personalidad juridicn y
pa-
trimonio
propios.
independieııte"
de
10.,
de
aq\l~l,
ı\ctscr!t!!.
21
:IIini.\terio
de
O~ras
PiıbHeas.
Articulo
s~::ıundo.-Se
encomienda
a
la
Juntn Central
de
Asesorar
M;nıı;terıo
de
Obras
Pıiblıcas
en
todO.\
10.\
problema.~
de
interes
gcne~l
l'd"cl,,;r;ı,~dü~
(;uu
la
construcc16n
y
expıoıaclon
de
los
puertos;
y
especialmente
en
100
de
coordina·
ei6n
de
los
t!".lficos
quc
en
ellos
confiuren.
i:ı
i
Coordinar.
estudiar
J'
ejecutar
In.
obras
de
defensa,
ı;a·
:ıea..'1l1imtı)
y
ordenacion
de
costas
y
playas
de
la
Naei6n
con
arreglo
a
las
atribuciones
Que
al
~Iinisıerio
de
Obras
Piıblicas
otorgn
la
legislaci6n
vigente
y
si~u:endn
en
todo
caso
las
trit·
mites
dL~pııestos
en
ella.
e)
Iııforınal'
ıas
tarifa.,
;ıortuarıas
de
cal"acter
general
que
le
€ııcomiende
el
:\1iniste!'io
de
Obras
Pıib1ic!l.\.
atrlbuyend05e
en
este
easo
a
lOS
ôrgan:)S
de
la
Jıınta
Central
de
PuertO.':l
ias
fa·
cultades
que
a
las
diversas
Juntas
y
Comisiones
hdmınistrativ3S
de
Obras
y
Serv;cios
cle
Pııertcıs
ctorı;an
la
Le,"
de
PuertO.\
de
diecinueve
de
eo(;ro
de
mil
noveciento.,
veintiocho.
la
Ley
de
Jun·
tas
de
Obr:ıs
de
Puertos
de
siete
de
ju1io
de
mil
novecientos
once
y
disposiciones
cı'mplementarias.
La
coordinaci6n
de
todııs
lıı.s
obras
de
dragaclo
en
108
puerto.~
y
ria.s
eS1Jaiıo:as.
as!
como
la
preparaci6n
de
los
p1anes
de
coojıınto
de
las
mısm:ıs.
'
e)
La
cjecucıôn
de
los
dragado.,
que
se
realıcen
directameııte
con
el
material
C!e
qul'
disponga
La
Junta Central
de
Puertos 0
sean
con
cargo
LI
su
presupuesto,
asi
como
la
adqu~ci6n.
con·
servaci6n
y
repa~aciôn
de
este
material.
n
La
eoorcliııaci6:ı
de
todas
1as
obras
de
seıiales
maritiınlıS,
asi
como
la
inspe~'ciô"
general
y
la
prepar:ıci6n
de
105
planes de
conju!lto
de
las
m.L~mas.
g)
La
adqui.s;cion
para
si
y
para
las
restantes
Junt:ıs
"il
Co-
misiones
de
los
medio.~
auxiliares
de
carga
y
descarga
del
mate-
rial flotante
de
caracteristieas unificadas
y
de
105
elementos
para
seıializaci6n
maritimCl,
para
que
en
raz6n
de
su uniformi-
dad
deban
ser eentralizados,
a.~i
como
la
reparaci6n
del
material
que
tenga
este
carfı.cter.
h)
Las
obligaciones
que
actualmente
se
satisf:ıcen
con
cargo
al
presupuesto
<.le>
la
Comisi6n
Administratlva
de
Obra.s
y aervl·

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