Ley 48/1964, de 11 de junio, por la que se concede un crédito extraordinario de 1.235.200 pesetas al Ministerio de Asuntos Exteriores para atender a gastos del año 1963 derivados de la evacuación de exiliados.

MarginalBOE-A-1964-9387
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
7800
15
junio
1964
B.
O.
deI
E.-Num.
143
Articulo
:;egundo.-EI
lmporte
a
qul!
aııc!enden
los
men~lona
i&ıııs
creditos
extraordİnario&
se
cubririı
en
la
forma
determınada
JƏı'
el
articulo
cuarenta y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
Admınıstra
Cl6n
y
COntabilidad
de
la
Haclenda
Pıibllca.
.
Dada
en
pə.13.cıo
de
1i:l
Pardo
a
,once
de
junlo
de
mU
nove-
cientos
."iOSIiııta
y
cuatro.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
4511964.
de
11
de
junio.
per
la
que
se
cx>ncede
un
~7edito
extruordinario
de
2.623.744
pesetas'
al
Mln!s-
terio
del
Ejercito
1lara
satisjacer
prima-oro
por
pago8
en
el
extTunjero
1lrocedentes
de
1962
LA
dotaci6n
que
en
el
p'resupuesta
del
Mlnister10
del
Ejeİ"~lto
del
ana
mil
novecientos
sesenta
y
dos
estaba
destlnada,
a
sati.ı
faccr
la
prima-oro
correspondiente
a
pago.s
en
el
extranjero
que
tlenen
preeslablecida
esta
forma
de
liquidaciôn.
ha
resultada
,
ın"uficlente
para atender a
la
totalidad
de
laıı
obligaclones
pre-
sentadas
durante
el
ejerc!cio.
y
por
ello
es
preciso
arbitrar
re-
curaOll
para
dar
la
l.iebıda
apllcaci6n
a
los
gaı;tos
a.si
producldo.s.
En
su
vlrtud.
y
de
conformidad
con
la
propuesta
elaberada
per las
Cortes
Espaiiolas,
'
DISPONGO:
Articulo
prtmero.-8e
concede
un
eredito
extraordinario
de
dos
ın1llones
seiscientaıı
ve1ntiCres
mil
setecientas
cuarenta y
cuatro
pe.ıet:ı.s.
aplicado
al
Presupue.'ito
en
vigor
de
la
'Secci6n
catorce
de
Obli~aciones
de
los
Departamentos
m1nisteriales.
nisterl0
del
Ejercito»;
capitulo
tresciento.s,
«Gastos
de
lo.s
Ser-
viciosD:
art1cUlo
trescientas
cincuenta.
«Otro.s.gaatos
o~dinarlo.;»:
servlclo
dosciento.s
uno.
r,Ministerio.
Subsecretaria
y
Servlclo.s
genera1es»
;
concepto,
doscientos
uno/trescientos
c1ncuenıa
y
cuatro.
«Ga.ıtos
generales»:
subconcepto
nuevo,
«Para.
satisfacer
priIlla-oro
de
mil
novecientos,
sesenta y
dos
por
obllgaciones
sa-
tis1echaıı
en
el
extranJero».
Aıtlculo
segundo.-EI
impo1te
a
que
asciende
ci
mcnclone.do
eredito
e:·:traordinario
se
cubrir.i
en
la
forma
determJnada
por
el
ariiculo
cuarenta
;{
uno
de
la
'riı.ente
~ey
de
Admin1stracJ6n
y
Contabll1dad
de
la
Hacienda
publJca.
Dada
en
el
P:ı.lacio
de
EJ
P:ı.rdo
a
once
de
JunJo
de
mil
nov€-
ctw:ı.tos
Sl.Siıı.t,
Y
C\i&tro.
FRANCI.scO
,FRANCO
LEY
4611964,
de
ıI'
de
1uniCl,
por
la
que
se
Conceaen
cıo~
creditos
extraordinarios
po~
ıın
imporie
total
ae
4.582.364
pesetas
al
Ministerio
del
A,lre
para
satis/acer
ga.stos
de
sostenimiento
ae
la
89
escuaclrtlla,
que
presta.
servicio
en
Za.s
Provınctas
de
ıa
ReQi6n
Ecuatario.l.
