Ley 80/1966, de 28 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario de 5.258.915 pesetas al Ministerio del Aire con destino a satisfacer gastos de transportes causados en el año 1965.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Enero de 1967
MarginalBOE-A-1966-19715
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

El movimiento de personal y material realizado por el Ministerio del Aire en el pasado ejercicio de mil novecientos sesenta y cinco ha motivado gastos de cuantía superior al crédito que con tal finalidad consignaba el presupuesto del Departamento en el año citado

En su virtud, de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,

DISPONGO:

Artículo primero

Se convalidan como obligaciones legales del Estado las contraídas por el Ministerio del Aire durante el año mil novecientos sesenta y cinco relativas a transportes de personal y material, por un importe de cinco millones doscientas cincuenta y ocho mil novecientas quince pesetas, excediendo la respectiva consignación presupuestaria.

Artículo segundo

Se concede, para su abono, un crédito extraordinario de cinco millones doscientas cincuenta y ocho mil novecientas quince pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la Sección veintidós de Obligaciones de los Departamentos ministeriales, «Ministerio del Aire»; capítulo trescientos. «Gastos de los servicios»: artículo trescientos veinte. «Adquisiciones y servicios especiales Subsistencia hospitalidades transportes vestuario acuartelamiento y ganado»; servicio cuatrocientos veinticinco «Dirección General de Servicios»: concepto cuatrocientos veinticinco-trescientos veintitrés. «Transportes», subconcepto adicional.

Artículo tercero

El importe a que asciende el mencionada crédito extraordinario se cubrirá en la forma determinada por el artículo cuarenta y uno de la vigente Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintiocho de diciembre de mil novecientos sesenta y seis,

FRANCISCO FRANCO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR