Ley 51/1963, de 8 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario de 33.443.400 pesetas al Ministerio del Aire, con destino a la adquisición de seis auto-extintores y seis nodrizas para los aeropuertos nacionales.

MarginalBOE-A-1963-13981
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
10732
10
julio
1963
B.
O.
de}
E.-Num.
'164
!nventariable»,
cienw
cincuenta
mil
ochocientas
pesetas,
de
e
ıo.stalaeiones
y
amp1i9.ci6n
r reforma
de
ıas
eıwtentes));
ser·
las
que
eien
mıl
ochocıcıı
ta.,
,'f
ap:icaran
al
eoneepto
treseicn·
vıcıo
cuatrociemoö
veintiuno,
«Ministerio,
Subsecretaria y Ser,
tas cuarema y i':1.(·u
ılı.:
L1UM'IUllO,
ünct'.
«lo.stiwtos»;
subcon·
vicios
generale,;»;
concepto
nuevo
cuatrociento.~
veıntıuno/seı.s·
cepto
ıı.dicionaL.
para
satı.staeel'
materıal
de
oflcinas
no
inventa·
eıentoa
doee,
«Para
la
adquisiciun
de
seis
autoextintores y seis
rlable
ı:ara
nuevo,
Institutos, y cincucnta
mıl
a un
coneepw
nodriz!18
con
de.stino
al
servieio
de
salvamento y extinci6n
de
nucvo.
nüm,·l'o
tl';scıcntu~
~u[lrcnıa
y
cinco
mil
doseientos
ca.
lncendios
en
los
aeropuertos
naclonales»,
torce, para .,atisfacer
materiaı
de
oticinas
no
inventar1able
a '
Articulo
segundo,-El importe a
que
ascıende
el
mencionado
la
Oficina
de
Promoci6n
de
las
Seceiones
Filiales.
crMito extraordinario
se
cubrira.
en la
ı"orma
determinada por
Al
capitulo
t:·c3cLntos.
de
los
Serviclos»:
artlculo el articul0 cuarenta y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Adminlstra·
tresclentos
~ez.
«Adquİ.>iciones
ordinariasıt,
dos
ınillones
euıı.·
~
ciôn
y Contabilidad
de
la
Hacienda
Pıiblica.
traeientas cincuenta
m,!
pe"et9.5.
de
ias
que
ochocientas
dlez
i
mil
se
aplicar:\:ı
co:ıcepto
trescientas cuarenta y
cinca
mil
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo a
ocho
de
jUlio
de
mil
trescientos
once.
öubconccpto
uno,
cıInstitutos».
part!da
adlc11).
novtcientos sesenta y ti'es.
nal,
destinada a
s:ıth,facer
la.,
gastos
de
sostenimiento
de
vein·
ti.siete
nuevo:ı
Iru;titutos
a treinta
mil
pesctas:
un
mill6n
seis-
cienta.s
mi.!
a otra
partid:ı
adicionaI.
destinada a satiSfacer
las
adquisic10nes
para Institutus y
C(:ııtroö
oficıales
de
Enseiıanza
Media,
de
apul'atos
dp
rayos
X,
microscopios
y
equipos
de
px·
:
periencia
cientific:ı,
material
didactico
y
audiovisual
y
libros
'
para
las
bibliotecas,
y euarenta
mıl
al
sUbconcepto
tres,
«Escue.
las
del
Hog:ıf)ı.
partidıı
tambıen
adicional, para
105
gastos dt
sostenimıento
y material
de
las
Escuelas
del
Hogar
de
acha
In.stitutos
de
nuev;?,
creaci6n.
a
cinco
mil
pesetas.
Al
ınilmo
caı:itulo
trescientos,
aıtieulo
tre~cientos
cıncuenta,
«Otros
gastos
ardinal'ios~.
concepto
nuevo
trescientos cuarenta
y sicte
mil
trescı,nws
Cı:ıCll(nt:~
y sirte. veintisiete
milioneö
de
pesetas para tada
clase
de
gastos.
dispuestos dlscrecionalmente
POl'
Orden
ministeriaI.
de
los
Gentros
de
colaborncl6n
pedag6-
Kica
de
Enseiıanza
Pl'imaria.
Y
al
capitulo
cuatrocientos.
