Ley 107/1961, de 23 de diciembre, por la que se concede un crédito extraordinario de 3.000.000 de pesetas a la Presidencia del Gobierno, para sufragar los gastos iniciales de Censo Agrario de España durante el presente ejercicio y fijación de las respectivas consignaciones para su ejecución en los años 1962 a 1964.
Marginal | BOE-A-1961-23837 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
Rango de Ley | Ley |
B.
O.
del
E.-Nıim.
311
29
dicieinbre
1961
18329
, .
por
s:nıestroe
0
cat:i.ıC;
ofes
y
para
otras
necesldades
de
carac·
,
ter
geııeraJ
na
dotadas
en
Presupueöto
que.
conlol'me
a
la
.
po!itıca
d~l
Gobi,rnD,
acu~l'de
el
:'Iıtıiscro
d~
Hac:i,
ııJaiI.
Artıcu)c
segı:ndo.-El
lnıpo~te
a
que
asciende
el
nıenclo
nndo
credito
extraordinario
se
cubr!rıi.
en
la
forma
determi-
nada
por
cı
articu!o
cuarenta
y
uno
de
la
vlgeııte
Ley
de
Admirıiııtrac16n
y
Coııtabllldad
de
la
Haclenda
Pı1bl1ca.
l/Jda
en
cl
Palac10
de
El
Pardo
a
ve1nt!tres
de
dlclembre
ue
mil
novecientos
sesenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
10511961,
de
23
de
dici~mbre,
por
la
qUf_
se
conce·
de
un
cr:!dito
exlraordlllario
de
525.000
p~setas
a
la
Presidenc:a
del
Gobierno,
con
c!estino
a
saiiS!aCfr
los
qastos
de
ıno!Jiliario,
a~ondlcionaınienıo
e
instalaci6n
de
lo:cıles
para
ii!
Mi:;i6n
del
Ba,~co
lviundial.
L30
lnstalac:ô:ı
en
el
edificlo
de
la
Preside:ıc:a
de!
Goblerno
de
la
:VJisiıin
d~si;nada
p8r
el
Banco
:\1u:ıdial
para
collborar
carı
la.
Admioistr:ıcıon
espaİlola
co
la
fOI'mulaci60
de
un
Pro-
grama
de
D~sarrollo
alar;o
plazo
requ!ere
la
rea!izaci6n
de
unos
gastos
de
adquisici6:ı
d~
mubillario
y
acoııdkionamiento
de
lo~al~s
para
los
que
no
S~
cumta
con
105
ad2cuado5
rEcurso:;
p,esupuestJs.
la
que
haee
neeesaria
la"habEitaclcn
de
un
cre.
c:;o
extraord!ı~ario
expresaıııe:ıte
destinado
a
ellos,
En
su
virtud
y
de.
co:ıforııı!dad
con
la
propueı;ta
elaborada
por
las
Cortes
Esp:ıiiolas.
DISPONGO:
Articulo
primero,-Se
co:ıcede
un
crcdlto
extra.:ırdlnar1o
de
qUinl,ntas
vc1micineo
mil
p;setas,
aplJcado
aı
preSupu2sto
en
\'i!or
de
la
Secc16n
o:ıce
de
Obli
;aciones
de
los
D"partamcntos
mınisteriales.
«Pres!dencla
del
Gobier:ıon;
capitu!o
se1sc!e:ıtJs,
cJnversiooes
no'
pro:!uctoras
de
inJj'csos»;
articu!o
s~lsci~ntos
veinte.
«Adqulsiciones
de
prlıner
es!ableclmieııto»;
servlclo
cien-
to
uno.
«Presidencia
y
ServiciJs
generales»;
conccpto
seisclentoö
veintiuno
·clento
UDO.
«(Para
instalaciôD.
acondicion:ımi,nto
de
locales
y
aclquisic16n
de
mobiliario
con
dest:no
a
la.
Mls16n
eel
B:uıco
Mu:ıdlal
(pOr
una
so:a
vezJ».
ArticuIJ
segundo.-El
lmporte
ılı
Que
asc1ende
ci
mene;onacto
cred1to
extraordi'larlo
se
cubrll'iı
en
la
forrr.a
determinada
~ar
el
articıılQ
cuarenta
y
uno
de
la
vigeı\te
Ley
de
Admir.~t:ac!6n
y
Contab:l1dad
de
la
Hacienda
Piıbllca.
Dada
eR
el
Paiaclo
de
EI
Purdo
a
ve1nt!tres
de
dic!embre
de
mil
noveclentos
sesenta
y
uno,
FRANCISCO
FRANCO
LEY
105f1951.
de
23
de
dic!embre,
por
la
que
se
conce·
de
un
cr~diıo
exıraordinario
de
810.000
p~setas
al
Mi·
nisterio
d~
Edııcaci6n
Nacional.
para
satis!c;cer
la
con·
trlbucirin
de
Espaiıa
a.!