Por
acuerdos
dcl
conseJo
de
Min1stros
de
veintltre~
de
mar·
za
de
mil
noveCientOli
sesenta y
dos
y
dlez
d~
enero
de
mil
neve:
c1entos
sesenta
y
cuatro,
se
dispuso
la
prestaciôn
por
e:
Min1S-
terlo
de!
Alre
dedeterminades
servicios
€n
laıı
Provinciaa
de
la
Regiôn
Ecuatopaı,
asl
como
la.
bab11itaclön
de
recursos
precı.s~
para
atender
a
los
gastos
de
sosteniıniento
de
105
ın.i.smo.s.
En
su
virtud.
y de
conforinidad
con
la
propuesta
eıaborada
por
laıı
cortes
Espanol:ı.s,
'
DISPONGO:
Al't1culo
prlmero.-se
conceden
dOli
credltos
extra:ord1narlos.
por
un
importe
total
de
cuatro
ınıllones
quinientas
ochenta
y
do.s
ınıı
t>fsclenıaıı
se.senta
y
cuatro
pesetas,
apllca.dOll
al
Prcsu-
puesto
en
vlgor
de
la
Secciôn
velntJdos
de
Obllgaciones
de
lcs
Departamentos
ıninisteriales,
«Ministerlo
del
Aireıı;
capitulo
ciento.
«Personal»:
~ervlclo
cuatrocienws
vemtıuno,
«M1nJste.,
-riô,
Suhsecretar1as
y
Servleios
generales»;
con
destino
a
sa~
facer
los
gaııtos
que
ocasione
durante
el
presente
ejerclcio
de
mil
novecientos
.sesenta
y
cu:ı.tro
el
sosten1IııUınto
de
la
ochenta
"-
Artlculo
seı;undo.-El
1mporte
a
que
aııcıeno.eIi.
lo.s
mencıo.
nados
creditos
extr:ı.ordinarios
se
cubr1riı
en
la
forma
determ1·
nada
por
el
artlculo cuarenta y uno
de
la
v.ıgente
Ley
~e
AcIml.
nistrac.i6n
y
Contabilldad
de
la.
Hac1eı:də..
PUbllca.
Dada
en
(tıj
Palacio
de
El
Pnrdo
a
once
de
junio
de
mil
nove-
cientos
ı;eı;eııta.
y
cuatro.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
4711964,
de
11
de
iunio,
1LOT
la
que
:e
ccmcecte
un
credtto
cxtraorc!inarıo
de
230.067120
pesetas
al
Mi- '
nisterio
de
Justicia
con
destino
a
incrementar
en
el
segundo
semestTe
de
1963
la
gratificaci6n
camplemtn-
tario.
a
Zas
piezas
eclesidsticas
incluidas
en
el
Presu-
ııuesto
aeZ
Estado.
Mejoradas
laıı
retrlbuclone"
del
Magi.!terlo
Primario per
Ley
nümero
cuat,ro.
de
veintiocho
de
junlo
de
mil
noveclentos
seııen
ta y tres,
con
efectos
de
uno
de
julio
s1.,"1liente,
han
de
mod11l-
carse
laıı
dotaciones
del
Clero
para
su
equipa.racJôn
con
aquı;ııas,
de
acuerdo
con
10
dispuesto
en
la
de
ve1ntlocho
de
Junio
de
mil
novecientos
cincuenta y
siete.
,
EIL
su
virtud.
y
de
coıiformıda.d
con
la
propueata
elaborada
por
laıı
Cortes
Espaiiolaa,
.
DISP
0
NGO:
Articulo
primero.-se
concede
un
credito
extraord.J.nar1o
de
doseicntos
tr€intıt
mi110nes
sese;ıta
y
slete
mil
ciento
ve1nte
pe.
set:ıs,
aplicado
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Secoiôn
treoc
de
,
Obligaciones
de
los
Departameııtos
min1sterlales,
rMln1sterl0
Ile
Ju.sticia»:
cap!tulo
cien.
«Personaı»;
articulo
clcnto
veinte,'
«Otraıı
remuneraCıones»;
servJcio
clento
ochenta
y
cmeo,
ıD1rec
eian
General
de
Asunto.s
Eclesl:\.stico.s»:
concepto
nuevo
clento
ochentıı.
y cinco/cienta
veintlslete.
con
dest1no
a
eompletar
hasta
velntJcuatro
mil
pesetaıı
anuales.
con
relaci6n
al
segundo
~mes
tre
de
milııovecJentos
sesenta
y
tres.
la
gratificac16n
otorgada
a
todas
laıı
piezas
eclesiisticaıı
f1guradas
en
el
Preaupu~to.