«Subvenciones,
auxllios
y par·
tlCipaciones
en
in~rpsüs»:
articulu cuatrocicntos
diez,
«l\
favor
de
Organismos
aut6nomo5
y Entidades y
Empresas
pıiblicasıt.
setenta y
dos
millones
de
peseıas.
de
la:;
que
diez
millor.es
se
aplicaran
al
conccpto
trescientos cuarenta y tres
mil
cuatro-
ci~rıtos
once.
«Subv"nCl0nes
tn
tırme
n
las
Universidades»;
sub-
concepto
dos,
ıICiinicl.l».
partida adicionai, destinada a
sub-
ve:ıcionar
las
catt'dra.-;
cXjlfrlmentales
de
las
Facultades de·
Mediclna
de
las
Uııiversidades.
a distribuir discrecionalmentc
POl'
Orden
ministeriaı:
ocho
mi1lont's
al
subconcerto
seis.
euya
red:ı.cclÖn
ser:i
en
10
5uccsivo
ılFacultades
de
Farmacia y
Ve·
terinaria». partida
adieional.
cn
concepto
de
subvenci6n
a
la5
cıi.tedras
experimentaıes
de
las
Facultades
de
Farmacla v
Ve·
terinaria, a distribuir discrecionalmente
par
Orden
ministe-
ria!,
y cincuenta y cuatro
mi1lones
al
mismo
conceoto
trescıen.
tas cuarenta y tres
mil
cuatrocientos
once,
SUbconcepto
adicio··
na],
para desarrollar
el
Plan general
de
fomento
a la lnvesti.
gaci6n
en
la
Unıver3idad
espafıola.
Al'ticulo
tcrccro.-El
importe
a
que
ascienden
los
mencionados
creaitos
suplementarıos
y extraordinarlos
se
cubrlra en
la
for·
ma.
determinada
POl'
1.'1
aıtieulo
41
de
la.
vigente
Ley
de
Ad·
ministraci6n y
Co:ıtabilidad
de
la
Hacienda
Pıiblıca.
Dada
en
Palacio
de
El
Pardo a
ocho
de
julio de
mil
D!;)vecientOi
.esenta y
tr~s.
FRANCISCO FR."NCO
LEY
51,1961.
de
S
de
iulio, por
Icı
q21e
se
concede
ıLn
credito
extraordi1ıario
de
33.443,400
pesetas,
al
Ministerio
del
Aire,
con
d~stiııo
a
la
adquisiti6n
de
seis
auta.
extintores
y
31'i.
T!odrizas
para
los
aeropuertos
nacio-
nales.
El
Ministerio
de!
Aire
ha
de
dotar a
10s
aeropuertos
nacıo.
nales
del
material
canım
iııcend!os
y
de
protecciôn
qUe
requie·
ren
t:ı.nto
!as
mas
el"mentales
normas
de
seguridad
romo
las
exig-encias
de
los
Gonvenios
internac!onales. material
que
en
un
principio
se
adquirici
conforme
a
10.1
plane.;;
de
la
Ayuda
Ame.
rica na.
pero
que
con
relacion
a
unos
exıintores
y unas
nodl'izas
no ha
sldo
posible
dar
este
cauce
a su
compra
POl'
una
serie
de
di!icultades.
consecuencia
de
distintos supuestos
legales
y
re·
glamentarios.
FRı\NCISCO
FRANCO
LEY 521963.
de
8
de
iUlio,
por
la
qUf
se
concede
un
credito extraordinario
de
12.051.888,06
pesetas
al
Mini~terio
de
la
Gobernaci6n,
eop
destino
a
satis/aeer
a la
Coınııaıiia
lnternacional
de
Coclıes·Camas
el
tTans·
porte
de
cOTrcspcmdencia
international
e/eetuado
duran.
te
los
eiercicias
de
1955
a
1962.
.
EI
tumplimiento
del
contrato eelebrado emre ·la
Allminı.s
traciôn y 1
..
Compaiıia
International
de
Coches·Camas
para
el
transporte
de
la
correspondencia
de
dicho
car:icter
con
rela·
don a
deıermınados
paises
extranjeros
obliga
a
satisf:ıcer
a
dieha
Empresa
19.5
sumas
que
resuitan a
su
favor
en
las
lIQUi.
daciones
Que
con
tal fin
öe
efectiıan,
y
que
en
cuanto a 108
aıios
mil
naveciemos
cincucnta "
cinco
a
mil
novecientos
se·
senta y
dos
no
ha
podido
abonarse
en
su
total importe
el
saldo
a fa\'or
de
la
misma
POl'
no
alcanzar para
eUo
las respectivas
dotaciones
presupuestas.
