Ley 61/1965, de 17 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario de 1.677.711 pesetas al Ministerio de Obras Públicas, para abono de diferencias de salarios dependiente de la Dirección General de Transportes Terrestres, en cumplimiento del Decreto 55/1965, de 17 de enero.

MarginalBOE-A-1965-12474
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
10284
21
julio 1965
B.
O. del
E.-N(ım.
17,'
I(Subvenciones.
auxılios,
partıcipaciones
en ingresas
y
!1nancıa
ciones.-Para gnstos
corrientesıı;
!lrııcıılo
cuntroclentos
di
OZ,
(ıA
favor
de
Organiıimos
nutonomo;ı
y
Enticjades
Y
Empl'csas
pıi
blicas;
servicio cirnto
oclıentn
y
cin
co,
lıDirecci6n
General
de
Asuntos
EclesLısticoSl):
coııceptu
nııeva
ciento ochenta
y
cinco-
cuatrocientos
diecioclıo.
con
desLlno
il
~l1lıvencionar
105
gastos
derivados
de
!as
cünıııcnıonıciones
crııteııarins
de
la
llegada
de
los
misioııeros
espaıioles
a
Filipin.1S,
qııe
~e
Jınn
de
celelırar
en
el
afıo
nıil
ııovecientos
sesenta Y
Cinco.
Articulo segundo.-EI
iınporte
a
quc
asciende el
ıııeııcıonado
credito
extraordin:ırio
se
culıririı
en
la
furma
deterıniııada
por
el
artıculo
cuarenta
y
UIlO
d~
la
vı:;:ente
Lel'
de
Administraci6n
y Contabilidad
d·~
la
Haciemla
publıcil.
ıra:ıpasaıı.
Esta
Iinaııciacıon
~e
J1el'ul'U
it
cabo
eH
iU"
p,aıOll
S
en
la forma que al efecto se han det·erminado eu expediente
con
tal
fin
inmujÇlO
por
el
Mlnlsterio
de
La
Vivienda, y
en
el
que
la Direcc:on
Gener:ıi
d~
Presupucstos y
el
Consejo
\.1.
Estado han
eıniticlo
informes iavoraples,
taııto
en
10
que
se
refiere a la
cOllce;si6n
del
creçlito
elı.1:raordinarıo
que
re5ulta
indispeıısabıe
para realizar lus citadas
obr::ı.;
como
fil
c\lsnta
a
aquellos
otro~
requisitos que para la
me.ior
ij1Ver$lOIl
de
101>
l'CCJll'SOS
~e
h'lll considerado
exiglbJe~.
En su
vırtucl,
y
de
confol'midad
con
la
propuestıı
elaborada
POl'
las
Cortes
Esııaıiol~
s.
DlSPONGO:
Dnda
cn
Palacıo
de
El
Parclo
a
diccisicte
de
julio
de
mil
i
novecıentos
seseııta
y
cınr.o.
.
,.\rticulo
prımero.
Se concede
ıın
cl'ec!ito
exlraordiııario
de
çıento
cuatro millones
setecientııs
veiııtlcinco
mıı
cuatrocıenta~
ochenta
y
ocho
peseta.s. aplicado
al
Pre$upuesto
eıı
vigor
de
la
Secciöıı
veiıı
ticiııCO
de
Olılıgııciones
de
los
Depal'tamentOll
nıinlsteriales.
«Ministerio
de
la
Vivieııd
caplt\I!O
ochocientos,
«Subvenciones
y
nnanciaci6n
de
capitalı);
artir.ulo
oclıoclentos
diez,
«A
[:1\'or
de
Organismos I\utonomos y entidades y
enıpresas
pıiblicao»;
servicio quinientos
cinco,
((Direccl6n
General
de
Ur-
banısnıo»:
concepto
nııevo
quiniento5 cinc%chocientos
doce,
ıa
Conıisiön
de
Planeamiento
y
Cool'cl!naciôn
d~l
Area
MeLro-
poiitaııa
çjr ;\Iadrid», como
prımera
atlualidad para
financıar
!as obras
de
coııservacıoıı
que
se
lle\,en
a
cabo
para
ci
traspaso
al
Ayuntamleııto
de
:\1adrıd
de las obras y ser\'icios
de
urbani-
zaciôn
realiz:ıdos
por la
Coınisaria
G
de
Ordeııaci6n
Ur-
bana
de
:\ladrid
y
sus Alrededores.
Con
cargo a este credito.
y
SiIl
que
pueda
excecıer
de!
veinticinro por ciento
de
su
ım
porte,
por:lritıı
pagarse
La.'
e)lpl'OpıaCıonc~
con
pl'~Cio
!irme
que
proceda.
F'RANCISCO
PRANCO
LEY
6111965.
de
17
di'
ıl/lia.