Articulo
segundo.-EI
lmport~
a
que
a.sciende
el
mencloııaQo
credito
extraordinarlo.
se
cubrira
en
la
forma
determinada
por
~i
artlculo cuarenta y
una
de
lavigente Ley
de
Adminlstraci6n
y
Contabilldad
de
la
Hacienda
publlca.
' .
Dadlı.
en
1'1
Palacio
de
El
Pardo
a
once
de
Junio
de
mil
nOTe-
lıiwtCıli
_ıı.ta
y~ııııttg.
FRANCISCO
FR"ANCO
LEY
43/1964,
ik
LL
de
1ıınto,
1LOT
la
que
se
co-.celk
un
credito
e:ı;traordinario
de
1.23~.200
pesetaş
al
Mınls
terio de
Asunıos
Eıteriores
para
atender
a
gastoa
cltl
aıio
1963
derivados
de
la
evacuaciOn
de
exiliado.ı.
El
Mlnisterio
de
Asuntos
ExterioNS
ha
puesto
de
ınaniflebto
que,
con
el
fin
de
atendcl"
a
los
gaıı~s
de
evacuaci6n
de
exJ1iıı.~
do.s
que,
realizados
durantc
mil
novecientos
se.senta.
y
tre~
han
quedado
sin
sat~acer
por talta
de
crtidito
presupuesto
adeCUado,
le
es
preciso
dlsponer
de
recurS08
que
permitan
l!quldar
d1chıı.ı
obligaclones.
.'
En
su
virtud. y
de
conformidad
con
la
propuest.ıı
elaboradll
po:
laa
Cortes
Espafiolaıı.
DISPONCtO:
Art!culo
primero.-8e
concede
un
creclito
extrıı.or
de
un
mlll6n
dosclenta.s
treinta y
cineo
mil
do.scientas
pe.setas-,
a.pl1-
cado
PrCSUPUESto
en
vigor
de
la
Secciôn
doce
de
Ob1igaclone"
de,
los
Deoartamentos
ministerJales,
«..\finisterJo
de
Asuntos
~
~riores»;
capltulo
trescientoı>,
«Ga.stos
de
los
5erv1c1os»;
anıcu-
10
tresc.ientos
cincuenta.
«Otro.s
gastos
6rdinarios»;
serviclo
clen-
cfncuenta
y UllO.
«Minlste~lo,
Subsecretar1a
y
5erv1cios
ge·
neralesıı:
concepto
nuevo
clento
clncu€nta
y
UD.D/treııc1eııt08
-
cincuenıa
y
nueve.
«Pa.ra
100
gaatos
OC8.!iIOIliC1ıııs
en
el
afio
mll
novec1entos
sesenta y tl'es.
con
motivo
de
la
~acuacf6n
de
ex!-
ılados».
y
ııueve
Escuadrllla,
que
presta
servicio
en
laa
.Provinciaıı
de
la
Region
Ecuatorial,
y
'con
arreglo
al
slg-.ı1ente
detalle;
Al
art!culo
ciento
dlez,
«Sueldos».
concepto
numero
cuatroclentos
velntJu~'
no/clento
quinoo.
un
mill6n
selsclentaı;
ochenta
mil
cuatroclen-
I
tas
;;re1nta
y
selS
pes~t.as.
Y al articulo
clento
velnte,
«Otra.s
re-
muneraclOn~5)ı.
concepto
nuevo
cuıı.trodentos
veJntluno/C1elıto
I
ve1ntitres.
mUlones
navecienta.s
un
mil
noveclentıi.a
yem·
tJoclıo
pcııet/i4.
' .
.,'
Articulo
segundo.-E1
1mporte
a
Q.ue
asl:1ende
el
mencıoI1id.o
credito
extraordJnarıo
secubrlItı
en
la
forma
deterın1nada
per
el
artlculo cuarenta y
uno
de
la
vlgeııte
Ley de
Adılı.!ııl.5trıı.6ıı
y contabllldad
de
la
Hacienda
Pübl1ca.
Dada
en
el
P;ılaclo
de
ru
Pardo
a
once
de
3unio
de
ınll
nove-
c1i:ıto.s
SiSenta
y
cı.ıatro.
FRANCISCO
FRANCO

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