Proi/ecto
Regional
del
Medi·
terraneo
d~
la
O.
E.
C.
E.
Acordada
par
eı
Goblerno
la
partidpnclôn
esp:ııiol:ı
en
p]
Provecto
Re:rional
de!
Mediterraneo.
sobre
ed:ıcaci:in.
p:ı:~oclna.
do
por
la
0.-
E.
C.
E
..
r;;sult:ı
mces:ırio
habilitar
un
cred1to,
que
permlta
hacer
f~eııte
ıl
la
p:l!te
de
105
ga5to~
qUt
con
tal
motl\·o
hatı
de
correr
:ı
cargo
de!
Estado
espalloL.
ya
que
se
tmta
de
una
utenci6n
que.
por
su
cariıcter.
no
se
encueııtra
dJtada
en
!os
v!gentes
PresupuestQs.
En
su
vlrtud,
y
de
conform1dad
con
la
propuesta
elaborada
per
lıı:ı
Cortes
Espnfıo!as.
OlSPONQO:
Articulo
prlmero.-Se
concede
un
credito
e~tılordinnr!o
de
ochJcieotas
dlez
mil
p~setas,
apl1cado
al
PresupuEsto
en
vl;or
de
la
Secclôn
dlec!ocho
de
Obligaclo:ıes
de
10s
Dep:ırtame:!tos
m1nisteri:ıles.
((Mlnlstel':o
de
Edut3C16n
Naclo:ıa1»;
c:ıpi~U!0
tres·
cientos,
«Oastos
de
los
Serviclos»;
articulo
trcsci~ntos
cincucııta.
«Otros
gastos
ordinarlos»;
serviclo
tresc!entas
cuarenta
'i
d.ıs.
cSecretaria
General
Tecn!ca»;
concepto
tresclentos
cincuenta
y
dos
.
trzsci:ntos
cuo.rc:ıt:ı
y
dos.
sUbconcepto
nuevo,
«Apot*..:l'
ci6n
econ6mlca
de
E5paiıa.
por
una
sola
vez,
al
Proyccto
Rc·
110nal
eel
Med!terraneo
de
la
O.
E.
C.
E.D.
'
AItJculo
segundo.-El
impilrte
ıl
que
~c1ende
eı
menclonııdo
credito
e:o.1r:ıord:nario
Se
cuo:lri~
en
la
forma
determlnada
por
el
articul0
cu:mnia
y
uno
d~
l.:ı
vi;:ente
Ley
de
Adminlstrnci6n
y
Contabilıdad
de
la
Haci,n:a
PUbli:a.
Dada
en
el
Pa!aclo
de
El
Pa,do
a
ve1ntltres
de
dlclembre
de
mil
noveclentos
scsenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
107(1%1,
de
23
de
cliCiembre.
porla
que
se
conce.
de
un
cridito
extraorıiinario
de
3,090.000
de
pcsetas
a
la
PresidenL'ia
clcl
Gobicrno,
para
sujra:;ar
los
gas!os
in:r:!alcs
de!
Censo
A.1rario
de
Espalia
duiante
el
pre.
s~nle
ejercido
Y
fijaciurı.
de
las
respectivas
consl9nı:.
ciones
pt:ra
su
ejeC1Jc'.(ın
c7!
los
aıio3
19:;2
a
1954.
. .
La
considerable
ımportancia.
que
para
el
deb:dö
desenvolvl.
m1ento
de
l:ı
politica
agrarla
e~paıioja
tendria
La
lormaci6n
de
un
C"nso
Agrario
real1zado
dentro
del
Censo
Mundial
de
la
AgricU!tura,
patrociııado
por
l:ı
F.
A,
0
...
aconseja
se
disp~ngt\
su
mis
rapld:ı
eJ
ecuc!ôn
a
fi:ı
de
que
pueda
cıınt:ırse
ell
10
sucfsi\'o
con
tan
vatioso
etmento.
proporc!ona.ndo
a
la
vez
a
Esp:uia
h
oC
de
i~a!arse
ccn
a~t1eUos
patııes
que
desde
hace
bastante
tienıpo
efectuan
per16dicamcııte
esla
c1a.se
de
trabajos.
Resu1ta
necesario
para
ello
que
se
habl!lte
U.1
credlto
extra-
ordinar!o
dcs:1nado
il
cubr1:
dU:'3nte
e!
segu:ıdo
semestre
ctel
presente
afıo
10s
gas:os
de
los
trabajos
pm!os
de
p~eparac16n
'i
or;;3.nizaci6n
para
red
ac
tar
un
c,nso
de
ensayo
en
cineo
pro-
\'incias
de
la
Penlnsııl:ı
y
una
de
!as
ısl:ı.s,
asi
como
los
de
pro-
p:ı~anda
y
ofcianizari6n
del
C,ruo
Ce:ıtral
'1
Pro.incial,
y
fljar
el
easte
total
del
mismo
y
las
cant1:!udcs
aıluales
a
invertlr
cu
su
formaci6n
.durante
105
tl'es
pr6xiınos
0.005
si·;ujcatc~.