110r
la
qııc
se
CO/!-
ee
de
ıın'
CT/'dilo
t>.rlraordirırıria
ur.
1.(i77.711
pcsetas.
al
Mil/is/aia
d~
Obras
Pııb/ica.>,
para
abono
de
di·
jercl1cias
dr
.salarla~
corrcspoııdiClllcs
ol
0/10
1963
d~l
persoııal
operarıo
cltj)e71dicrııe
de
ıa
Dircc-
eion
General
de
TT(Lnsporıe~
Tcrrestres,
Ci!
eımı
plim.ieıılo
drl
Decrı'IO
rııimcro
55.
de
ı7
ete
enCTO
de
ıl/clin
(1!I().
La
aıılicac;oıı
ııurante
ıllJI
nOl'ecıeııtos
~esenta
y
tres,
al
per-
sonal operario depend:ente
de
la
Direcciön General
de
Transpor-
tes Terrestres.
del
Dccreto numero cincuenta
y
cinco.
de
diecisiete
de enero
del
ari.o
eit::ıdo.
50bre
jurnal minimo.
y
la Orden
de
la
Presidencia
de!
Gobierııo
de
\·cir.tıcüatro
de
jUlio
siguiente,
so-
bre s;.larios
a
IOS
productores
del
Ministerio
de
Obras
PCıblicas,
ha
supuesto
un
mayar gasto sabre la dotucibn
presupue5tııria
dlsponible
en
aqueJ
ejercicio.
En
SU
\'irtuct.
y
de
coııformıdad
con
la
propuestn
elaborac1a
por
lns
Cortes
E'paıiohıs.
DISPONGO:
_
jll'imero.-Sc
conc~Lİe
un
credıto
eımaordınarlo
d~
un mill6n seiscientns setenta
y
Siete
mil setecientas
onoe
pe-
setas,
apııcado
al
Pl'esupuesto
e11
vigor
de
la Secci6n
dieci-
siete
de
Obl;gacioıw~
de
lo~
Depart,mıel1tos
lllinısteriales,
«Mi'
nisterio
de
0brll.s Publicus»:
cupltıılo
cienr.o.
«Personıılıı:
!Lr-
ticulo ciento
cuareııı.a.
ıIJornale~I):
servicio
u'cı;cientos
veinti-
cuatro.
IcDireccion
General
de
TmnspUrLes
Terrestres»:
0011-
cepto
nuevo
trescıentos
\'emticuatro-ciento cuarenta
y
dos,
«Pa-
ra
oatısfacer
persJnal operario
de
e~te
Centro Directi
VO
las
diferenciOls
de
jornales
correspondicnte~
al
aii.o
mil
novecientos
sesenta
y
tres devengadas
coıno
consecuencia
de
la aplicaci6n
del
Deereto numero cincuenta
y
cinco.
de
diecisiete
de
enero.
y
Orden
de
la Pres:dencia del Gobierno
de
24
de
julio
del
mismo
:ınoJ).
Artıculo
seguııdo.-E1
ımporto
ol
que
a~ciende
el
mencionado
crecılto
extraordinario
se
cubrir" en la forma determinada por'
el
articulo
cuıı.rt!lta
y
uııo
de
la vigente
Ley
de
Administracion
y
Contabilidnd
de
1"
Hacienda Plibllca.
Dada
eıı
ci
Pahıcio
de
EI
Pal'do
ıl
dıecisieıe
de
julio
de
mil
novecientos sesenta
y
ciııco.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
ti~/1965,
de
17
ıle
jl/Uo.
por
la
qııe
se
can·
cede
ını
credito
e:clraordirııırio
de
104,725.4S8
pe-
sefa,l
y
fıirıcion
de
1l1ıa
seminarı
ı;
ılltima;(ıl11lalidad
Ci!
ı~/titi
ae
la
misma
cuaııtia,
llIi1ıisterio
ae
la
Vi-
vienda.
en
t'ol!eepto
de
Olıticipo.
reintegrables para
Jlnanciar
las
obras
de
lIrbqnizacitin
quC
/ıan
ete
BPr
tnıspasaı:as
al
Ayıınlamiellto
de
lI!aclrid.
Creadıı
por
Ley
de
dos
de
dıcienıbre
de
mil
novecientos
~esen
ta
y tres
i:ı.
Comision
de
Plancamiemo y Coordinaciön
de!
.t\rea
~etroJ)olitana
de
Madrid. para lIevar
il.
cabo
el
traspa,şo
exceleİıtisimo
Ayuntamiento
de
la
capltal
de
Espaıia
d~
las
obras y servic:os
de
urbanizaci6n
realizado~
por
la Comisi6n
de
Ordenaci6n Urbana
de
Madrıd
y
sus Alred€dares. se
ha.
puesto
de
mailifiesto
La
necesidad
ee
qııe
se
realicen
det~rrni
nadas obras
d~
PRnmentaciön y
otra.
de
~I\ne"miento,
accraa
y
:ı.parcamientos
y
plantaciones
de
espacios
Jibres.
con
Lİİ
fina..
lidad
de
pon~r
en
t'st~,dO
adecuado las urbaniza.ciont's
ql1e
3e
Articl1to
Stgııudo.