En
ı.u
virtud,
y
de
conformidad
con
la propuesta elaborada
por
las
Cortes
Espaıiolas.
DISPONGO:
Artlculo
primero.-Se
concede
un credito extraordinario
de
doce
millones
cınmenta
y un
mil
ochociemas ochenta y
ocho
con
seis
pcseta.s.
aplicado
al
Presupuesto
de
la
secciôn
diec1seis
de
Ob1igaciones
d~
los
Dppartamentos ministeriales,
«Min!sterl0
de
la
Gobernaci6n»;
capitulo
trescıeııtos,
«Ga.stos
de
10.1
Ser·
vicios);
artieulo trescientos
veinte.
«Adquisiciones
y
serviclos
espec1ales.
Subsistencias, hospitalidades, transportes, vcstuario,
acuartelamiento y
ganado»:
servicio
trescientos
diez.
«Jefatura
Prıncipal
de
Gorreos
y Caja
Fa.stal
de
lihorros»: concepto
tre.s-
cientos
diez/trescientos veinticuatro,
subconcepto
nuevo.
con
1estino al
abono
a la
compaıiia
Internacional de
Coches-Cama:;
POl' transporte
de
correspondcnciıı
inı..el'nacional
realizado
du.
rante
los
aiıos
mil
novecientos
eincuenta y
cinco
a
mil
nOVe·
cientos
~esenta
y
dos.
Articu10
segundo-El
ımporte
9.
que
aseiende
el
menclona·
do
credito
t"xLraordiııario
se
cı:brira
en la forma
detcrın1nada.
por
el
articulo cuarenta y
un!;)
de
la
vigente
Ley
de
Aamlnis-
traci6n Y
Co:ıtabilidad
de
la
Hacienda
publica.,
Dada
en
el
Palacio
de
El Pardo a
acho
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta y tres.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
53
1
1963.
~
8
de
iuliO.
por
la
que
se
concede
un
L'Tedito
extraordinario
de
3.066.802,40
pesew,
al Mi·
nisterio
del
Ejtrcito.
con
destino a
satıs!acer
indemni·
zaciones
a
terceros
pOr
daıios
originados
con
La
e:ı:plo·
sion
de
un
ııa/vorin
en
Ripollet (Barcelona).
En
su
viıtud,
y
de
conformidad
con
la
propuesta elaborada
POl'
la!
Cortes
Espafıolas,
DISPONGO:
Por sentencia
de
la
Sala Cuarta
del
Tribunaı
supremo
de
veintiuno
de
enero
de
mil
novecientos
sesenta.
y
uno
se
ha de·
clarado
el
derecho
a percibir dcterminadas
indEmnizaciones
a
los
perjudicados
por
la
explosiun
de
un
pOlvorin
en
Rlpol1et
ıBarcelona).
dependiente
del
2>linisterio
del
Ejercito. ocurrida
en
~eis
de
jUl10
de
mil
novecicntos
ciııcuenta,
En
su virtud, Y
de
conformidad
con
la
propuesta elabora.
i
da
por
las
Cortes
Espafıolas.
ArticuIo
primero.-Se
concede
un
credito
extraordinarıo
de
trelnta y
ıres
mil10nes
cuatrocientas cuarenta y tres
mil
cuatro·
c!ent:ıs
peseto.~,
aplieado
:ıi
Presupuesto
en
vi~or
de
la
secc16n
veintidos
de
Obligaciones
de
los
Departamentos ministerlales,
«Ministerio
de!
l\ire»: capitulo seiscientos,
«Inversiones
no
pra·
ductoras
de
in~esos":
art1cula
setsclentos
diez,
«Conııtruccione~
i
DISPONGO:
Artieulo
primero.--Se
concede
un credito
eı:traordins.rlo
d~
tres
m!llones
sesenta y sds
mil
ochoc:entas
dos
con
cuarenta
pe.
setas.
apIicado
al
Presupuesto
en
vi~or
d~
lıı.
secci6n
cataree
de
Obli;:aclcnes
de
ins
D€partamentos ministeriales.
«Min1ste.
rio
del
Ejercito»; capitulo
tresciemoı:.
«Gıistos
Qe
108
ServiciOiSıt;

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