Eu
su
virtud
y
de
conformidad
con
la.
prupue~La
tlaboraaa
por
la.s
Cortes
Espaıiolas.
DI5PONGO:
Art!culo
pr!mero.-Por
el
Instituta
Naclonal
de
~tad!stıC8,
dependıente
de
la
P:es1der.c!a
del
Goblemo.
se
reai1zaril
La
confecc:6~
de
un
Ce:ı.so
Ag:-:ı,rio
de
Espa.'1l1,
con
un
gasto
total
de
cicnto
diecinueve
millo:ıes
quimwtas
noı'enıa
y
seis
mil
pesetas.
Articulo
segundo.-Se
concec:e
un
c:edlto
extr:ıordlı:ıırlo
de
tres
milloues
de
pesetas
ap:icado
a:
presu;:ıues:o
cn.
vigor
de
la
Secciıin
once
de
Obagac;olie;
de
los
De;ı~rtamentJs
min1s:e-
riales.
«Pml:le:ıcia
de!
Goıii~rnQ)l;
capitulo
,rçscicntns,
«Gaötos
de
los
ServiC1Js»;
articu!o
tresc:er.tos
clncuenta,
rOtros
gasto:ı
ord:nərlosıı;
.
servlc!o
ciento
c!iez,
«D:rmi611
General
del
lll&-
Lituto
l'iacia:ıal
de
Estadi~ı:c:ı)ı;
wncepto
nuevo
tresc1er.tos
dn~
cuenta
y
cuatro·
cl~nto
di"z.
cPara
los
;::ı.stos
qut!
orlglnen
108
trobajos
pre\'!os
ee
.prepar::cı6n
y
o:·gan!iadc!l.
enso;-cs
y
pwpa·
'ganda
del
Cer.so
Agrario
durante
mil
no\'e::le:ı:os
scsenta
y
uno.
a
r(alizar
por
d
In,tituto
Nacbn:ı.!
de
Estadisticu
Artıcu!o
terce:o.-En
los
Pl'e.ıu;ıuestos
Ge:ıera1es
de!
Eıitaco
correspo:ıd:e:ıtes
a
los
M10S
m!!
:ıa\'eci~ntos
sesenta
y
dOB,
mil
no\'ecientos
sesenta
j'
tres
y
mll
nJl'eclcn:os
sesenta
y
cuatro
se
f!gurar:'ın
13.1
sum3S
prectEas
para
la
eiecuc:ön
de
dır.ho
Censo
ın
las
cuantlss
sl~uien!e5:
Afio
mil
novcc:eıctos
s~s~nta
y
dos.
sctenta
y
nueVe
millones
t~escient~s
:r,11
resetas;
an"
mil
nove-
de::tos
scsenta
y
tres.
treint:ı
)'
s!rte
m:Uone5
de
pcsctns.
yana
mil
navec1ent.ıs
se~enta
y
cu:ıtro.
dosclentas
ncı'ehta
y
sels
mil
pesetas.
Articulo
cuarto,-El
lmporte
a
que
ascıende
el
cri!dlto
extra·
urdiııario
concedido
por
el
art:cu10
sc;;undo
se
cubrira
en
1:ı.
forma
determinnea
eo
el
cuarer.ta
y
u:ı.ı
de
::ı
vigente
Ley
de
Admlnistracl6n
y
Con:abilid~d
de
la
H~cic~d:ı
P(ıbl:ca,
Dada
en
cI
Palacl0
de
El
Pal'do
a
ve!ntltres
de
dlc1embre
de
mil
nOI'eclentos
seseııta
y
UDO.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
ZOS/1951.
de
23
de
dicleın!Jre,
POT
ı~
qııe
se
conce·
de
un
er
:dito
cxıra~rdillario
a~
!.l23.l75,32
pmta.s
al
.'fiinistrrio
de
Obras
Putlicas,
para
:ıa70
de
ç;astos
de
conserraciuıı.
reıonıla
11
Iıahi!itaciôn
de
las
depeuden-
cias
del
Mini~tcrio
dd
Gıio
1,51.
'
Lll.
lnstQlac16ıı
~e
l:ıs
ofldn:ı.5
y
se:-vicio,
a~;
~I!nıster!o
~e
Obras
Pübllc:ı.s
en
su
DUCVO
cdificle,
ıı~v3da
a
c!ecto
eo
el
ano
ınll
novccıeı:ıtoıı
clncuenta
y
nueve,
origin6
un
eonsldcrable
LLL·