Eıı
e:
Presupuesto
de
mil
novecientos
sesenta
y
seis
se
lııcluirıi.
una
se[;uııda
y
tiltima anualidad del
mismo
inıpoı·te
de
ciento
cııatro
miJlal1€s
setecjeııta.s
veinticinco
mil
cııatrocieııtn.'
odıeııta
y
oclıo
pesetas para
la,:;
misma~
!ına
Iidades.
Articulo tercero.
El
reiııtegrC
de
la
8uma
tatar
a
que
ıı.s-
" cienden
los
crı\ditos
a habilitar
!lal'
108
articl.\l
anteriores
se
verificar:.i.
por la Comisi6n
del
Area
:\1etropolitaııa
de Madrid
en cinco anualidades iguales, a partir ae
mil
noV€cientos
se-
seııta
y
siete.
con
cargo a la
liquidacİön
del patrimonio
de
la extinguida Comisaria General
de
Ordenaci6ıı
UrQana de
Ma<1rid
y
Sll,j
:\lredcdOl'es.
comııelMitndD8~
la~
caııtida\les
co-
rre~pondiel11es
il.
lns
cesiol1e.s
.sl'atuitas
de
terrenos real!zada5
POl'
dicho
Or~anismo
0
por
la
Comİsiön
dt"l
:\rea con
fir.es
de
intel'es
pı1blico
C)
social.
Articlll0
cııarto.
La
eJt'CtlC10ıı
de
lal)
Obnı~
~~
llevara
a
cıı.bo
POl'
!a
Qel'encia
MUl1icipal
de
Urbanismo
(Le!
ayuntamiento
de
Madrid,
que
las contratar:i conrol'me a
los
preceptO$
del
reglınen
especinl
cie
la
capital, y
~u
easto
~er~
sa.tlst~cllo
por
:11.
Comisl6n
del
1\1'611..
a la
que
corresJlondera
La
alta 1nwecci6n,
control
y
aprobıı~i6n
de las mismas.
pl'evia.
certlficaci6n
expe-
dida por
aqııella
Gerencia. Su eoste :;e
determHıarit
con!ornıe
ala'
apl'obacion
de
los proyectos
POl'
la
Comision
del
./\.rea,
y
108 Incl'ell1tntos POl'
rcvısione~
se aJustar:in
;ı.
las
disposİcione3
generaies ..
quedaııdo
limitado
el
importe total
de
las
obraıı
y
de
los
incl'ementos
il.
la
cuaııtia
de
los
creditos
que
se
conC€den.
.'\rticıılo
quiıılo.
Para
La
ejecuciıiıı
de
lo.~
colectores
de
lo~
sectores Este
y
Sur
de
Madrid,
se
estarli a
10
que
dlsponga
el
:'linisterio
de
Obras
Pı.iblicas.
con ear[;o a
su
PreSllPl1f>StO.
de
acuerdo con
el
Miııisterlo
de
la Virienda
Articıılo
sexto. El importe a
'qUe
asciende
el
credito extraor-
dinario
que
se
concede por
el
articulo primero
de
esta
Ley
se
cubrirıi
en
la.
fOrma determinada por
el
articulo cuarenta
y
uno
de
la .vigente
Ley
qe
Administraci6ıı
~.
ContabiIidad
de
la Hacienda
pııblica.
Dada
eıı
el
Palacio
de
:E;I
Parcto
LI
clİecİsİete
de
jUlio
de
mU
r.()v~cientos
sescnta y cinco.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
631191i5.
de
17
d~
;ulio, por
la
~ue
SI1
con-
cede
urı
C1'IWto
extraordinario
ete
1.996.000
pesetas
al
Ministerio
de
Edııcaciôıı
Naçio7la! para atenaer
a
los
gastos
d.e
juncionamiento dUr(lnte
lo~
.allos
1964
y
1965
del
Servicio
Teenico
de
la Junta Fa-
cultativa
de
C07l$trucciones
Civiles,
creado
por
De-
creto
ete
5
de noviembre
de
1964.
Crea.do
POl'
Deereto de cinoo
de
novıembre
de
ın1l
nOVe<:1en>
seaentıı.
y
cuıı.tro
cl
Sö1'V1cio
Tf\cnico
de
la.
Junta
raeıılta.t1va
de
Oonstrueeiones Clviles en el Ministel'io de
Educıı.c16n
Ntı.-

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